MADRID 6 Nov. (EUROPA PRESS) -
Según ha informado la corte de garantías, el Pleno ha aplicado la doctrina que fijó el pasado 22 de octubre, cuando rechazó apartar a Díez del debate sobre la citada norma descartando de esta forma la recusación planteada por el Partido Popular en su propio recurso de inconstitucionalidad.
En este caso, los gobiernos autonómicos que presentaron recusaciones contra Díez han sido los de Madrid, Galicia, Andalucía, Comunidad Valenciana, Castilla y León, Cantabria, Extremadura y las Islas Baleares.
El Constitucional rechazó el pasado mes de octubre apartar de las deliberaciones sobre la ley de amnistía tanto a Díez como a su presidente, Cándido Conde-Pumpido, al considerar que ninguno de los argumentos esgrimidos por el PP suponían "siquiera un principio de prueba de la falta de apariencia de imparcialidad".
El PP entendía que Conde-Pumpido debía quedar apartado por las mismas causas que en su día motivaron su abstención en los asuntos del 'procés'. En 2021, se abstuvo tras decir en una conferencia de 2017 que los hechos que entonces se estaban produciendo en Cataluña buscaban "subvertir el Estado social y democrático de Derecho utilizando fraudulentamente la propia bandera de la democracia".
En el caso de Díez, los 'populares' alegaban que debía apartarse por su presunta "vinculación política" con el Partido Socialista de Cataluña, la dependencia del presidente del Gobierno y del ministro de la Presidencia cuando trabajaba para Moncloa.
Este mismo martes, además de admitir a trámite el recurso presentado por el PP contra la Ley de Amnistía, el Constitucional también rechazó la recusación formulada por la Abogacía del Estado contra el magistrado conservador José María Macías al considerarla prematura.