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Subvenciones a entidades del ámbito de las políticas sociales del Departamento de Derechos Sociales

26/12/2023
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Orden DSO/283/2023, de 21 de diciembre, por la que se aprueban las bases que deben regir la convocatoria ordinaria de subvenciones a entidades del ámbito de las políticas sociales del Departamento de Derechos Sociales (DOGC de 22 de diciembre de 2023). Texto completo.

ORDEN DSO/283/2023, DE 21 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES QUE DEBEN REGIR LA CONVOCATORIA ORDINARIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES DEL ÁMBITO DE LAS POLÍTICAS SOCIALES DEL DEPARTAMENTO DE DERECHOS SOCIALES.

Los programas de subvenciones se han convertido en un instrumento esencial para alcanzar, en todos los ámbitos de la actividad administrativa, las finalidades y los objetivos de las políticas públicas que la legislación establece y que se concretan mediante la acción de gobierno. En este sentido, la subvención no sólo orienta en un determinado sentido la actividad otros entes públicos y entidades privadas de acuerdo con los objetivos de los planes sectoriales correspondientes, sino que la actividad de fomento también permite hacer una gestión más coordinada y participativa de los recursos públicos según los criterios de subsidiariedad, proximidad geográfica y especialización técnica, sin necesidad de duplicar redes existentes o crear nuevos servicios públicos.

La Ley 12/2007, de 11 de octubre Vínculo a legislación, de servicios sociales, en el artículo 76 prevé que la Administración de la Generalitat puede otorgar subvenciones y otras ayudas a las entidades de iniciativa social para coadyuvar en el cumplimiento de sus actividades de servicios sociales.

El Decreto 184/2022, de 10 de octubre Vínculo a legislación, de denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya, atribuye al Departamento de Derechos Sociales, entre otros, las competencias sobre las políticas de servicios, prestaciones y protecciones sociales, incluida la renta garantizada de ciudadanía; las políticas de la juventud, las personas mayores, las familias, la infancia y la adolescencia, el acogimiento y las adopciones; las políticas de las personas con discapacidad y dependencias y de los equipamientos asistenciales de la red de servicios sociales; las políticas de inclusión social y accesibilidad y las políticas de dependencia, así como las políticas de acción comunitaria y atención al pueblo gitano, la coordinación y la gestión de la red de equipamientos cívicos y sociales y las políticas hacia el tercer sector, la sensibilización cívica y social y el apoyo a las entidades sociales y el voluntariado.

El Departamento de Derechos Sociales ha dispuesto, hasta ahora, de dos grandes programas de subvenciones: uno financiado con recursos propios, correspondiente a la convocatoria ordinaria de subvenciones de proyectos, actividades, ayudas y servicios para entidades del ámbito de las políticas sociales, y otro financiado con los fondos provenientes de la asignación tributaria del 0,7% del IRPF. El análisis de las actividades y los proyectos subvencionados con estos dos programas en los últimos años ha permitido identificar una serie de oportunidades de mejora en la eficiencia de la asignación de recursos y en la consecución de las finalidades de los programas, que han requerido una revisión conjunta de las órdenes de bases que regulaban estos programas. Fruto de esta revisión y de la necesidad de realizar de manera efectiva la armonización de estas dos grandes convocatorias de subvenciones del Departamento de Derechos Sociales, es necesario disponer de una nueva Orden de bases que rija de manera única el conjunto de todas las líneas de subvención para hacer la implementación en el ejercicio 2024 y siguientes.

Esta Orden de bases establece un marco regulador único para todas las líneas de subvención del Departamento de Derechos Sociales, con independencia del origen de los fondos que financien cada una de estas líneas. Por su volumen y por su importancia, cabe que destacar el fondo proveniente de la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Para dar cumplimiento a la Sentencia 9/2017, de 19 de enero de 2017, del Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucional el modelo de gestión y concesión de ayudas públicas del 0,7% del impuesto de la renta para personas físicas convocado por la Administración general del Estado, el Consejo Territorial de Servicios Sociales y el Sistema para la Autonomía y Atención en la Dependencia acuerdan, en fecha 26 de abril de 2017, un nuevo modelo de gestión mixto, que implica que la Generalitat de Catalunya tiene competencia para convocar y conceder subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas de las comunidades autónomas.

En el año 2017, la Generalitat de Catalunya convocó y concedió, por primera vez, subvenciones a entidades destinadas a la realización de programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas de las comunidades autónomas, del ámbito de las políticas sociales. Después de haber gestionado 6 convocatorias de subvenciones, hay que avanzar en la mejora de diferentes aspectos que regulan las bases, entre otros, la normalización de los sistemas de valoración.

Otra novedad relevante es la nueva arquitectura con que se ordenan las líneas de subvenciones que regula esta Orden de bases. En primer lugar, hay que destacar la desaparición de la antigua línea J, que financiaba servicios de la Red de Servicios Sociales de Atención Pública, y que, desde el 01/07/2023, han pasado a ser provistos por medio de concertación con las entidades acreditadas, de acuerdo con los procedimientos que establece el Decreto 69/2020, de 14 de julio Vínculo a legislación, de acreditación, concierto social y gestión delegada en la Red de Servicios Sociales de Atención Pública. En segundo lugar, se ha hecho un análisis detallado de las tipologías de los proyectos que recibían otorgamiento en las antiguas convocatorias del Departamento de Derechos Sociales y se han reformulado a fondo las líneas en que estaban estructuradas. En este análisis se ha constatado, en primer lugar, la existencia de duplicidades entre las dos convocatorias, es decir, proyectos que se han presentado y han recibido financiación en las dos convocatorias. Estas duplicidades son, claramente ineficiencias del sistema, tanto para las entidades que duplican las tareas administrativas de solicitud y justificación como para la misma Administración, que tramita dos veces y de manera separada expedientes de subvención que, de hecho, tendrían que estar unificados. En segundo lugar, también se han constatado duplicidades en las tipologías de las líneas definidas en las convocatorias ordinarias y del IRPF. Finalmente, se ha hecho un análisis clúster de los proyectos subvencionados, utilizando dos ejes de clasificación: tipología de proyecto y colectivo destinatario.

Este análisis nos ha permitido redefinir el catálogo de líneas de subvención, agrupándolas en 4 grandes tipologías: subvenciones de proyectos experimentales de atención a personas en el ámbito social; subvenciones de inversión para la construcción, la remodelación y el equipamiento de establecimientos de servicios incluidos en la Red de Servicios Sociales de Atención Pública; subvenciones de promoción de actividades y proyectos ordinarios de entidades sociales, y subvenciones de promoción de los servicios asociativos prestados por entidades federativas de segundo y tercer orden.

Esta Orden contiene todas las bases, generales y específicas, de las diferentes líneas del Departamento de Derechos Sociales dirigidas a las entidades de servicios sociales y otros en materia de familia; promoción de las personas mayores; personas con dependencia o discapacidad, accesibilidad; personas con problemáticas sociales derivadas de enfermedad mental, adicciones, VIH-sida u otras enfermedades; infancia y adolescencia; familias y personas en situación de exclusión social; accesibilidad; asociacionismo, voluntariado, acción comunitaria y atención en el pueblo gitano, y juventud y educación en el ocio. Se mantiene, por lo tanto, la separación entre las bases generales y las específicas de vigencia indefinida, por un lado, y las convocatorias que deriven, del otro.

Las bases generales ordenan y unifican el procedimiento general de gestión de las subvenciones y las bases específicas concretan, sobre todo, las reglas objetivas de valoración de cada línea.

La convocatoria ordinaria determina, fundamentalmente, el inicio y el periodo de gestión de las acciones subvencionables y concreta la partida presupuestaria disponible, de acuerdo con la Ley de presupuestos anual, dentro del ámbito competencial del Departamento de Derechos Sociales.

La Orden consta de un único artículo que aprueba las bases generales, que figuran en el anexo 1; las bases específicas, que figuran en los anexos 2, 3, 4 y 5.

Mediante el anexo 6 se indican los principios éticos y las reglas de conducta a los cuales las personas beneficiarias de subvenciones o ayudas deben adecuar la actividad, de acuerdo con el artículo 55.2 Vínculo a legislación de la Ley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y bueno gobierno.

Atendido que la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, general de subvenciones, establece al artículo 8 que los órganos de las administraciones públicas o cualquier ente que propongan el establecimiento de subvenciones deben concretar, en un plan estratégico de subvenciones, los objetivos y los efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para alcanzarlos, los costes previsibles y las fuentes de financiación, que se deben supeditar en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria;

Visto que el objetivo del Plan estratégico de subvenciones es adecuar las necesidades públicas que se deben cubrir a través de ayudas públicas a las previsiones de los recursos disponibles mediante la implementación de políticas públicas eficaces y eficientes y que, por lo tanto, es un instrumento de planificación, gestión y control, el cual se vuelve útil tanto desde el punto de vista de los operadores públicos como desde la perspectiva de la restitución de cuentas a la ciudadanía;

Visto que el 7 de abril de 2022, por resolución de la consejera de Derechos Sociales, se aprobó el Plan estratégico de subvenciones 2022-2025 del Departamento de Derechos Sociales, con la previsión de las ayudas públicas a conceder en el ámbito de sus competencias, el cual incluye las ayudas y las subvenciones de sus órganos, así como de los organismos y otros entes públicos que forman parte de su sector público;

Visto que, desde la aprobación del Plan estratégico de subvenciones mencionado, el Departamento de Derechos Sociales ha impulsado varias ayudas y subvenciones que no estaban incluidos en este Plan para poder atender necesidades no concretadas anteriormente -como la convocatoria que regula estas bases y que se vincula con el Plan de Gobierno de la XIV Legislatura- estableciendo el objetivo departamental de fortalecer el sistema de servicios sociales y de ampliar las políticas dirigidas a las personas y familias en situación de mayor vulnerabilidad para reducir la pobreza, especialmente la infantil, la exclusión social y las desigualdades, y el objetivo estratégico de garantizar los derechos básicos de las personas y las familias en situación de mayor vulnerabilidad para reducir la pobreza y el riesgo de exclusión social;

Teniendo en cuenta que, de acuerdo con los principios de simplificación administrativa y de eficacia y eficiencia de la actuación pública, se ha decidido integrar en una sola Orden de bases la regulación de la antigua convocatoria ordinaria de subvenciones a proyectos y entidades y la antigua convocatoria financiada con los fondos del IRPF, y también se ha decidido integrar nuevas líneas de subvención para evitar la proliferación de convocatorias extraordinarias de subvenciones;

Visto lo que prevé el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre Vínculo a legislación ; los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, general de subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación ;

Visto el informe del Consejo General de Servicios Sociales de 2023, de 23 de noviembre de 2023, y en uso de las atribuciones que me confieren la legislación vigente y, en concreto, el artículo 92.3 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre Vínculo a legislación ;

Ordeno:

Artículo único

Se aprueban las bases generales y las específicas para cada línea que deben regir la convocatoria ordinaria de subvenciones a proyectos experimentales de atención a personas, a proyectos de inversión, de fomento de actividades y de apoyo federativo en el ámbito de las políticas sociales del Departamento de Derechos Sociales, que se engloban en las tipologías siguientes:

- Proyectos experimentales de atención a personas en el ámbito social (anexo 2)

- Proyectos de inversión de construcción, de remodelación o de equipamiento de establecimientos de servicios sociales incluidos en la Red de Servicios Sociales de Atención Pública, en la Red Catalana de Instalaciones Juveniles o en la Red de Puntos Òmnia (anexo 3)

- Promoción de actividades y de proyectos ordinarios de entidades sociales (anexo 4)

- Promoción de los servicios prestados por entidades federativas de segundo y tercero orden (anexo 5)

Anexo 1. Bases generales, aplicables a todos los programas y subvenciones

Anexo 2. Subvención a proyectos experimentales de atención a personas en el ámbito social, con las líneas que se indican a continuación:

Grupo 1.1. Gestión de proyectos experimentales en pisos.

- 1.1.1. Gestión de proyectos experimentales en pisos. Pisos de apoyo especializado a personas sin hogar a causa de varias situaciones de vulnerabilidad social, con especial atención en las que presentan problemáticas añadidas de salud mental, de adicciones o con VIH-sida.

- 1.1.2. Gestión de proyectos experimentales en pisos. Pisos de apoyo experimentales para personas en situación de dependencia o personas con discapacidad o personas con problemática social derivada de enfermedad mental. 1.1.3. Gestión de proyectos experimentales en pisos. Viviendas asistidas para personas y familias en exclusión social o con problemáticas que derivan en exclusión social.

Grupo 1.2. Gestión de proyectos experimentales residenciales.

- 1.2.1. Gestión de proyectos experimentales residenciales. Proyecto de apoyo a personas y familias en situación de exclusión social.

- 1.2.2. Gestión de proyectos experimentales residenciales. Proyectos experimentales de respiro para familiares de personas con discapacidad, personas con enfermedades o personas en situaciones de adicción.

- 1.2.3. Gestión de proyectos experimentales residenciales. Proyectos experimentales de apoyo a personas en situación de dependencia, personas con discapacidad o personas con problemática social derivada de enfermedad mental.

- 1.2.4. Gestión de proyectos experimentales residenciales. Alojamiento temporal para personas en situación de sin hogar.

Grupo 1.3. Proyectos experimentales de accesibilidad.

- 1.3.1. Proyectos experimentales de accesibilidad. Recursos de apoyo técnico de asesoramiento en accesibilidad, productos y sistemas.

- 1.3.2. Proyectos experimentales de accesibilidad. Recursos de apoyo técnico con préstamo de productos de apoyo.

Grupo 1.4. Proyectos experimentales de atención domiciliaria.

- 1.4.1 Proyectos experimentales de atención domiciliaria. Atención en el hogar para personas mayores en situación de dependencia, personas con discapacidad o personas con problemáticas de salud.

Grupo 1.5. Proyectos experimentales de intervención socioeducativa para niños y adolescentes en situación de riesgo leve o moderado.

- 1.5.1. Proyectos de intervención socioeducativa para niños y adolescentes en situación de riesgo leve o moderado. Proyectos de apoyo a las familias con niños de 0 a 3 años en situación de riesgo. (SIS 0 a 3 años).

- 1.5.2. Proyectos de intervención socioeducativa para niños y adolescentes en situación de riesgo leve o moderado. Proyectos de apoyo a la atención diurna en centro abierto. (SIS atención diurna).

- 1.5.3. Proyectos de intervención socioeducativa para niños y adolescentes en situación de riesgo leve o moderado. Proyectos de apoyo a familias con niños y adolescentes en situación de riesgo leve o moderado. (SIS familias).

- 1.5.4. Proyectos de intervención socioeducativa para niños y adolescentes en situación de riesgo leve o moderado. Proyectos de acompañamiento socioeducativo para adolescentes en riesgo leve o moderado. (SIS adolescentes).

Grupo 1.6. Proyectos experimentales de atención diurna.

- 1.6.1. Proyectos experimentales de atención diurna. Atención diurna para personas en situación de dependencia, personas con discapacidad y sus familias.

- 1.6.2. Proyectos experimentales de atención diurna. Atención diurna para personas en situación o en riesgo de exclusión social (personas sin hogar, personas en situación de pobreza que presenten problemas añadidos de salud mental, de conducta adictiva y/o con VIH-sida).

Grupo 1.7. Proyectos experimentales de orientación e inserción sociolaboral.

- 1.7.1. Proyectos experimentales de orientación e inserción sociolaboral. Orientación e inserción sociolaboral para adolescentes y jóvenes tutelados y extutelados.

- 1.7.2. Proyectos experimentales de orientación e inserción sociolaboral. Orientación, inserción social y empoderamiento de la persona en situación o en riesgo de exclusión social: personas sin hogar, en situación de pobreza o con trastorno de salud mental.

- 1.7.3. Proyectos experimentales de orientación e inserción sociolaboral. Orientación e inserción sociolaboral para personas con discapacidad.

Grupo 1.8. Acompañamiento.

- 1.8.1. Acompañamiento. Acompañamiento socioeducativo de niños y adolescentes en situación de riesgo social leve o moderado.

- 1.8.2. Acompañamiento. Personas en situación o riesgo de exclusión social.

- 1.8.3. Acompañamiento. Personas en situación de sinhogarismo.

- 1.8.4. Acompañamiento. Adolescentes y jóvenes tutelados y extutelados.

- 1.8.5. Acompañamiento. Personas con problemáticas de salud mental.

- 1.8.6. Acompañamiento. Acompañamiento a la vida autónoma para personas con conducta adictiva.

- 1.8.7. Acompañamiento. Personas mayores en situación de dependencia.

- 1.8.8. Acompañamiento. Personas con discapacidad intelectual.

- 1.8.9. Acompañamiento. Personas con discapacidad física.

- 1.8.10. Acompañamiento. Personas con discapacidad sensorial.

- 1.8.11. Acompañamiento. Personas con problemáticas relacionadas con la salud.

- 1.8.12. Acompañamiento. Acompañamiento a la vida autónoma para personas afectadas de VIH-sida.

- 1.8.13. Acompañamiento. Proyecto experimental de asistencia personal para niños, adolescentes y jóvenes con trastorno del espectro autista (TEA) y/o discapacidad intelectual.

Grupo 1.9. Proyectos experimentales de atención terapéutica.

- 1.9.1. Proyectos experimentales de atención terapéutica. Personas mayores en situación de dependencia.

- 1.9.2. Proyectos experimentales de atención terapéutica. Personas con discapacidad y personas con problemáticas de salud.

- 1.9.3. Proyectos experimentales de atención terapéutica. Atención a víctimas de maltrato infantil.

Grupo 1.10. Proyectos experimentales de acompañamiento a las familias.

- 1.10.1. Proyectos experimentales de acompañamiento a las familias. Apoyo a las familias con niños de 0 a 3 años.

- 1.10.2. Proyectos experimentales de acompañamiento a las familias. Servicios a las familias con necesidades específicas (SAFE).

- 1.10.3. Proyectos experimentales de acompañamiento a las familias. Servicios de orientación y acompañamiento a las familias (SOAF).

- 1.10.4. Proyectos experimentales de acompañamiento a las familias. Apoyo a personas cuidadoras del entorno familiar de personas en situación de dependencia, con problemáticas de salud graves o con discapacidad.

Grupo 1.11. Proyectos experimentales de atención grupal.

- 1.11.1. Proyectos experimentales de atención grupal. Apoyo a personas cuidadoras del entorno familiar, personas en situación de dependencia o personas con discapacidad.

Grupo 1.12. Proyectos experimentales de atención a necesidades básicas.

- 1.12.1. Proyectos experimentales de atención a necesidades básicas. Sistemas de acceso a alimentos elaborados en establecimientos específicos.

- 1.12.2. Proyectos experimentales de atención a necesidades básicas. Alimentos y prestación de asistencia material básica con tarjetas electrónicas.

- 1.12.3. Proyectos experimentales de atención a necesidades básicas. Actuaciones de apoyo a la participación en igualdad de condiciones a las actividades de educación en el ocio.

Grupo 1.13. Proyectos experimentales de apoyo educativo.

- 1.13.1. Proyectos experimentales de apoyo educativo. Refuerzo educativo.

- 1.13.2. Proyectos experimentales de apoyo educativo. Monitorización para la inclusión de niños y jóvenes con discapacidad en las actividades de educación en el ocio.

Anexo 3. Subvenciones a proyectos de inversión de construcción, remodelación o equipamiento de establecimientos de servicios sociales incluidos en la Red de Servicios Sociales de Atención Pública, en la Red Catalana de Instalaciones Juveniles o en la Red de Puntos Òmnia, con las líneas que se indican a continuación:

Grupo 2.1. Inversión en equipamiento para establecimientos de servicios sociales.

- 2.1.1. Inversión en equipamientos para establecimientos de servicios sociales. Servicios para personas en situación de dependencia.

- 2.1.2. Inversión en equipamientos para establecimientos de servicios sociales. Servicios para personas con discapacidad o personas con problemática social derivada de enfermedad mental.

- 2.1.3. Inversión en equipamientos para establecimientos de servicios sociales. Atención al sinhogarismo y servicios de atención a personas en situación de exclusión social: personas sin hogar, en situación de pobreza, con trastorno de salud mental, con adicciones y con VIH-sida.

- 2.1.4. Inversión en equipamientos para establecimientos de servicios sociales. Servicios de atención a la infancia y adolescencia en situación de riesgo dependientes de la DGAIA.

Grupo 2.2. Inversión en obras de nueva implantación y obras de reforma, reparación, adecuación y mejora de establecimientos de servicios sociales con financiación en convocatorias anteriores.

- 2.2.1. Inversión en obras de nueva implantación y obras de reforma, reparación, adecuación y mejora de establecimientos de servicios sociales con financiación en convocatorias anteriores. Personas en situación de dependencia o personas con discapacidad.

