Diario del Derecho. Edición de 04/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 12/09/2016
 
 

TS

El TS abre causa contra la exalcaldesa de Santoña por prevaricar en unos contratos

12/09/2016
Compartir: 

El Tribunal Supremo ha abierto causa contra la diputada del PSOE y exalcaldesa de Santoña (Santander) Puerto Gallego Arriola , por un presunto delito continuado de prevaricación administrativa relacionado con el fraccionamiento de contratos en el consistorio, donde gobernó en el periodo entre 2003 y 2009. La investigación contra la exprimer edil corresponde al alto tribunal dada su condición de aforada.

MADRID, 3 (EUROPA PRESS)

En septiembre del pasado año la Audiencia Provincial de Cantabria validó la opinión de la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Santoña sobre los indicios existentes contra los miembros de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento siendo alcaldesa Gallego, por fraccionar contratos y adjudicarlos directamente a distintas empresas, básicamente a cuatro, sin convocar el correspondiente concurso abierto, al no superarse la cuantía exigida por la ley para hacerlo (18.000 euros).

En un auto notificado este viernes, el alto tribunal nombra instructor de esta causa al magistrado Pablo Llanera mientras que se acuerda que la causa continúe ante el órgano competente respecto de los hechos imputados al resto de investigados por estos hechos, que no tienen condición de aforados.

La investigación del juez de Santoña se dirigía también contra los ocho concejales del PSOE de la villa durante el citado periodo: José Ramón Badiola, Pedro María López, Carmen Leiva, Diana Gil, Joaquín Bonet, Gloria Valmaseda, María Antonia Alonso y Jesús María Valle. Todos ellos seguirán siendo investigados en Santander.

Todos ellos declararon, en octubre de 2013, como imputados por presunta prevaricación administrativa ante la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Santoña, ante la cual aseguraron que no habían cometido "ningún delito".

En dicha ronda de interrogatorios no se incluyó a la alcaldesa, por su condición de aforada, al ser diputada en el Congreso por Cantabria.

REPAROS DE LEGALIDAD REITERADOS

La Audiencia Provincial validó los indicios obrantes en la instrucción que apuntan a que los contratos se fraccionaron y adjudicaron a pesar de los reparos de legalidad que "de forma constante y repetida" formuló el interventor del Ayuntamiento, y que "ni se levantaban ni eran atendidos".

En la exposición razonada que remitió la juez instructora se relata como en el Ayuntamiento presidido por Gallego "habría sido habitual la adjudicación a determinadas empresas de ciertos servicios prescindiendo de concurso previo cuando se superaba la cuantía para la contratación menor y la no utilización del procedimiento abierto, firmando las facturas que se sometían a su pago".

Añadía la juez que la Junta de Gobierno Local "se limitaba a darse por enterada y a aprobar las relaciones de facturas", cuando la Intervención "dejaba muy claro" en sus reparos -de hasta tres interventores municipales- que estos habían sido manifestados "reiteradamente".

El juzgado también describe en su exposición al Supremo que "el Ayuntamiento, esto es la junta de gobierno, de la que formaría parte la persona aforada, no habría seguido los procedimientos previstos por la normativa administrativa correspondiente en materia contractual".

La exposición apoya estas consideraciones en las pruebas periciales practicadas y en los reparos emitidos en su momento por la intervención municipal en los que se ponían de manifiesto las irregularidades para poder acudir a la adjudicación directa.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  2. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  3. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  4. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  5. Actualidad: El TSJA confirma la condena a dos mujeres que amenazaron a otra por su condición de inmigrante
  6. Actualidad: Da comienzo el juicio contra el Fiscal General del Estado
  7. Revistas: Iustel presenta el número 17 de su Revista General de Insolvencias & Reestructuraciones / Journal of Insolvency & Restructuring (I&R)
  8. Estudios y Comentarios: Un bochorno para la institución; por Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales (AF)
  9. Actualidad: El Tribunal Supremo reconoce por primera vez el derecho de consulta del comité de empresa europeo en IAG
  10. Actualidad: La Comisión Mixta entre Justicia y el TSJC analiza las primeras fases de la Ley de Eficiencia Judicial

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana