MADRID, 25 Nov. (EUROPA PRESS) -
El informe ha sido enviado a la Secretaría de Estado de Igualdad; a la Secretaría de Estado de Juventud e Infancia; a la Secretaría de Estado de Servicios Sociales; a la Secretaría de Estado de Seguridad; a la Secretaría de Estado de Justicia; al Consejo General del Poder Judicial, y a las comunidades autónomas con competencias en materia de Justicia para prevenir, combatir y reparar esta forma de violencia contra las mujeres y sus hijas e hijos.
Gabilondo ha calificado de "descorazonador y deplorable" que algunos hombres busquen explícitamente hacer el máximo daño a las mujeres agrediendo, incluso asesinando a sus hijos e hijas. En su opinión, la violencia vicaria de género "es una forma absoluta y cruel de ejercer poder, de crear mayor dominio, de pretender la máxima sumisión e indefensión".
Así, el Defensor del Pueblo considera que "la violencia vicaria no es simplemente otra modalidad de violencia" sino "una muestra palpable más de la urgencia de abordar desde todas las instancias esto que no es solo un problema". "Las mujeres y sus hijos e hijas son víctimas de una misma violencia, por unos motivos semejantes, incluso único. Y por una misma razón, porque sus madres son mujeres", ha subrayado.
Uno de los principales problemas que identifica el informe es la dificultad para detectar este tipo de violencia por lo que la institución ha formulado recomendaciones para "mejorar los sistemas de valoración del riesgo, elaborando indicadores específicos como la existencia de denuncias previas de violencia contra la madre; la intervención de los servicios sociales en situaciones de conflicto familiar, o que la madre cuente con la acreditación administrativa como víctima de violencia de género".
Además, recomienda formación especializada para los profesionales en contacto con las víctimas; revisar el Protocolo de Intervención Contra el Maltrato Infantil en el Ámbito Familiar; facilitar la denuncia de los menores en sede policial; extender las Unidades de Atención a la Familia y Mujer a todas las comisarías y fortalecer servicios homólogos en la Guardia Civil, y establecer acuerdos de colaboración entre Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los servicios sociales.
Asimismo, propone mejorar la atención que desde el Estado se presta a la violencia de género en los conflictos familiares; reforzar los servicios de atención a las familias con hijos e hijas a cargo; fortalecer los recursos a disposición de los órganos judiciales que conocen de asuntos de familia; mejorar su coordinación con los juzgados de violencia sobre la mujer, y avanzar hacia una jurisdicción especial de familia.
Además, el informe plantea la necesidad de recopilar datos específicos e informar periódicamente de estimaciones estadísticas, y solicita poner en funcionamiento el Registro Central de Información sobre la Violencia Contra la Infancia y la Adolescencia, previsto en la Ley Integral a la Infancia y la Adolescencia Frente a la Violencia (LOPIVI).
También recomienda que en todas las políticas públicas relativas a la protección de la infancia y la adolescencia se contemple la especificidad de los menores que son víctimas de la violencia vicaria de género con medidas para ayudar a detectar el riesgo.
En cuanto a la protección judicial de los menores víctimas de violencia vicaria, aconseja mejorar la dotación de recursos humanos, materiales y tecnológicos de los juzgados; garantizar la obligatoriedad de la formación en materia de violencia vicaria de género de todo el personal al servicio de la Administración de Justicia, y mejorar juzgados y tribunales que se ocupan de asuntos de familia y menores para que sean lugares más accesibles, cómodos y apropiados.
Se solicitan, además, modificaciones del marco regulatorio procesal y civil actual. Así, la institución considera que hay que seguir trabajando para garantizar que los regímenes de visitas, comunicación y estancia se adopten en beneficio e interés del menor, incorporando a las decisiones sobre la guarda o sobre la comunicación con los hijos e hijas otras medidas de protección que garanticen su seguridad, exista o no denuncia previa por violencia de género de la madre.
Para la institución también es imprescindible fortalecer el marco legal vigente. Entre los cambios normativos recomendados, considera necesaria una reforma de la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género para que los y las menores víctimas de violencia vicaria de género sean considerados víctimas de violencia de género.
Asimismo, reclama que se adopte "a la mayor brevedad posible" el Plan de Acción Nacional en Violencia Vicaria de Género en el que se acuerden las medidas para asegurar que existe un marco legislativo mínimo común en todo el Estado, independientemente del desarrollo específico que pueda darle cada comunidad autónoma, y se establezcan herramientas de coordinación tanto de las políticas públicas, como de los servicios autonómicos, locales y estatales.
La institución propone, por otra parte, regular la intervención de los servicios sociales, u otras entidades cuando ejerzan la función colaboradora del juez en la ejecución de resoluciones judiciales en materia de familia, y que ésta se dé siempre bajo el control judicial, garantizando la cualificación de estos profesionales.
Además, pide que los casos penales de violencia vicaria de género sean competencia de los órganos judiciales que se encargan de la violencia de género, independientemente de que haya denuncia previa relativa a la madre, y que se regule la intervención de un perito experto en psicología del testimonio cuando las condiciones del menor lo requieran.
El Defensor del Pueblo advierte, asimismo, de que los servicios previstos en la Ley de Violencia de Género no están pensados para las víctimas de violencia vicaria. Por ello, recomienda vincular los derechos previstos en la LOPIVI en el contexto asistencial de la violencia de género, ofreciéndoles en las redes asistenciales previstas para las víctimas de violencia de género servicios específicos que les ayuden en los centros educativos, los servicios deportivos y de ocio, o los servicios sanitarios, incluyendo la salud mental.