- 2.2.2. Inversión en obras de nueva implantación y obras de reforma, reparación, adecuación y mejora de establecimientos de servicios sociales con financiación en convocatorias anteriores. Personas en situación o en riesgo de exclusión social: personas sin hogar, en situación de pobreza, con trastorno de salud mental, con adicciones y con VIH-sida.

Grupo 2.3. Inversión en obras de nueva implantación y obras de reforma, reparación, adecuación y mejora de establecimientos de servicios sociales sin financiación en convocatorias anteriores.

- 2.3.1. Inversión en obras de nueva implantación y obras de reforma, reparación, adecuación y mejora de establecimientos de servicios sociales sin financiación en convocatorias anteriores. Personas en situación de dependencia o personas con discapacidad.

- 2.3.2. Inversión en obras de nueva implantación y obras de reforma, reparación, adecuación y mejora de establecimientos de servicios sociales sin financiación en convocatorias anteriores. Atención al sinhogarismo y a servicios de atención a personas en situación de exclusión social, problemáticas de salud mental, adiciones o VIH-sida.

- 2.3.3. Inversión en obras de nueva implantación y obras de reforma, reparación, adecuación y mejora de establecimientos de servicios sociales sin financiación en convocatorias anteriores. Servicios de atención a la infancia y adolescencia en situación de riesgo.

- 2.3.4. Inversión en obras de nueva implantación y obras de reforma, adecuación y mejora de las instalaciones juveniles sin financiación en convocatorias anteriores. Servicios de ocio infantil y juvenil.

- 2.3.5. Inversión en obras de nueva implantación y obras de reforma, reparación, adecuación y mejora de establecimientos de servicios sociales sin financiación en convocatorias anteriores. Equipamientos de formación especializada para el sector social.

- 2.3.6. Inversión en obras de nueva implantación y obras de reforma, reparación, adecuación y mejora de establecimientos de servicios sociales sin financiación en convocatorias anteriores. Equipamientos de acción comunitaria.

- 2.3.7. Inversión en obras de nueva implantación y obras de reforma, reparación, adecuación y mejora de establecimientos de servicios sociales sin financiación en convocatorias anteriores. Equipamientos de vivienda cooperativa en cesión de uso para personas mayores.

Grupo 2.4. Inversión en actuaciones de accesibilidad para la igualdad de oportunidades de personas con discapacidad.

- 2.4.1. Inversión en actuaciones de accesibilidad para la igualdad de oportunidades de personas con discapacidad. Actuaciones de mejora de accesibilidad física.

- 2.4.2. Inversión en actuaciones de accesibilidad para la igualdad de oportunidades de personas con discapacidad. Productos y sistemas de accesibilidad comunicativa.

Anexo 4. Subvenciones de promoción de actividades y proyectos ordinarios de entidades sociales, con las líneas que se indican a continuación:

Grupo 3.1. Actividades y programas para la accesibilidad comunicativa.

- 3.1.1. Actividades y programas para la accesibilidad comunicativa. Apoyo a la accesibilidad comunicativa.

Grupo 3.2. Actividades y proyectos de formación.

- 3.2.1 Actividades y proyectos de formación. Voluntariado.

- 3.2.2. Actividades y proyectos de formación. Prevención del maltrato infantil.

Grupo 3.3. Actividades y programas de acompañamiento.

- 3.3.1. Actividades y programas de acompañamiento. Mentoría social.

- 3.3.2. Actividades y programas de acompañamiento. Personas en situación de dependencia, personas con discapacidad, personas con problemáticas de salud y sus cuidadoras y familiares.

- 3.3.3. Actividades y programas de acompañamiento. Prevención contra la soledad y el maltrato.

- 3.3.4. Actividades y programas de acompañamiento. Apoyo a las personas con problemáticas de salud mental en su entorno.

Grupo 3.4. Actividades y proyectos de apoyo a la atención grupal.

- 3.4.1. Actividades y proyectos de apoyo a la atención grupal. Personas cuidadoras del entorno familiar de personas en situación de dependencia, personas con discapacidad, personas con problemática social derivada de enfermedad mental y personas con problemática de salud.

- 3.4.2. Actividades y proyectos de apoyo a la atención grupal. Actividades de apoyo a las familias con niños de 0 a 3 años.

Grupo 3.5. Actividades y proyectos de atención de necesidades básicas.

- 3.5.1. Actividades y proyectos de atención de necesidades básicas. Acceso a la alimentación y prestación de material básico.

