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Estructura orgánica del Departamento de Empresa y Trabajo a nivel de negociado

26/01/2024
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Orden EMT/11/2024, de 22 de enero, por la que se establece la estructura orgánica del Departamento de Empresa y Trabajo a nivel de negociado (DOGC de 25 de enero de 2024). Texto completo.

ORDEN EMT/11/2024, DE 22 DE ENERO, POR LA QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y TRABAJO A NIVEL DE NEGOCIADO.

La estructura organizativa y competencias del Departamento de Empresa y Trabajo se ha adaptado a las nuevas competencias atribuidas por el Decreto 184/2022, de 10 de octubre Vínculo a legislación, de denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya, mediante el Decreto 290/2022, de 2 de noviembre Vínculo a legislación, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo (DOGC núm. 8785, de 3.11.2022), con remisiones en el Decreto 35/2022, de 1 de marzo Vínculo a legislación, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo (DOGC núm. 8618, de 3.3.2022) y a determinados preceptos del Decreto 155/2022, de 30 de agosto Vínculo a legislación, de estructuración del Departamento de la Vicepresidencia y de Políticas Digitales y Territorio (DOGC núm. 8743, de 1.9.2022), relativos a la sociedad digital y la innovación del sector de las tecnologías digitales avanzadas.

Con la finalidad de completar el proceso de reestructuración del Departamento, es conveniente proceder a adaptar la estructura orgánica de los negociados con el fin de adecuar la denominación, establecer la dependencia orgánica de acuerdo con la nueva organización del Departamento y actualizar la descripción de las funciones que les corresponden.

Por lo que respecta al Servicio Público de Empleo de Cataluña (SOC), organismo autónomo adscrito al Departamento, hay un conjunto de negociados que están regulados en órdenes competencia del Departamento de Empresa y Trabajo que se mantienen vigentes hasta que no se apruebe la orden de negociados del SOC.

Por todo ello, de conformidad con lo que establecen la disposición transitoria quinta del Decreto 35/2022, de 1 de marzo Vínculo a legislación, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo y la disposición final primera del Decreto 290/2022 Vínculo a legislación, y lo que dispone el artículo 25.2 Vínculo a legislación de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (DOGC núm. 1234, de 22.12.1989),

Ordeno:

Capítulo 1

Del Negociado de la Dirección General de Comercio

Artículo 1

1.1 De la Subdirección General de Comercio depende el Negociado de Coordinación Administrativa.

1.2 El Negociado de Coordinación Administrativa tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar y tramitar la documentación para la provisión de puestos de trabajo de la Dirección General, y gestionar y tramitar las situaciones administrativas y las incidencias del personal de la Dirección General.

b) Coordinar la formación del personal adscrito a la Dirección General.

c) Hacer el seguimiento de la gestión presupuestaria y de la gestión económica de la Dirección General, la tramitación de suministros y pagos.

d) Tramitar y comprobar las dietas, asistencias e indemnizaciones del personal relacionadas con las actividades de la Dirección General, así como hacer el procesamiento informático y resolver las incidencias y las consultas que se derivan.

e) Gestionar y tramitar los expedientes de contratación de la Dirección General, controlar las incidencias derivadas de la contratación y hacer las gestiones apropiadas.

f) Controlar el stock del material fungible inventariable de la Dirección General, atender y gestionar las peticiones de material y controlar el mantenimiento de los equipos de oficina.

g) Hacer el seguimiento puntual de las funciones prestadas por las empresas externas encargadas del mantenimiento de los locales de la Dirección General.

h) Controlar y gestionar los puntos de atención a la ciudadanía y velar porque el personal que atiende al público, presencial o telefónicamente, disponga de la información que necesita.

i) Gestionar la aplicación s@rcat y coordinar y supervisar la entrada, la salida y la distribución de los documentos administrativos de la Dirección General, así como la mensajería, la paquetería y el franqueo.

j) Distribuir y controlar las tareas del personal subalterno de la Dirección General.

k) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

Capítulo 2

De los negociados de la Dirección General de Turismo

Artículo 2

2.1 De la Dirección General de Turismo depende el Negociado de Servicios Turísticos.

2.2 El Negociado de Servicios Turísticos tiene las funciones siguientes:

a) Informar a las personas administradas de los sellos y categorías voluntarias reguladas por el Sistema Catalán de Calidad Turística, la normativa y parámetros aplicables y tramitar los expedientes relacionados.

b) Gestionar con asociaciones y gremios las modificaciones y actualizaciones de los sellos vigentes, y ordenar las pruebas piloto en el territorio.

c) Coordinar las comisiones de valoración de la Mesa del Turismo con las entidades representativas integrantes y las verificaciones técnicas con los Servicios Territoriales.

d) Coordinar los grupos de trabajo para la definición de nuevos sellos y la redacción de parámetros, evidencias y formularios.

e) Participación en las reuniones de la Comisión de Calidad Ambiental en representación de la Dirección General de Turismo.

f) Mantener actualizada en la web departamental la información de las certificaciones de calidad de establecimientos y servicios turísticos.

g) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

2.3 De la Subdirección General de Desarrollo Turístico Territorial depende el Negociado de Coordinación Administrativa.

2.4 El Negociado de Coordinación Administrativa tiene las funciones siguientes:

a) Ejecutar las actuaciones referentes a los trámites administrativos necesarios para la ejecución del presupuesto, referidos a convenios y subvenciones.

b) Gestionar el presupuesto y controlar el gasto de la Dirección General de Turismo en coordinación con los servicios correspondientes de la Secretaría General.

c) Coordinar y controlar las operaciones de habilitación, así como ejecutar y hacer el seguimiento de las incidencias del personal de la Dirección General de Turismo, en coordinación con los servicios correspondientes de la Secretaría General.

d) Dar apoyo a la Subdirección General en los procesos de normalización y simplificación documental.

e) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

2.5 Del Servicio de Información y Difusión Turística dependen los negociados siguientes:

a) Negociado de la Oficina de Turismo de Barcelona.

b) Negociado de Distribución.

c) Negociado de Producción.

2.5.1 El Negociado de la Oficina de Turismo de Barcelona tiene las funciones siguientes:

a) Coordinar la información turística de la Oficina de Turismo de Barcelona.

b) Hacer el seguimiento y actualización de la oferta turística y cultural de Cataluña.

c) Atender e informar al usuario.

d) Programar rutas turísticas.

e) Dar apoyo a la persona jerárquicamente superior directa en las tareas derivadas de la organización interna.

f) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

2.5.2 El Negociado de Distribución tiene las funciones siguientes:

a) Controlar, distribuir y gestionar los stocks de publicaciones de la Dirección General de Turismo.

b) Hacer la difusión del material editado por la Dirección General de Turismo en los diferentes sectores.

c) Gestionar el buzón de consultas, quejas y sugerencias (CQS) del Departamento con respecto al ámbito de la información turística.

d) Hacer la difusión de las nuevas publicaciones a través de las nuevas herramientas digitales.

e) Relacionarse con los diferentes actores de promoción turística (patronatos, diputaciones, CPT, etc.) para coordinar la creación y distribución del material promocional.

f) Dar apoyo a la dinamización de productos y servicios turísticos vinculados a la plataforma de venta.

g) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

2.5.3 El Negociado de Producción tiene las funciones siguientes:

a) Hacer la gestión y supervisión del proceso de la producción de todos los materiales editados por la Dirección General de Turismo.

b) Hacer el control de la calidad técnica del proceso editorial y la valoración de los costes de las publicaciones y otros materiales editados por la Dirección General de Turismo.

c) Diseñar nuevos formados de folletos, mapas y cualquier otra publicación, así como la transformación para la digitalización de la información turística que se genera desde la Dirección General de Turismo y desde las mismas oficinas de turismo.

d) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

2.6 Del Servicio de Régimen Jurídico Turístico depende el Negociado de Alojamientos Turísticos.

2.7. El Negociado de Alojamientos Turísticos tiene las funciones siguientes:

a) Informar a la ciudadanía, profesionales del sector y organismos públicos de la normativa en materia de alojamientos turísticos.

b) Tramitar los expedientes de altas, bajas y modificaciones de empresas y establecimientos turísticos que los ayuntamientos comunican al Registro de turismo l.

c) Mantener actualizada la información de los alojamientos turísticos en el repositorio informático corporativo y posterior explotación de esta.

d) Realizar los trabajos periódicos de explotación de datos y los específicos que le sean solicitados por las personas jerárquicamente superiores.

e) Realizar las actuaciones necesarias para hacer intercambios de datos entre administraciones públicas y entidades del sector.

f) Colaborar en los trabajos derivados de la implementación de los nuevos aplicativos informáticos que afectan el mantenimiento de los datos del Registro de turismo.

g) Controlar los archivos de expedientes y, en general, los archivos de toda la unidad.

h) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

Capítulo 3

De los negociados de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona

Sección 1

De los negociados de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Barcelona

Artículo 3

3.1 Del Servicio de Secretaría Administrativa de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Barcelona dependen los negociados siguientes:

a) Negociado de Personal.

b) Negociado de Asuntos Generales.

3.1.1 El Negociado de Personal tiene las funciones siguientes:

a) Llevar a cabo los trámites administrativos relativos a los expedientes de personal de los Servicios Territoriales y tramitar las altas y bajas de personal.

b) Controlar el cumplimiento de los horarios, los permisos, las bajas médicas, los accidentes de trabajo, las vacaciones y las licencias.

c) Tramitar las propuestas de formación.

d) Elaborar los indicadores de actividad del Negociado.

e) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

3.1.2 El Negociado de Asuntos Generales tiene las funciones siguientes:

a) Llevar a cabo los trámites administrativos relacionados con la habilitación.

b) Tramitar las órdenes de gasto, dietas, control o confirmación de facturas.

c) Organizar las tareas del cuerpo de subalternos.

d) Controlar la gestión del mantenimiento del edificio.

e) Gestionar los contratos menores, si procede.

f) Elaborar los indicadores de actividad del Negociado.

g) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

3.2 Del Servicio de Conciliaciones de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Barcelona dependen los negociados siguientes:

a) Negociado de Acreditaciones y Representaciones.

b) Negociado de Coordinación.

3.2.1 El Negociado de Acreditaciones y Representaciones tiene las funciones siguientes:

a) Llevar a cabo las tareas necesarias para que las personas interesadas puedan realizar designas de representación para el Servicio de Conciliaciones y para los juzgados de lo social, así como las inscripciones de apoderamientos específicos para conciliaciones.

b) Tramitar las solicitudes de inscripción de direcciones electrónicas de conformidad de empresas para conciliaciones.

c) Tramitar las solicitudes de copias auténticas y las certificaciones negativas solicitadas por las personas interesadas y también a petición de los juzgados de lo social.

d) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

3.2.2 El Negociado de Coordinación tiene las funciones siguientes:

a) Coordinar las tareas administrativas de apoyo a las salas de conciliación y a las unidades territoriales de conciliación.

b) Gestionar las incidencias técnicas de los usuarios y usuarias y tramitar la provisión de material de las unidades territoriales de conciliación.

c) Atender las consultas presenciales y telefónicas de las personas usuarias del Portal de Conciliaciones y del Servicio.

d) Preparar la elaboración de la estadística y gestionar el archivo de su ámbito.

e) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

3.3 De la Sección de Sanciones de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Barcelona depende el Negociado de Sanciones:

3.4 El Negociado de Sanciones tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar, clasificar y distribuir la documentación relacionada con los expedientes sancionadores iniciados en virtud del acta de infracción de la Inspección de Trabajo.

b) Gestionar y controlar la tramitación de los expedientes sancionadores.

c) Coordinar las actuaciones administrativas de la sección con otras unidades.

d) Elaborar las estadísticas mensuales y anuales de su ámbito.

e) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

3.5 De la Sección de Relaciones Colectivas de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Barcelona depende el Negociado de Convenios:

3.6 El Negociado de Convenios tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar la documentación administrativa y de control de la legalidad en relación con la tramitación, el registro, el depósito y la publicación de los convenios colectivos, los acuerdos colectivos de trabajo y los planes de igualdad.

b) Elaborar la estadística mensual de su ámbito.

c) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

3.7 De la Sección de Seguridad y Salud en el Trabajo de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Barcelona dependen los negociados siguientes:

a) Negociado de Prevención y Declaración de Riesgos.

b) Negociado de Accidentes y Enfermedades Profesionales.

3.7.1 El Negociado de Prevención y Declaración de Riesgos tiene las funciones siguientes:

a) Tramitar los expedientes para acreditar los servicios de prevención y de autorización de auditorías, y gestionar su registro y el de empresas exentas.

b) Gestionar los expedientes relativos a comunicaciones de apertura de centros de trabajo.

c) Controlar el registro de empresas con riesgo de amianto y gestionar la tramitación de los planes de trabajo con riesgo de amianto.

d) Elaborar las estadísticas de su ámbito.

e) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

3.7.2 El Negociado de Accidentes y Enfermedades Profesionales tiene las funciones siguientes:

a) Recoger las comunicaciones y gestionar las actuaciones relativas a los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, así como enviar los expedientes administrativos a los juzgados.

b) Gestionar la documentación relativa a los órganos especializados en materia de seguridad y salud laboral.

c) Elaborar las estadísticas de su ámbito.

d) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

3.8 De la Sección de Regulación de Ocupación y Normas Laborales de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Barcelona dependen los negociados siguientes:

a) Negociado de Ordenación Laboral.

b) Negociado de Regulación de Ocupación.

3.8.1 El Negociado de Ordenación Laboral tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar los trámites administrativos, la documentación y las actuaciones correspondientes a las solicitudes de autorización de trabajo para menores de 16 años en espectáculos públicos.

b) Llevar a cabo los trámites administrativos y las actuaciones correspondientes relacionados con los expedientes de autorización de empresas de trabajo temporal, su registro y los contratos de puesta a disposición.

c) Gestionar la documentación relacionada con la tramitación en lo referente a los expedientes de denuncia por infracciones en cuanto a locales sindicales.

d) Gestionar los expedientes de comunicación de traslado de centro de trabajo y de turno de trabajo nocturno.

e) Elaborar las estadísticas mensuales de su ámbito.

f) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

3.8.2. El Negociado de Regulación de Ocupación tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar y controlar todos los trámites derivados de los expedientes de regulación y notificar y requerir la documentación, de acuerdo con la normativa aplicable.

b) Informar a los interesados sobre el estado del expediente.

c) Elaborar la estadística mensual y anual de su ámbito.

d) Gestionar el archivo de los expedientes de regulación de ocupación.

e) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

3.9 De la Sección de Elecciones y Estatutos de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Barcelona dependen los negociados siguientes:

a) Negociado de Elecciones.

b) Negociado de Estatutos.

3.9.1 El Negociado de Elecciones tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar la documentación relativa al depósito de los procesos electorales y dar publicidad a través del Portal de Elecciones Sindicales.

b) Confeccionar los certificados correspondientes a la documentación en depósito, así como sobre la representatividad sindical.

c) Llevar a cabo los trámites administrativos relacionados con las funciones de la Oficina Pública Territorial de Barcelona.

d) Elaborar las estadísticas mensuales de su ámbito.

e) Participar en la validación de las actuaciones informáticas vinculadas al Registro de elecciones, así como en la coordinación y seguimiento de las incidencias que se derivan.

f) Actuar como secretario o secretaria de la Comisión territorial de seguimiento de elecciones sindicales.

g) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

3.9.2 El Negociado de Estatutos tiene las funciones siguientes:

a) Revisar los acuerdos de designación y renovación de cargos de las organizaciones sindicales y empresariales y elaborar la correspondiente resolución de depósito.

b) Confeccionar los certificados correspondientes a la documentación en depósito.

c) Tramitar las comunicaciones de designación de los delegados y delegadas de prevención y sus posteriores modificaciones y elaborar los certificados de inscripción.

d) Elaborar las estadísticas mensuales de su ámbito.

e) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

3.10 De la Sección de Cooperativas de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Barcelona depende el Negociado de Registro:

3.11 El Negociado de Registro tiene las funciones siguientes:

a) Llevar a cabo los trámites administrativos relativos al registro territorial de cooperativas.

b) Realizar el registro de entrada y salida y la distribución de la documentación recibida electrónica y físicamente a usuarios o usuarias internos, así como la digitalización de la documentación cuando sea necesario, en el ámbito territorial de cooperativas.

c) Gestionar el control de entrada y la adecuada atención telefónica y presencial a la ciudadanía y dirigirla al ámbito territorial de cooperativas.

d) Elaborar las estadísticas mensuales de su ámbito.

e) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

3.12 De la Sección de Iniciativas para el Trabajo de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Barcelona depende el Negociado de Iniciativas:

3.13 El Negociado de Iniciativas tiene las funciones siguientes:

a) Llevar a cabo los trámites administrativos relativos a los expedientes de prestaciones de subvención de los programas competencia de su ámbito.

b) Gestionar los expedientes de las diferentes ayudas en las bases de datos y aplicaciones informáticas necesarias.

c) Elaborar las estadísticas mensuales de su ámbito.

d) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

Sección 2

De los negociados de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Girona

Artículo 4

4.1 Del Servicio de Secretaría Administrativa de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Girona dependen los negociados siguientes:

a) Negociado de Personal y Gestión Económica.

b) Negociado de Administración y Personal.

4.1.1 El Negociado de Personal y Gestión Económica tiene las funciones siguientes:

a) Llevar a cabo la gestión administrativa y el control de las cuestiones relacionadas con el personal adscrito a los Servicios Territoriales, de acuerdo con las instrucciones de las personas jerárquicamente superiores y la Secretaría General del Departamento.

b) Gestionar y controlar la gestión económica y el presupuesto, así como la habilitación, de acuerdo con las instrucciones de las personas jerárquicamente superiores y la Secretaría General del Departamento.

c) Llevar a cabo, en aquello que se le encomiende, la gestión administrativa en materia de intendencia y régimen interior en el centro de trabajo.

d) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

4.1.2 El Negociado de Administración y Personal tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar la documentación administrativa relativa a los expedientes de personal de los Servicios Territoriales y, concretamente, altas y bajas, cumplimiento de horarios, etc.

b) Controlar las existencias y la distribución de material.

c) Realizar la interlocución con la Gerencia de Servicios comunes, en el ámbito de la competencia de esta unidad.

d) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

4.2 Del Servicio de Empresa de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Girona depende el Negociado de Empresas Turísticas.

4.3 El Negociado de Empresas Turísticas tiene las funciones siguientes:

a) Hacer el seguimiento y el control de las altas, bajas y modificaciones que se hacen en el Registro de turismo de Cataluña, con respecto a los establecimientos de alojamiento turístico.

b) Hacer el seguimiento de las viviendas de uso turístico que los entes locales envían a través de la plataforma interadministrativa EACAT.

c) Elaborar documentos y hacer comprobaciones, a petición de las personas titulares de las empresas turísticas, de los datos que constan en el Registro de turismo de Cataluña.

d) Hacer las modificaciones, en el Repositorio administrativo de datos de actividades económicas (RADAE), de los datos de las viviendas de uso turístico de las que informan los entes locales.

e) Confeccionar los datos para las memorias e indicadores para las estadísticas de su ámbito.

f) Informar de la normativa en materia de turismo.

g) Hacer la gestión administrativa de los proyectos de planeamiento urbanístico que comportan la implantación de establecimientos de alojamiento turístico.

h) Dar traslado a la Dirección General de Turismo de los proyectos de planeamiento urbanístico que no comportan la implantación de establecimientos de alojamiento turístico.

i) Gestionar las hojas de seguimiento de las actuaciones inspectoras que se llevan a cabo en el ámbito de las actividades turísticas.

j) Requerir a las personas titulares de las empresas turísticas la información necesaria para que la inspección de turismo pueda llevar a cabo sus actuaciones.

k) Tramitar la notificación del resultado de las actuaciones inspectoras a las personas titulares de las empresas turísticas.

l) Hacer el control de los archivos de expedientes en formato electrónico y en papel.

m) Comunicar a la unidad responsable del archivo central los cambios que se producen en el Registro de turismo de Cataluña que hacen referencia a las bajas y a los cambios del nombre comercial de expedientes administrativos que se custodian.

n) Tramitar el traslado de expedientes al órgano correspondiente para el inicio de actuaciones sancionadoras.

o) Gestionar las consultas, quejas y sugerencias (CQS) en materia turística.

p) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

Sección 3

De los negociados de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Lleida

Artículo 5

5.1 Del Servicio de Secretaría Administrativa de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Lleida dependen los negociados siguientes:

a) Negociado de Personal y Gestión Económica.

b) Negociado de Información y Registro General.

c) Negociado de Administración y Personal.

d) Negociado de Asuntos Generales.

e) Negociado de Información, Informática y Estadística.

