Diario del Derecho. Edición de 18/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 18/11/2025
 
 

Ayudas posdoctorales Beatriu de Pinós

18/11/2025
Compartir: 

Resolución REU/4179/2025, de 11 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas posdoctorales Beatriu de Pinós (DOGC de 17 de noviembre de 2025) Texto completo.

RESOLUCIÓN REU/4179/2025, DE 11 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS POSDOCTORALES BEATRIU DE PINÓS

La Ley 7/2001, de 31 de mayo (DOGC núm. 3407, de 12.6.2001), crea la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR por sus siglas en catalán) como entidad de derecho público que ajusta su actuación al derecho privado, con personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar y patrimonio propio para el cumplimiento de sus funciones.

Corresponde a la Agencia la ejecución de programas de becas, préstamos, subvenciones y otras actividades de fomento del estudio universitario, la investigación científica y técnica, y la innovación tecnológica en Cataluña.

El artículo 73 Vínculo a legislación de la Ley 9/2022, de 21 de diciembre, de la Ciencia, dispone que la AGAUR es una agencia de financiación de los programas y las líneas de fomento de la investigación que le encargan la Administración de la Generalitat de Catalunya u otras entidades públicas y que gestiona la financiación de fondos públicos destinados a la investigación de acuerdo con los principios de evaluación, eficiencia, calidad, publicidad, transparencia y objetividad; garantiza la rendición de cuentas; facilita el seguimiento de las actuaciones, y racionaliza la gestión, reduciendo las cargas administrativas.

La AGAUR está adscrita al Departamento de Investigación y Universidades, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 115/2022, de 14 de junio Vínculo a legislación, de reestructuración del Departamento de Investigación y Universidades, y el Decreto 133/2024, de 11 de agosto Vínculo a legislación, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en los que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya.

Es de aplicación lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre Vínculo a legislación ; los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, General de Subvenciones, y el reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación.

En la elaboración de esta disposición, se han valorado las repercusiones y efectos de estas subvenciones y el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera del artículo 7 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.

El artículo 11 Vínculo a legislación de los Estatutos de la Agencia, aprobados por el Decreto 168/2002, de 11 de junio, del Gobierno de la Generalitat de Catalunya, dispone que corresponde al Consejo de Dirección la aprobación de las convocatorias de becas y subvenciones, así como su resolución. Estas facultades se han delegado en la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Investigación o en la persona que ocupe su presidencia, según el Acuerdo del Consejo de Dirección de 28 de abril de 2022 (Resolución REU/1421/2022, de 10 de mayo, DOGC núm. 8668, de 16.5.2022).

Resuelvo:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas posdoctorales Beatriu de Pinós.

Disposición transitoria

Las subvenciones que se otorgaron de acuerdo con las resoluciones que ahora quedan derogadas seguirán rigiéndose por las bases y la convocatoria que las regulaban.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Resolución REU/4085/2024, de 14 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas posdoctorales Beatriu de Pinós (BP), convocadas mediante la Resolución REU/4498/2024, de 9 de diciembre, por la que se abre la convocatoria de las ayudas posdoctorales Beatriu de Pinós (BP 2024) (ref. BDNS 802038).

Disposición final

Las presentes bases reguladoras entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexos

Omitidos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El TSJ de Canarias amplía investigación en el caso 'Valka' e imputa a una edil de Las Palmas de Gran Canaria
  2. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (II); por Ramón Trillo, ex Presidente de Sala del Tribunal Supremo
  3. Tribunal Supremo: Es factible que una comunidad de vecinos cambie los acuerdos tomados con anterioridad, pero siempre que no afecten a situaciones consolidadas a favor de los propietarios
  4. Actualidad: El TC niega el amparo a una madre que quería sumarse el permiso de paternidad al estar el otro progenitor en prisión
  5. Tribunal Supremo: Cuando se ha de acudir a la vía judicial por haberse denegado el complemento por maternidad por prescripción, se tiene derecho a una indemnización por los daños y perjuicios sufridos
  6. Tribunal Supremo: La adición de bienes a la masa hereditaria por parte de la Administración tributaria puede llevarse a cabo en el seno de un procedimiento de inspección, sin necesidad de acudir al procedimiento especial del art. 93 del RISD
  7. Actualidad: El Ministerio de Igualdad y las CCAA aprueban el procedimiento para acreditar las situaciones de violencias sexuales que mejoran el acceso a la prestación
  8. Actualidad: Los 27 dan luz verde a la reforma que agiliza la resolución de las quejas de pequeños consumidores fuera de los tribunales
  9. Estudios y Comentarios: Anna Karénina y el parlamentarismo en España; por Ana Carmona, catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla
  10. Tribunal Supremo: El importe percibido por el solicitante de prestación en favor de familiares, en concepto de renta activa de inserción, es computable como renta a los efectos de sumarlo a los ingresos de los familiares con obligación y posibilidad de prestarle alimentos

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana