Mediante la dotación de infraestructuras a los Juzgados de Madrid y las dotaciones presupuestarias precisas se puede poner en marcha esta vía de tramitación rápida, la cual, aliviará la situación de la justicia madrileña.
El decano de jueces de Madrid calculó que aproximadamente la mitad de la carga de trabajo de los Juzgados de Instrucción de Madrid se trasladaría a los Juzgados de Guardia, es decir, se desviaría una gran parte de los litigios hacia un procedimiento rápido y mejoraría la justicia madrileña.
Don José Luis González afirmó que la entrada en vigor de los juicios rápidos encontrará carencias materiales, según un informe elaborado por la Junta de Jueces de Instrucción de Madrid, en el que se manifiesta que la aplicación de esta ley no es posible debido a motivos materiales y jurídicos.
El texto destaca la necesidad de crear diez Juzgados de Instrucción y tres Juzgados de Guardia más de los actuales para poder hacer frente al incremento de trabajo que supondrá la celebración de juicios rápidos, así como un aumento de peritos y forenses en las dependencias judiciales.
Don José Luis González Armengol alegó que si la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal entra en vigor sin una Ley de Medios para la Administración de Justicia que cubra estas carencias, los juicios no se tramitarían de manera rápida por falta de jueces y juzgados.
El decano de jueces de Madrid también declaró que hay ciertos temas que no pueden ser tramitados por la vía urgente de los juicios rápidos, como es el caso de la violencia doméstica, que requiere cierta investigación para lograr sentencias condenatorias, de otro modo, lo que se conseguiría serían sobreseimientos y absoluciones.