5.1.1 El Negociado de Personal y Gestión Económica tiene las funciones siguientes:

a) Llevar a cabo la gestión administrativa y el control de las cuestiones relacionadas con el personal adscrito a los Servicios Territoriales, de acuerdo con las instrucciones de las personas jerárquicamente superiores y la Secretaría General del Departamento.

b) Gestionar y controlar la gestión económica y el presupuesto, así como la habilitación, de acuerdo con las instrucciones las personas jerárquicamente superiores y la Secretaría General del Departamento.

c) Llevar a cabo, en aquello que se le encomiende, la gestión administrativa en materia de intendencia y régimen interior en el centro de trabajo.

d) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

5.1.2 El Negociado de Información y Registro General tiene las funciones siguientes:

a) Realizar el registro de entrada y salida y la distribución de la documentación recibida electrónica y físicamente a usuarios o usuarias internos, así como la digitalización de la documentación cuando sea necesario.

b) Distribuir y controlar las tareas del personal subalterno en relación con la gestión de la distribución y recibimiento de correspondencia física, valija y franqueo.

c) Gestionar el control de entrada y la adecuada atención telefónica y presencial a la ciudadanía y dirigirla a la unidad correspondiente.

d) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

5.1.3 El Negociado de Administración y Personal tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar la documentación administrativa relativa a los expedientes de formación y de gestión de personal de los Servicios Territoriales, concretamente, las altas y bajas, cumplimiento de horarios, etc.

b) Tramitación administrativa del régimen interior y la tramitación administrativa de prevención de riesgos laborales en los centros.

c) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

5.1.4 El Negociado de Asuntos Generales tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar la documentación administrativa de asuntos económicos generales.

b) Llevar a cabo los trámites administrativos relacionados con la habilitación, las órdenes de gasto, la liquidación de impresos, tasas y sanciones.

c) Tramitar y controlar los proyectos competencia del Servicio de Secretaría Administrativa, mediante cuadros de seguimiento, etc.

d) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

5.1.5 El Negociado de Información, Informática y Estadística tiene las funciones siguientes:

a) Hacer la tramitación administrativa de las memorias e informes de gestión.

b) Coordinarse administrativamente con el área TIC del Departamento.

c) Apoyo administrativo a la Dirección de los Servicios Territoriales.

d) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

5.2 Del Servicio de Empresa de los Servicios Territoriales de Empresa y Trabajo en Lleida depende el Negociado de Empresas Turísticas.

5.3. El Negociado de Empresas Turísticas tiene las funciones siguientes:

a) Hacer el seguimiento y el control de las altas, bajas y modificaciones que se hacen en el Registro de turismo de Cataluña, con respecto a los establecimientos de alojamiento turístico.

b) Hacer el seguimiento de las viviendas de uso turístico que los entes locales envían a través de la plataforma interadministrativa EACAT.

c) Elaborar documentos y hacer comprobaciones, a petición de las personas titulares de las empresas turísticas, de los datos que constan en el Registro de turismo de Cataluña.

d) Hacer las modificaciones, en el Repositorio administrativo de datos de actividades económicas (RADAE), de los datos de las viviendas de uso turístico de las que informan los entes locales.

e) Confeccionar mensualmente la recopilación de datos de la actividad de la Sección de Comercio y Turismo.

f) Preparar los datos necesarios para la confección de la memoria anual del Departamento.

g) Hacer la gestión administrativa de los proyectos de planeamiento urbanístico que comportan la implantación de establecimientos de alojamiento turístico.

h) Dar traslado a la Dirección General de Turismo de los proyectos de planeamiento urbanístico que no comportan la implantación de establecimientos de alojamiento turístico.

i) Gestionar las hojas de seguimiento de las actuaciones inspectoras que se llevan a cabo en el ámbito de las actividades turísticas.

j) Requerir a las personas titulares de las empresas turísticas la información necesaria para que la inspección de turismo pueda llevar a cabo sus actuaciones.

k) Tramitar la notificación del resultado de las actuaciones inspectoras a las personas titulares de las empresas turísticas.

l) Hacer el control de los archivos de expedientes en formato electrónico y en papel.

m) Comunicar a la unidad responsable del archivo central los cambios que se producen en el Registro de turismo de Cataluña que hacen referencia a las bajas y a los cambios del nombre comercial de expedientes administrativos que se custodian.

n) Tramitar el traslado de expedientes al órgano correspondiente para el inicio de actuaciones sancionadoras.

o) Consultas, quejas, sugerencias y dudas sobre la normativa en materia turística.

p) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

Sección 4

De los negociados de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Tarragona

Artículo 6

6.1 Del Servicio de Secretaría Administrativa de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Tarragona dependen los negociados siguientes:

a) Negociado de Personal y Gestión Económica.

b) Negociado de Información y Registro General.

c) Negociado de Administración y Personal.

d) Negociado de Asuntos Generales.

6.1.1 El Negociado de Personal y Gestión Económica tiene las funciones siguientes:

a) Llevar a cabo la gestión administrativa y el control de las cuestiones relacionadas con el personal adscrito a los Servicios Territoriales, de acuerdo con las instrucciones de las personas jerárquicamente superiores y la Secretaría General del Departamento.

b) Gestionar y controlar la gestión económica y el presupuesto, así como la habilitación, de acuerdo con las instrucciones de las personas jerárquicamente superiores y la Secretaría General del Departamento.

c) Llevar a cabo, en aquello que se le encomiende, la gestión administrativa en materia de intendencia y régimen interior en el centro de trabajo.

d) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

6.1.2 El Negociado de Información y Registro General tiene las funciones siguientes:

a) Realizar el registro de entrada y salida y la distribución de la documentación recibida electrónica y físicamente a usuarios o usuarias internos, así como la digitalización de la documentación cuando sea necesario.

b) Distribuir y controlar las tareas del personal subalterno en relación con la gestión de distribución y recibimiento de correspondencia física, valija y franqueo.

c) Gestionar el control de entrada y la adecuada atención telefónica y presencial a la ciudadanía y dirigirla a la unidad correspondiente.

d) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

6.1.3 El Negociado de Administración y Personal tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar la documentación administrativa relativa a los expedientes de personal de los Servicios Territoriales, concretamente, altas y bajas, cumplimiento de horarios, permisos, justificantes, etc.

b) Controlar las existencias y la distribución de material.

c) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

6.1.4 El Negociado de Asuntos Generales tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar y distribuir las tareas relacionadas con el mantenimiento de edificios y los servicios de limpieza de los edificios del Departamento.

b) Gestionar el transporte entre los diferentes edificios.

c) Controlar y gestionar los consumos corrientes, el correo, la valija y la telefonía, yn llevar a cabo la coordinación de subalternos.

d) Gestionar el mantenimiento y el consumo de fotocopiadoras y destructoras de papel.

e) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

6.2 Del Servicio de Empresa de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Tarragona depende el Negociado de Empresas Turísticas.

6.3 El Negociado de Empresas Turísticas tiene las funciones siguientes:

a) Hacer el seguimiento y el control de las altas, bajas y modificaciones que se hacen en el Registro de turismo de Cataluña, con respecto a los establecimientos de alojamiento turístico.

b) Hacer el seguimiento de las viviendas de uso turístico que los entes locales envían a través de la plataforma interadministrativa EACAT.

c) Elaborar documentos y hacer comprobaciones, a petición de las personas titulares de las empresas turísticas, de los datos que constan en el Registro de turismo de Cataluña.

d) Hacer las modificaciones en el Repositorio administrativo de datos de actividades económicas (RADAE) de los datos de las viviendas de uso turístico de las que informan los entes locales.

e) Confeccionar mensualmente la recopilación de datos de la actividad de la Sección de Comercio y Turismo.

f) Preparar los datos necesarios para la confección de la memoria anual del Departamento.

g) Informar de la normativa en materia de turismo.

h) Hacer la gestión administrativa de los proyectos de planeamiento urbanístico que comportan la implantación de establecimientos de alojamiento turístico.

i) Dar traslado a la Dirección General de Turismo de los proyectos de planeamiento urbanístico que no comportan la implantación de establecimientos de alojamiento turístico.

j) Gestionar las hojas de seguimiento de las actuaciones inspectoras que se llevan a cabo en el ámbito de las actividades turísticas.

k) Requerir a las personas titulares de las empresas turísticas la información necesaria para que la inspección de turismo pueda llevar a cabo sus actuaciones.

l) Tramitar la notificación del resultado de las actuaciones inspectoras a las personas titulares de las empresas turísticas.

m) Hacer el control de los archivos de expedientes en formato electrónico y en papel.

n) Comunicar a la unidad responsable del archivo central los cambios que se producen en el Registro de turismo de Cataluña que hacen referencia a las bajas y cambios del nombre comercial de expedientes administrativos que se custodian.

o) Tramitar el traslado de expedientes al órgano correspondiente para el inicio de actuaciones sancionadoras.

p) Gestionar las consultas, quejas y sugerencias (CQS) en materia turística.

q) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

Capítulo 4

Del Negociado de la Dirección General de Industria

Artículo 7

7.1 De la Subdirección General de Inversión Industrial depende el Negociado de Coordinación Administrativa.

7.2 El Negociado de Coordinación Administrativa tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar administrativamente las ayudas con las aplicaciones corporativas correspondientes.

b) Gestionar los contenidos web y el resto de canales de información y comunicación de la Subdirección General.

c) Dar apoyo en la gestión de tareas vinculadas al personal.

d) Dar apoyo en la gestión de tareas vinculadas a los equipamientos informáticos.

e) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

7.3 De la Subdirección General de Minas y Protección Radiológica depende el Negociado de Apoyo Administrativo de Minas.

7.4 El Negociado de Apoyo Administrativo de Minas tiene las funciones siguientes:

a) Organizar y coordinar el apoyo administrativo de la Subdirección General de Minas y Protección Radiológica y supervisar y validar las tramitaciones electrónicas de los expedientes de su ámbito a través de la aplicación Tramitador de Expedientes Interdepartamental (TEI).

b) Supervisar la publicación de los anuncios en los diarios oficiales, en relación con los expedientes de explotaciones mineras, permisos de investigación y concesiones de explotación, así como los edictos de notificación en el trámite de los expedientes de la Subdirección General.

c) Colaborar en la planificación, configuración e implementación de la tramitación electrónica en los expedientes del ámbito competencial de la unidad.

d) Tramitar y supervisar las entradas de la Subdirección General mediante la aplicación s@rcat.

e) Organizar, gestionar y facilitar el acceso al contenido y consulta de la información con respecto a los expedientes del ámbito competencial de la Subdirección General, en materia de transparencia, acceso a la información, buen gobierno y protección de datos de carácter personal.

f) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

7.5 De la Subdirección General de Seguridad Industrial depende el Negociado de Apoyo Administrativo de Planificación.

7.6 El Negociado de Apoyo Administrativo de Planificación tiene las funciones siguientes:

a) Hacer el mantenimiento y controlar el Registro de los agentes de la seguridad industrial (RASIC).

b) Coordinar y hacer el seguimiento y control de las tareas que realizan los administrativos en las auditorías técnico-administrativas realizadas sobre los agentes.

c) Recoger y agrupar los indicadores de gestión de los diferentes ámbitos de la Subdirección General.

d) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

7.7 Del Servicio de Seguridad de Instalaciones depende el Negociado de Apoyo Administrativo de Instalaciones.

7.8 El Negociado de Apoyo Administrativo de Instalaciones tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar administrativamente los expedientes de los trámites del ámbito de la seguridad de instalaciones.

b) Gestionar las consultas, denuncias y requerimientos que se dirigen al Servicio.

c) Recopilar y analizar todos los indicadores de gestión del Servicio.

d) Gestionar integralmente las convocatorias de examen de las certificaciones de competencia profesional.

e) Gestionar los datos facilitados por los organismos de control.

f) Explotar los datos de los diferentes aplicativos informáticos del Servicio y hacer la propuesta de mejoras de estos.

g) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

7.9 Del Servicio de Automóviles, Metrología y Productos dependen los negociados siguientes:

a) Negociado de Apoyo Administrativo de Automóviles.

b) Negociado de Apoyo Administrativo de Metrología.

7.9.1 El Negociado de Apoyo Administrativo de Automóviles tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar administrativamente los expedientes de los trámites del ámbito de la seguridad de los vehículos y de la actividad de las estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV).

b) Gestionar los expedientes generados por la Sección de Inspección Técnica de Vehículos.

c) Gestionar las consultas, denuncias y requerimientos que se dirigen al Servicio.

d) Recopilar y analizar los indicadores de gestión de la actividad propia de la materia.

e) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

7.9.2 El Negociado de Apoyo Administrativo de Metrología tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar administrativamente los expedientes de los trámites del ámbito de la seguridad de los productos industriales y del cumplimiento reglamentario de los equipos de medición.

b) Gestionar los expedientes generados por la Sección de Metrología y la Sección de Productos.

c) Gestionar las consultas, denuncias y requerimientos que se dirigen al Servicio.

d) Recopilar y analizar los indicadores de gestión de la actividad propia de la materia.

e) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

Capítulo 5

De los negociados de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral

Artículo 8

8.1 Del Servicio de Autorizaciones, Ordenación Laboral y Responsabilidad Social depende el Negociado de Autorizaciones.

8.2 El Negociado de Autorizaciones tiene las funciones siguientes:

a) Realizar los trámites administrativos relacionados con los expedientes de autorización administrativa y con el registro de empresas de trabajo temporal que les corresponda por su ámbito territorial.

b) Elaborar la estadística mensual de los expedientes pendientes, tramitados y de los resultados.

c) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

8.3 Del Servicio de Garantía de las Condiciones de Trabajo dependen los negociados siguientes:

a) El Negociado de Sanciones.

b) El Negociado de Recursos.

