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La regulación de la inteligencia artificial: sistemas y datos. Regulación de la normativa europea, estatal y autonómica

08/10/2025
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La Escuela Gallega de Administración Pública convoca, en colaboración con la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia (Amtega), el curso monográfico La regulación de la inteligencia artificial: sistemas y datos. Regulación de la normativa europea, estatal y autonómica. Se celebrará los días 16 y 17 de octubre de 2025.

BASES

Primera. Objetivos

Este curso monográfico tiene como objetivo analizar el marco normativo de la inteligencia artificial desde una perspectiva europea, estatal y autonómica, con especial atención a la legislación gallega recientemente aprobada. A través de ponencias impartidas por expertos/as en derecho administrativo, se abordarán los principios éticos y jurídicos que deben regir el uso de la inteligencia artificial, su aplicación en la Administración pública, las medidas de impulso y su gobernanza, la contratación pública y la formación de empleados/as y ciudadanía, en un contexto de transformación digital responsable y segura.

Segunda. Contenidos

- El Reglamento (UE) 2024/1689 por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial.

- Los principios generales para asegurar una inteligencia artificial ética y fiable.

- La gobernanza de la inteligencia artificial.

- El uso de sistemas de inteligencia artificial y modelos de inteligencia artificial de uso general en el seno de las administraciones públicas.

- La planificación, gestión y colaboración administrativa en el campo de la inteligencia artificial.

- Las medidas para el impulso de la inteligencia artificial, en especial en Galicia.

- Los derechos de la ciudadanía y sus garantías, en especial las personas comisionadas de inteligencia artificial.

Tercera. Personas destinatarias

Esta actividad está dirigida al personal empleado público, en situación de servicio activo o asimilada, de la Administración autonómica gallega, de sus entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional; de la Administración local; de la Administración de justicia; de las universidades del Sistema universitario de Galicia; juristas, profesionales, alumnado universitario y personas interesadas en general.

Cuarta. Desarrollo

Fechas: 16 y 17 de octubre de 2025.

Modalidad: presencial.

Horario: de tarde el día 16 y de mañana el día 17.

Horas lectivas: 9.

Lugar: Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP); calle Madrid, 2-4, Santiago de Compostela.

Quinta. Número de plazas

Número de plazas limitado a la capacidad del local.

Sexta. Inscripción

1. Las solicitudes de participación en esta actividad formativa sólo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección “https://egap.xunta.gal/matricula”. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

2. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad todas las personas deberán introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo con lo requerido y establecido en la base tercera de esta resolución respecto de las personas destinatarias.

3. Las personas interesadas deberán seleccionar primero el área en la que está integrada esta actividad (Régimen jurídico y actividad financiera de las administraciones públicas) y después seleccionar en nombre del curso “Curso monográfico La regulación de la inteligencia artificial: sistemas y datos. Regulación de la normativa europea, estatal y autonómica”.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

5. El plazo para la inscripción permanecerá abierto desde las 9.00 horas del primero día hábil siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta las 23.59 horas del día 13 de octubre de 2025.

Podrá obtenerse cualquier otra información a través del correo electrónico “[email protected]” o, en horario de 9.00 a 14.00 horas, en los teléfonos 981 54 62 41 y 981 54 63 42.

Séptima. Comprobación de datos

1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para la tramitación del procedimiento de selección se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de esta acción formativa necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se opusiera a ello.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán indicarlo expresamente incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y aportar los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración a través del correo electrónico “[email protected]

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

4. La EGAP podrá pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria.

Octava. Criterios de selección

El orden de admisión vendrá determinado por la fecha y hora de presentación de las solicitudes hasta completar el número de plazas, de acuerdo con lo establecido en las bases tercera y quinta de esta resolución para las personas destinatarias y número de plazas, respectivamente.

Novena. Publicación de los listados de personas seleccionadas y en reserva

La EGAP publicará en la dirección web https://egap.xunta.gal las relaciones de las personas seleccionadas y en reserva, en caso de que el número de solicitudes recibidas fuese superior al número de plazas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

Décima. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y asistencia

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas podrán renunciar a la actividad formativa. La renuncia deberá ser comunicada a la mayor brevedad y, en todo caso y como máximo, hasta las 11.00 horas del día 15 de octubre de 2025 por correo electrónico dirigido a [email protected], sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). En la página web de la Escuela está disponible un modelo de renuncia.

b) Las personas que incumplan el plazo previsto pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad, excepto que la renuncia tenga alguna de las siguientes causas:

- Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

- Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.

- Por razones de conciliación familiar.

- Por otras causas justificadas documentalmente.

3. La asistencia y la puntualidad:

a) Serán obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de asistencia y puntualidad.

c) Las faltas de asistencia:

c.1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas. En todo caso, estas faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días, contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado en la actividad formativa.

c.2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente, contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Undécima. Certificado de asistencia oficial

Al final de esta actividad se emitirá un certificado electrónico de asistencia, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula), a aquellas personas inscritas que participaran asiduamente y siempre que su asistencia fuera igual o superior al 90 % de las horas lectivas programadas. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, la modalidad de desarrollo, la fecha y el lugar de realización de esta actividad, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

Duodécima. Facultades de la EGAP

1. La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de esta actividad, así como la facultad de cancelarla si el escaso número de solicitudes no justificase su realización, caso en que se emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

2. La EGAP garantizará, en la acción derivada de esta convocatoria, la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

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