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Sentencia TS Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil

20/03/2024
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Sentencia de 16 de diciembre de 2020, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar en parte el recurso contencioso-administrativo número 391/2019 contra el Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil (BOE de 20 de marzo de 2024). Texto completo.

SENTENCIA DE 16 DE DICIEMBRE DE 2020, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO, QUE DECLARA ESTIMAR EN PARTE EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚMERO 391/2019 CONTRA EL REAL DECRETO 470/2019, DE 2 DE AGOSTO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESTINOS DEL PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL.

En el recurso contencioso-administrativo núm. 391/2019 contra el Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 16 de diciembre de 2020 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución Vínculo a legislación, esta Sala ha decidido:

Primero.

Estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la asociación profesional Independientes de la Guardia Civil contra el Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil (BOE de 3 de agosto de 2019), anular el inciso “cuando respondan a necesidades del servicio” del apartado cuarto del artículo 14, así como el inciso “no estará sujeta a publicación previa de la vacante” del apartado segundo del 36.

Segundo.

Desestimar el recurso contencioso-administrativo en todo lo demás.

Tercero.

No hacer imposición de las costas.

Cuarto.

Ordenar la publicación del fallo de esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

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