8.3.1 El Negociado de Sanciones tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar toda la documentación administrativa relacionada con la recepción, clasificación y registro de las actas de infracción enviadas por la Inspección de Trabajo.

b) Tramitar y controlar los expedientes sancionadores competencia de la persona titular de la Dirección General, del Consejero o Consejera y del Gobierno en razón de la cuantía propuesta en el acta de infracción.

c) Hacer el seguimiento cuantitativo de la tarea inspectora en el ámbito estadístico.

d) Coordinar, notificar y tramitar los expedientes administrativos.

e) Elaborar informes y estadísticas de datos de expedientes sancionadores, empresas sancionadas, accidentados, preguntas parlamentarias, información diversa solicitada por los órganos superiores, de carácter mensual, trimestral, anual o puntual, tanto de ámbito territorial como de toda Cataluña.

f) Participar en el diseño de nuevas herramientas informáticas para la explotación de datos estadísticos.

g) Colaborar en el diseño de la nueva aplicación corporativa para procedimientos sancionadores y su integración con GIDECAT.

h) Impulsar la puesta en funcionamiento del Tramitador Genérico Sancionador y el seguimiento del programa.

i) Gestionar todo el ámbito económico que comporta el cobro en vía voluntaria, así como las domiciliaciones bancarias, solicitudes de fraccionamientos y la gestión y seguimiento de las solicitudes de reducción del importe de la sanción por reconocimiento de la responsabilidad y pago anticipado. También la gestión de las devoluciones de las cuantías pagadas.

j) Gestionar el cobro en vía ejecutiva. Hacer los informes de los recursos de reposición contra la vía de apremio y los de las empresas concursadas solicitados por la Agencia Tributaria de Cataluña.

k) Gestionar la reedición de cartas de pago por nuevos importes o fechas de vencimiento, gestionar los cobros de los intereses del 5% por pago fuera de plazo voluntario.

l) Coordinar con la Dirección de Servicios todos los temas de cobros.

m) Dar apoyo tanto en el procedimiento sancionador como en la emisión de las cartas de pago al Servicio de Cooperativas.

n) Gestionar, hacer el seguimiento y ejecutar las demandas sociales.

o) Gestionar los requerimientos a la Administración pública y a la Administración local sobre medidas correctoras en materia de prevención de riesgos laborales.

p) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

8.3.2 El Negociado de Recursos tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar y tramitar administrativamente la recepción de los recursos administrativos y de otros escritos relacionados con los expedientes sancionadores.

b) Atender consultas y proporcionar información a los diversos sujetos interesados en el procedimiento administrativo sancionador.

c) Hacer la tramitación administrativa pertinente en la elaboración de las resoluciones administrativas y coordinar el trabajo del personal administrativo en cuanto a recursos.

d) Tramitar las notificaciones de las resoluciones administrativas.

e) Tramitar la suspensión del procedimiento administrativo en vías de recurso y hacer el seguimiento de la tramitación de las demandas interpuestas en vía contencioso-administrativa.

f) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

8.4 Del Servicio de Mediación y Registros Laborales dependen los negociados siguientes:

a) El Negociado de Elecciones y Mediaciones.

b) El Negociado de Negociaciones Colectivas.

8.4.1 El Negociado de Elecciones y Mediaciones tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar administrativamente los expedientes relativos a conflictos colectivos, huelgas y cierres patronales de ámbito superior a un servicio territorial.

b) Elaborar el borrador de las órdenes de servicios mínimos y, una vez firmadas, tramitarlas a las partes y al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya para su publicación.

c) Realizar los trámites administrativos de la Oficina Pública de Cataluña de Elecciones Sindicales con respecto a los certificados de datos de resultados de elecciones sindicales, así como enviar los ficheros de datos de elecciones sindicales a sindicatos y al Ministerio de Trabajo y Economía Social.

d) Preparar y enviar resoluciones de nombramiento de árbitros de las impugnaciones de los procesos de elecciones sindicales.

e) Efectuar y tramitar el alta de sindicatos y de convenios colectivos, así como tareas de mantenimiento de las tablas de datos de la aplicación del Registro de elecciones sindicales (Electi@).

f) Preparar las órdenes de calendario de fiestas laborales y locales y tramitarlas al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya para su publicación.

g) Efectuar las tareas relativas a las altas y bajas de usuarios y usuarias, así como de municipios y aldeas, de la aplicación del calendario laboral de fiestas laborales (CALAB).

h) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

8.4.2 El Negociado de Negociaciones Colectivas tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar y controlar la documentación relativa a convenios colectivos y planes de igualdad de ámbito territorial de Cataluña a través de la aplicación correspondiente.

b) Elaborar la estadística correspondiente a su ámbito.

c) Gestionar y controlar los expedientes de depósito de estatutos de sindicatos de trabajadores y trabajadoras y asociaciones empresariales, a través de la aplicación correspondiente.

d) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

8.5 Del Servicio de Gestión de las Autorizaciones de Trabajo depende el Negociado de Coordinación y Programación.

8.6 El Negociado de Coordinación y Programación tiene las funciones siguientes:

a) Hacer el seguimiento periódico y las actuaciones administrativas pertinentes en relación con el control de calidad para la mejora de los procesos administrativos en el ámbito de las competencias propias de la unidad.

b) Coordinar la realización de la memoria anual de actividad.

c) Elaborar informes periódicos sobre la calidad de la gestión a partir de los indicadores que se determinen.

d) Organizar la información relativa al personal de la Subdirección General.

e) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

8.7 Del Servicio de Planificación y Coordinación de las Autorizaciones de Trabajo depende el Negociado de Formación.

8.8 El Negociado de Formación tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar la documentación de los recursos administrativos en materia de autorizaciones de trabajo o de residencia y trabajo de personas extranjeras.

b) Preparar los expedientes administrativos que deban ser tramitados a los juzgados en relación con procedimientos contenciosos-administrativos sobre autorizaciones y atender peticiones de órganos policiales o judiciales que incidan sobre expedientes relacionados con esta materia.

c) Dar de alta los recursos en la aplicación correspondiente y mantener actualizadas las herramientas de gestión ofimáticas relacionadas con la tramitación de los recursos.

d) Llevar el registro y hacer el seguimiento de los procedimientos de extinción de autorizaciones iniciales de trabajo o de residencia y trabajo de personas extranjeras.

e) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

8.9 Del Instituto Catalán de Seguridad y Salud Laboral (ICSSL) dependen los negociados siguientes:

a) El Negociado de Servicios Administrativos Generales.

b) El Negociado de Laboratorio de Campo.

8.9.1 El Negociado de Servicios Administrativos Generales tiene las funciones siguientes:

a) Organizar, supervisar y coordinar todas las tareas administrativas entre el personal administrativo de la unidad.

b) Controlar y supervisar las entradas y salidas de documentos, requerimientos, certificaciones, resoluciones, notificaciones; el tratamiento de esta información, y el registro de esta documentación, con las diferentes herramientas de la Administración.

c) Realizar el seguimiento de la formación interna del personal de todos los territorios y hacer la coordinación con el servicio de formación del Departamento.

d) Organizar el archivo digital y coordinar el envío de la documentación en papel al archivo del Departamento.

e) Gestionar los expedientes del ICSSL a través de las diferentes plataformas de Administración electrónica corporativas.

f) Gestionar los buzones genéricos del ICSSL.

g) Coordinar y gestionar la difusión de la información, circulares y publicaciones que afectan o son de interés para la unidad.

h) Hacer el seguimiento, el control, la custodia y la previsión de material e impresos.

i) Gestionar y controlar la documentación en lo referente a permisos e incidencias del personal.

j) Gestionar y tramitar las solicitudes de nuevo software y equipos informáticos y las posibles incidencias.

