GIJÓN, 16 (EUROPA PRESS)
Así lo ha hecho después de que un jurado popular le declarara culpable, con la atenuante de confesión que había solicitado la defensa. No se había apreciado, no obstante, ninguna de las otras dos atenuantes solicitadas; obcecación y reparación del daño. La Fiscalía pedía 18 años de cárcel y la acusación particular, ejercida por Eloy Fernández, 20 años.
De acuerdo a la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, además de la pena de prisión, se le condena a libertad vigilada por cinco años, que se ejecutará con posterioridad al cumplimiento de la pena de cárcel, así como al pago de indemnizaciones por importe global de más de 250.000 euros a los familiares y ex pareja de la víctima y de las costas procesales. También se acuerda el comiso del cuchillo intervenido.
Contra este fallo judicial cabe interponer recurso de apelación, ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de diez días a contar desde la última notificación a las partes implicadas en el proceso judicial.
De acuerdo a la sentencia, además, se considera probado que el procesado mató "de forma intencionada" a la víctima, asestándole dos puñaladas, "no dándole la posibilidad de defenderse y repeler la agresión". Unos hechos que el propio acusado reconoció desde un primer momento.
Sobre la atenuante de confesión, se incide en el fallo judicial en que contribuyó a la reducción del tiempo de enjuiciamiento y al consiguiente ahorro económico para la Administración de Justicia.
Respecto a no admitir la atenuante de obcecación, el Tribunal cree que el hecho de alegar durante la vista oral que el acusado había hablado con la víctima dos días antes y que este le insultó, cuando durante la instrucción no había hecho mención a estos hechos, tuvo como objetivo "prefabricar" la citada atenuante.
Sin embargo, según la sentencia, el último contacto acreditado entre la víctima y el acusado había tenido lugar en el año 2018, con ocasión de coincidir en un juicio celebrado en Oviedo. Por este motivo, se apunta a que "faltaría el estímulo con inmediación temporal desencadenante de la reacción".
Tampoco se tiene en cuenta la atenuante de reparación del daño, por la "nimiedad e irrelevancia" de la suma consignada por el acusado para reparar el daño que el fallecimiento de la víctima ocasionó a sus familiares con 250 euros.
El Tribunal, a mayores, llama la atención sobre el hecho de que el procesado contratara una abogada y no acudiera al turno de oficio al que tendría derecho si no cuenta con recursos económicos. Incluso, se remarca que no intentó tampoco proponer un plan de pago, ni pidió ayuda a familiares u otras fuentes de financiación posibles.
Sobre la carta de arrepentimiento remitida a los familiares del fallecido supuestamente a través de su letrado, la Audiencia señala que durante el juicio dijeron no haberla recibido.
OBSESIONADO POR AÑOS
En cuanto al relato de hechos, se considera probado que el acusado, sobre las 13.00 horas del día 20 se septiembre de 2023, se dirigió a las proximidades de una inmobiliaria de la calle Campo Sagrado de Gijón para matar al gerente de la misma, de 55 años.
En el juicio, el procesado llegó a confesar que había cogido el cuchillo de la carnicería en la que trabajaba la tarde anterior, pero cuando llegó al lugar la inmobiliaria estaba cerrada, por lo que regresó a la mañana siguiente a esperar la llegada del gerente.
Ese día, sobre las 13.47 horas, cuando la víctima salió del local y se disponía a entrar en su vehículo, que estaba estacionado allí mismo, el acusado le asestó dos puñaladas en el costado izquierdo, en región vital, anulando su capacidad de reacción y defensa.
El hombre, que en el momento de la agresión tenía dos hijas, de 23 y 39 años, padres y pareja sentimental, falleció a consecuencia de la agresión.
Tras el ataque, el ahora condenado abandonó el lugar y lanzó el cuchillo por encima del muro. Tras su arresto, confesó el crimen. Ya durante el juicio sostuvo que culpaba a la víctima de haberle arruinado la vida, al divorciarse de su mujer y haber perdido la vivienda, a raíz de un préstamo que ella había solicitado al gerente inmobiliario.
Un préstamo con el que supuestamente la víctima les había estafado y les llevó a la ruina. Más aún, el acusado aseguró que el gerente inmobiliario le insultó en más de una ocasión y le hizo creer que había mantenido relaciones sexuales con su mujer.
Todo ello, según el propio procesado, le hizo acumular una ira a lo largo de los años que le llevó a desear por años y planear la muerte del gerente inmobiliario, algo que consumó en 2023. Al término del juicio, el procesado pidió perdón a las hijas de la víctima, especialmente a una que se encontraba en el lugar, a la que pidió que no le guardara rencor porque él había vivido con ello hacia su padre y sabía lo que era.