- 3.5.2. Actividades y proyectos de atención de necesidades básicas. Atención de necesidades no vinculadas a la alimentación.

- 3.5.3. Actividades y proyectos de atención de necesidades básicas. Acciones de acompañamiento vinculadas a la garantía de la alimentación y a la sensibilización contra el despilfarro alimentario.

Grupo 3.6. Actividades y proyectos de educación en el ocio.

- 3.6.1. Actividades y proyectos de educación en el ocio. Actividades de entidades no federadas.

- 3.6.2. Actividades y proyectos de educación en el ocio. Actividades de entidades federadas.

- 3.6.3. Actividades y proyectos de educación en el ocio. Proyectos de campos de trabajo.

Grupo 3.7. Actividades de ocio inclusivo.

- 3.7.1 Actividades y proyectos de ocio inclusivo. Personas adultas con discapacidad.

Grupo 3.8. Actividades y proyectos de apoyo a entidades, profesionales y personas voluntarias.

- 3.8.1. Actividades y proyectos de apoyo a entidades, profesionales y personas voluntarias. Apoyo a la innovación y transferencia de conocimiento a entidades, profesionales y personas voluntarias de la intervención y de la acción social.

- 3.8.2 Actividades y proyectos de apoyo a entidades, profesionales y personas voluntarias. Fortalecimiento del asociacionismo.

- 3.8.3. Actividades y proyectos de apoyo a entidades, profesionales y personas voluntarias. Promoción y fomento del voluntariado.

Grupo 3.9. Actividades y proyectos de acción comunitaria.

- 3.9.1. Actividades y proyectos de acción comunitaria. Fomento del asociacionismo vecinal.

- 3.9.2. Actividades y proyectos de acción comunitaria. Fomento de la participación social y del envejecimiento activo.

- 3.9.3. Actividades y proyectos de acción comunitaria. Intervención comunitaria para luchar contra la exclusión social.

Grupo 3.10. Actividades y proyectos de entidades juveniles.

- 3.10.1 Actividades y proyectos de entidades juveniles. Promoción de actividades juveniles.

Grupo 3.11. Actividades y proyectos de apoyo al pueblo gitano.

- 3.11.1. Actividades y proyectos de apoyo al pueblo gitano. Orientación e inserción laboral, impulso del emprendimiento.

- 3.11.2. Actividades y proyectos de apoyo al pueblo gitano. Apoyo a la educación y la formación en todas las etapas; apoyo a los proyectos de educación en valores y en el ocio.

- 3.11.3. Actividades y proyectos de apoyo al pueblo gitano. Apoyo a la actividad asociativa y a los proyectos de conocimiento y reconocimiento del pueblo gitano.

Grupo 3.12. Actividades y proyectos de carácter singular.

- 3.12.1. Actividades y proyectos de carácter singular. Actividades singulares en el ámbito de los servicios sociales.

- 3.12.2. Actividades y proyectos de carácter singular. Actividades singulares en el ámbito de la atención en la dependencia y la discapacidad.

- 3.12.3. Actividades y proyectos de carácter singular. Actividades singulares en el ámbito de la atención a la infancia y adolescencia.

Grupo 3.13. Actividades y proyectos experimentales.

- 3.13.1. Actividades y proyectos experimentales. Proyectos experimentales para la atención de personas con discapacidad física o con discapacidad intelectual con trastorno de conducta que incluyan un servicio de acompañamiento e itinerario personalizado para la desinstitucionalización de casos complejos.

- 3.13.2. Actividades y proyectos experimentales. Proyectos experimentales de atención diurna dirigidos a niños entre de 0 a 6 años con discapacidad física, intelectual o pluridiscapacidad, que den apoyo a los niños, y a sus familias.

- 3.13.3. Actividades y proyectos experimentales. Proyectos experimentales de flexibilización de los servicios de atención diurna para personas con discapacidad intelectual, que facilite alternativas a las personas atendidas, por motivos de envejecimiento o de acceso al mercado laboral o servicios comunitarios.

- 3.13.4. Actividades y proyectos experimentales. Proyectos experimentales dirigidos a personas con problemática social derivada de enfermedad mental que implican la atención en viviendas de transición de personas dadas de alta en unidades hospitalarias.