k) Gestionar y tramitar las solicitudes de billetes de transportes y alojamientos del personal.

l) Gestionar y controlar las representaciones del ICSSL en comisiones y grupos de trabajo.

m) Dar apoyo directo a la persona titular del ICSSL en la gestión y trámites administrativos.

n) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

8.9.2 El Negociado de Laboratorio de Campo tiene las funciones siguientes:

a) Realizar las tareas administrativas referidas al control del material fungible e inventariable.

b) Coordinar la preparación de las solicitudes de material de campo, y también asignar a los técnicos de campo los auxiliares técnicos necesarios, como apoyo en sus actuaciones en empresas.

c) Mantener y actualizar el archivo de los catálogos y documentación técnica referida a los aparatos de toma de muestras y equipos de medición, y también la documentación correspondiente a las calibraciones y pruebas realizadas a estos.

d) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

8.10 Del área de Información y Registros depende el Negociado de Accidentalidad Laboral.

8.11 El Negociado de Accidentalidad Laboral tiene las funciones siguientes:

a) Gestionar las peticiones internas o externas de información relacionada con los registros de accidentes de trabajo.

b) Gestionar el buzón de accidentes de trabajo que recoge las comunicaciones planteadas por las mutuas en relación con la tramitación de los comunicados de accidente de trabajo.

c) Realizar la gestión de las comunicaciones con las mutuas, el mantenimiento del registro de intervinientes y el asesoramiento relacionado con la comunicación de accidentes de trabajo.

d) Coordinar la gestión de la documentación administrativa relacionada con el Registro de empresas acreditadas (REA).

e) Hacer el seguimiento y control de las respuestas a las consultas vinculadas con el REA.

f) Dar respuesta a consultas de empresas extranjeras en relación con aspectos legales relacionados con la transposición de la Directiva 89/391 Vínculo a legislación /CEE.

g) Hacer el seguimiento del cumplimiento de los requisitos de inclusión en el REA.

h) Contactar con agentes externos para mantener actualizada la base de datos de adheridos al convenio de colaboración para representar a terceros en el trámite del REA.

i) Proponer mejoras de los procesos vinculados al registro y de su funcionamiento.

j) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

8.12 Del área de Gestión y Coordinación dependen los negociados siguientes:

a) Negociado de Asuntos Generales en Barcelona.

b) Negociado de Asuntos Generales en Girona.

c) Negociado de Asuntos Generales en Lleida.

d) Negociado de Asuntos Generales en Tarragona.

e) Negociado de Habilitación.

8.12.1 El Negociado de Asuntos Generales en Barcelona tiene las funciones siguientes:

a) Organizar, supervisar y coordinar todas las tareas administrativas del ICSSL en el ámbito territorial de Barcelona.

b) Realizar el seguimiento de la formación interna del personal de la unidad en el ámbito territorial de Barcelona.

c) Realizar el registro de entrada y salida de los documentos con las diferentes herramientas utilizadas en la Administración.

d) Organizar y gestionar el archivo en el ámbito territorial de Barcelona.

e) Gestionar los buzones de la unidad en el ámbito territorial de Barcelona.

f) Dar apoyo en la realización de las actividades de promoción y formación en el ámbito territorial de Barcelona.

g) Gestionar el material de promoción de la unidad en el ámbito territorial de Barcelona.

h) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

8.12.2 El Negociado de Asuntos Generales en Girona tiene las funciones siguientes:

a) Organizar, supervisar y coordinar todas las tareas administrativas del ICSSL en el ámbito territorial de Girona.

b) Realizar el seguimiento de la formación interna del personal de la unidad en el ámbito territorial de Girona.

c) Realizar el registro de entrada y salida de los documentos con las diferentes herramientas utilizadas en la Administración.

d) Organizar y gestionar el archivo en el ámbito territorial de Girona.

e) Gestionar los buzones de la unidad en el ámbito territorial de Girona.

f) Dar apoyo en la realización de las actividades de promoción y formación en el ámbito territorial de Girona.

g) Gestionar el material de promoción de la unidad en el ámbito territorial de Girona.

h) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

8.12.3 El Negociado de Asuntos Generales en Lleida tiene las funciones siguientes:

a) Organizar, supervisar y coordinar todas las tareas administrativas del ICSSL en el ámbito territorial de Lleida.

b) Realizar el seguimiento de la formación interna del personal de la unidad en el ámbito territorial de Lleida.

c) Realizar el registro de entrada y salida de los documentos con las diferentes herramientas utilizadas en la Administración.

d) Organizar y gestionar el archivo en el ámbito territorial de Lleida.

e) Gestionar los buzones de la unidad en el ámbito territorial de Lleida.

f) Dar apoyo en la realización de las actividades de promoción y formación en el ámbito territorial de Lleida.

g) Gestionar el material de promoción de la unidad en el ámbito territorial de Lleida.

h) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

8.12.4 El Negociado de Asuntos Generales en Tarragona tiene las funciones siguientes:

a) Organizar, supervisar y coordinar todas las tareas administrativas del ICSSL en el ámbito territorial de Tarragona.

b) Realizar el seguimiento de la formación interna del personal de la unidad en el ámbito territorial de Tarragona.

c) Realizar el registro de entrada y salida de los documentos con las diferentes herramientas utilizadas en la Administración.

d) Organizar y gestionar el archivo en el ámbito territorial de Tarragona.

e) Gestionar los buzones de la unidad en el ámbito territorial de Tarragona.

f) Dar apoyo en la realización de las actividades de promoción y formación en el ámbito territorial de Tarragona.

g) Gestionar el material de promoción de la unidad en el ámbito territorial de Tarragona.

h) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

8.12.5 El Negociado de Habilitación tiene las funciones siguientes:

a) Iniciar y tramitar todos los expedientes de carácter económico de la unidad.

b) Notificar a las empresas las adjudicaciones y no adjudicaciones de los expedientes de contratación.

c) Verificar, comprobar y conformar las facturas de los expedientes de contratación.

d) Tramitar los documentos contables.

e) Realizar el seguimiento de la ejecución presupuestaria.

f) Dar apoyo en la tramitación de subvenciones.

g) Tramitar las indemnizaciones en razón de servicio.

h) Organizar y gestionar el archivo de carácter económico.

i) Organizar, supervisar y coordinar todas las tareas administrativas del Área de Gestión y Coordinación.

j) Realizar el registro de entrada y salida de los documentos con las diferentes herramientas utilizadas en la Administración.

k) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

Capítulo 6

De los negociados de la Dirección General de Economía Social y Solidaria, el Tercer Sector y las Cooperativas

Artículo 9

9.1 Del Servicio de Registro de Cooperativas y Sociedades Laborales depende el Negociado de Registros.

9.2 El Negociado de Registros tiene las funciones siguientes:

a) Impulsar, gestionar, hacer seguimiento y control administrativo de los procedimientos del Registro de cooperativas, del Registro de sociedades laborales y de otros registros adscritos al Servicio.

b) Impulsar, gestionar, hacer seguimiento y control administrativo de los expedientes sancionadores abiertos a cooperativas.

