SANTIAGO DE COMPOSTELA, 29 Ene. (EUROPA PRESS) -
Según informan, la Audiencia ha estimado los recursos de apelación interpuestos tanto por los hermanos investigados por el supuesto crimen como por el Ministerio Fiscal contra el Auto de Transformación en Procedimiento del jurado con fecha 9 de mayo de 2023, dictado por el Juzgado de Instrucción núm. 3 de Ourense.
La sala revoca así la resolución recurrida y acuerda el sobreseimiento provisional y archivo del procedimiento en una resolución firme contra la que no cabe recurso.
Afirman los magistrados que "un único indicio sostiene la atribución de la muerte del agente como fruto de una actividad violenta desarrollada por un tercero", en concreto "la posición final en la que quedó la corredera del arma utilizada, en situación de apertura".
Para la Audiencia, se trata de un indicio "ciertamente controvertido" al concurrir sobre él distintas opiniones periciales. Así, en el auto se afirma que "aunque admitiendo que el fallecimiento podría responder a la acción violenta de un tercero", no encuentran "un cuerpo indiciario con la suficiencia necesaria" para señalar a los hermanos investigados como esta tercera persona.
Añaden que "no se presentaron indicios de ningún tipo sobre su participación en el robo de armas". "El conocimiento que pudiesen tener de este hecho, no puede identificarse con su autoría", argumentan, tras lo que indician que tampoco se "existe constancia de un supuesto móvil", "ya que no hay indicios de que tuviesen miedo a una manifestación inculpatoria de la víctima en el robo de las armas y la confección de los anónimos que extendiese la responsabilidad sobre su persona".
La Audiencia concluye que, en este caso, "no se presenta un cuerpo indiciario con la suficiencia necesaria para la imputación de la supuesta muerte violenta" a los hermanos investigados.