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El TS confirma la condena a un exconcejal por una trama de falsos contratos en La Mina (Barcelona)

29/01/2024
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El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia que en octubre de 2020 condenó una trama de falsos contratos en el barrio de La Mina de Sant Adrià de Besòs (Barcelona) por fingir contratos con una empresa de vigilancia que nunca operó: en su lugar, hizo y cobró los trabajos el clan familiar 'Los Manolos' con el visto bueno del entonces segundo teniente de alcalde, ahora inhabilitado.

BARCELONA, 26 Ene. (EUROPA PRESS) -

La sentencia, consultada por Europa Press, da por buena la decisión de la Audiencia de Barcelona, que condenó a los cuatro implicados por un delito de prevaricación administrativa por hechos ocurridos en 2016.

De esta manera, rechaza los recursos de dos de los acusados, entre ellos el exedil, y ratifica la pena de inhabilitación para los cuatro.

En el juicio, dos de los acusados reconocieron los hechos, y el último explicó que no pudo presentarse de nuevo al concurso público por impagos a Hacienda.

La sentencia considera demostrado que pactaron una comisión para JFF, quien contrató al administrador de la nueva empresa adjudicataria a cambio de una comisión compartida con A, quien realmente hacía el trabajo.

Así, la empresa Visegurity recibió los pagos directos del Consorcio del Barrio de la Mina a través de transferencias bancarias periódicas, y al recibirlas hacía, a la vez, transferencias a las empresas que administraba JFF--el anterior adjudicatario--, sumando un total de 41.058 euros reenviados con este sistema.

Por su parte, JFF retiraba parte del dinero en efectivo --en total, 27.400 euros-- y entregaba una parte a A, para lo que al menos cuatro veces "tuvieron encuentros que se producían en dos fases diferenciadas": primero, JFF quedaba con el concejal JCR y le daba un sobre con una parte del dinero en efectivo recibido de Visegurity; después, el concejal quedaba con A y le entregaba el mismo dinero.

CONDENAS

La inhabilitación del entonces concejal, autor del delito, es de nueve años; mientras que la del administrador de Visegurity, cooperador necesario, es de siete años.

Tanto A como JFF fueron cooperadores necesarios y además la sentencia toma en cuenta como atenuante su confesión, por lo que su inhabilitación es de dos años y tres meses.

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