c) Impulsar, coordinar, hacer seguimiento desde la vertiente administrativa de los expedientes de mediación, arbitraje y conciliación del Consejo Superior de la Cooperación.

d) Hacer el seguimiento de los procedimientos en tramitación con el fin de controlar plazos, y garantizar que las resoluciones se dicten y notifiquen dentro del plazo legalmente previsto.

e) Coordinar, hacer seguimiento y dar instrucciones para que el equipo administrativo siga criterios homogéneos de tramitación y con el fin de conseguir la máxima simplificación y agilidad en la tramitación, de acuerdo con las directrices recibidas.

f) Impulsar la elaboración y mantenimiento de manuales de tramitación administrativa de los procedimientos registrales que se gestionan en el Servicio.

g) Analizar las incidencias que se produzcan en la tramitación administrativa de los procedimientos y proponer soluciones de mejora, de simplificación y de homogeneización en los procedimientos de los registros.

h) Preparar periódicamente las estadísticas e informes de control de los expedientes de su ámbito.

i) Dar apoyo en la elaboración de los listados e informes con los datos del registro que periódicamente se deben enviar a diferentes entidades y organismos.

j) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

9.3. Del Servicio de Fomento depende el Negociado de Programación.

9.4 El Negociado de Programación tiene las funciones siguientes:

a) Supervisar la documentación que acompaña a los expedientes de ayudas, de subvenciones y del fondo de garantía de avales, incluida su reclamación, la elaboración y seguimiento de cualquier documento (propuestas, resoluciones, notificaciones, certificaciones, etc.), de acuerdo con la legislación vigente, y su archivo definitivo.

b) Supervisar y controlar las justificaciones de los expedientes de ayudas con resolución positiva, de los expedientes revocados objeto de informe de apremio y de ingreso en el GIDECAT, y de las certificaciones derivadas de los expedientes de ayudas.

c) Organizar y gestionar los diferentes métodos o sistemas de almacenamiento de datos, con la finalidad de obtener datos de calidad objeto de estadísticas y de estudio.

d) Proponer y programar flujos, organigramas e instrucciones de trabajo que dan apoyo a la tramitación administrativa de los expedientes de ayudas, de acuerdo con las directrices recibidas.

e) Aplicar medidas técnicas y organizativas adecuadas que comportan el tratamiento y el cumplimiento de lo que dispone la normativa en materia de protección de datos.

f) Gestionar electrónicamente los expedientes de subvención y la sindicación de contenidos, con el fin de optimizar, simplificar y agilizar las tareas de la unidad.

g) Coordinar las consultas de los ciudadanos mediante los buzones corporativos.

h) Otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas.

Disposiciones adicionales

Primera. Supresión de órganos

1. Dirección de Servicios

Negociado de Nóminas, Negociado de Tramitación del Archivo Central, Negociado de Contabilidad, Negociado de Servicios Generales, Negociado de Documentación y Archivo de Personal, Negociado de Biblioteca y Gestión Documental, Negociado de Registro, Negociado de Registro y Archivo y Negociado de Habilitación.

2. Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Barcelona

Negociado de Registro General.

3. Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Girona

Negociado de Asuntos Generales, Negociado de Información y Registro General y Negociado de Información, Informática y Estadística.

4. Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Trabajo en Tarragona

Negociado de Información, Informática y Estadística.

5. Secretaría de Trabajo

Negociado de Estadística y Negociado de Gestión Administrativa.

6. Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral

Negociado de Reestructuración de Empresas.

7. Instituto Catalán de Seguridad y Salud Laboral (ICSSL)

Negociado de Higiene de Campo, Negociado de Formación, Negociado de Programación, Negociado de Seguridad, Negociado de Administración, Negociados de Medicina, Negociados Técnicos, Negociado de Personal y Negociado de Registro y Archivo.

8. Dirección General de Economía Social y Solidaria, el Tercer Sector y las Cooperativas

Negociado de Asuntos Generales y Administración y Negociado de Registro de Cooperativas.

9. Servicio Público de Empleo de Cataluña (SOC)

Negociado de Informática, Negociado de Compras, Negociado de Control Presupuestario, Negociado de Inspección, Negociado de Intermediación, Negociado de Contabilidad y Costes, Negociado de Publicaciones y Negociado de Prestaciones.

Segunda. Cambios de denominación

1. El Negociado de Registros de Sociedades Laborales, regulado en el artículo 10.2 de la Orden de 19 de noviembre de 1999, por la que se establece la estructura orgánica del Departamento de Trabajo a nivel de negociado, pasa a denominarse Negociado de Registros.

2. El Negociado de Reparto, regulado en el artículo 2.4 de la Orden de 1 de marzo de 1999, por la que se establece la estructura orgánica de las delegaciones territoriales del Departamento de Trabajo a nivel de negociado, pasa a denominarse Negociado de Acreditaciones y Representaciones.

Disposiciones transitorias

Primera

Las personas que ocupan los puestos afectados por esta Orden seguirán ejerciendo sus funciones respectivas mientras no se adapten los nombramientos o se provean, si procede, los puestos de trabajo de acuerdo con la estructura regulada.

Segunda

Las personas que resulten afectadas por las modificaciones orgánicas de esta Orden siguen percibiendo la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos a los que se estaban imputando hasta que se adopten las resoluciones y las modificaciones presupuestarias correspondientes.

Disposición derogatoria

Quedan derogadas las disposiciones siguientes:

Orden de 10 de diciembre Vínculo a legislación de 1997, de regulación de los negociados del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, en su integridad.

Orden de 29 de agosto de 2000, de modificación de la Orden de 10 de diciembre Vínculo a legislación de 1997, de regulación de los negociados del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, en su integridad.

Orden de 1 de marzo de 1999, por la que se establece la estructura orgánica de las delegaciones territoriales del Departamento de Trabajo a nivel de negociado, excepto los artículos 1.11 y 2.15, que regulan el Negociado de Ocupación; 1.10 y 2.14, que regulen el Negociado de Formación, que se mantienen vigentes hasta que no se apruebe una nueva orden de regulación de negociados del Servicio Público de Empleo de Cataluña.

Orden de 19 de noviembre de 1999, por la que se establece la estructura orgánica del Departamento de Trabajo a nivel de negociado, excepto los artículos siguientes: 1.5 y 2.5, que regulan el Negociado de Habilitación; 1.6 y 2.6, que regulan el Negociado de Contratación; 1.7 y 2.9, que regulan el Negociado de Programación de Personal; 1.8 y 2.10, que regulan el Negociado de Ordenación de Personal; 5.1 y 6.2, que regulan el Negociado de Secretaría de Formación; 5.2 y 6.3, que regulan el Negociado de Promoción de Programas; 5.3 y 6.4, que regulan el Negociado de Escuelas Taller y Casas de Oficio, y 5.7 y 6.9, que regulan el Negociado de Estudios y Estadísticas, que se mantienen vigentes hasta que no se apruebe una nueva orden de regulación de negociados del Servicio Público de Empleo de Cataluña.

Orden TRE/311/2009, de 4 de junio, de modificación parcial de la Orden de 19 de noviembre de 1999, per la cual se establece la estructura orgánica del Departamento de Trabajo a nivel de negociado.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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