- 3.13.5. Actividades y proyectos experimentales. Proyectos experimentales de prevención de la institucionalización dirigidos a personas con riesgo de exclusión social derivados de una situación de adicción, por discapacidad psicosocial y/o por un trastorno mental.

- 3.13.6. Actividades y proyectos experimentales. Proyectos experimentales de apoyo a las familias y atención precoz a niños de 0 a 6 años con pluridiscapacidad o discapacidad con complejidad de atención.

- 3.13.7. Actividades y proyectos experimentales. Proyectos experimentales para el abordaje integral de la pobreza infantil desde los barrios (Plano piloto derivado de la Estrategia de lucha contra la pobreza infantil en Cataluña).

- 3.13.8. Actividades y proyectos experimentales. Proyectos experimentales de apoyo al transporte no adaptado para el acceso de personas con discapacidad a los servicios de la Cartera.

Anexo 5. Subvenciones de promoción de los servicios prestados por entidades federativas de segundo y tercero orden, con las líneas que se indican a continuación:

Grupo 4.1. Servicios asociativos prestados por entidades federativas sociales.

- 4.1.1. Servicios asociativos prestados por entidades federativas sociales. Apoyo a entidades federativas de segundo nivel en el ámbito de los servicios sociales, la acción social y la atención a la infancia y la adolescencia en riesgo.

- 4.1.2. Servicios asociativos prestados por entidades federativas sociales. Apoyo a entidades federativas de tercer nivel.

Grupo 4.2. Servicios asociativos prestados por entidades federativas de educación en el ocio.

- 4.2.1. Servicios asociativos prestados por entidades federativas de educación en el ocio. Proyectos de apoyo estructural para pequeñas y medias federaciones y movimientos de entidades de educación en el ocio.

- 4.2.2. Servicios asociativos prestados por entidades federativas de educación en el ocio. Proyectos de apoyo a las grandes federaciones y a los movimientos de entidades de educación en el ocio y a sus entidades miembros con actividad diaria y de fin de semana.

- 4.2.3. Servicios asociativos prestados por entidades federativas de educación en el ocio. Proyectos de apoyo a las grandes federaciones y a los movimientos de entidades de educación en el ocio y a sus entidades miembros con actividad sólo de fin de semana.

Anexo 6. Principios éticos y reglas de conducta

Se indican los principios éticos y las reglas de conducta a los cuales las personas beneficiarias de subvenciones o ayudas deben adecuar la actividad, de acuerdo con el artículo 55.2 Vínculo a legislación de la Ley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Disposición adicional

Las líneas correspondientes al anexo 2 de proyectos experimentales de atención a personas en el ámbito social sólo podrán subvencionar proyectos que se ejecuten hasta el 31/12/2026. No se convocarán para proyectos que se ejecuten a partir del 1 de enero de 2027.

Disposición derogatoria

Se derogan la Orden DSO/39/2023, de 28 de febrero, por la que se aprueban las bases que deben regir la convocatoria ordinaria de subvenciones de proyectos y actividades para entidades del ámbito de las políticas sociales del Departamento de Derechos Sociales; el Orden TSF/178/2019, de 4 de octubre, por la que se aprueban las bases que deben regir la convocatoria de subvenciones a entidades destinadas a la realización de programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas de las comunidades autónomas, del ámbito de políticas sociales del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, y la Orden TSF/224/2019, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Orden TSF/178/2019, de 4 de octubre, por la que se aprueban las bases que deben regir la convocatoria de subvenciones a entidades destinadas a la realización de programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas de las comunidades autónomas, del ámbito de políticas sociales del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.

Disposición transitoria

Las subvenciones otorgadas de acuerdo con la disposición que deroga esta Orden se seguirán rigiendo por las bases reguladoras al amparo de las cuales se otorgaron. Las líneas de subvención que se convoquen en el año 2023 con periodo de ejecución 2024 serán todas de carácter anual y se hará anticipo del 100% del importe otorgado.

El periodo de ejecución de las acciones correspondientes al apartado 4.2.4 de la línea 3.5.1 de la convocatoria publicada en 2023 estará comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.

Para las líneas de subvención que se convoquen el año 2023 con periodo de ejecución 2024 sólo se requerirá la especificidad del anexo específico correspondiente a la inscripción registral a RESES para las líneas siguientes: 1.1.2, 1.1.3 (sólo para los proyectos de atención a personas con trastornos de la conducta alimentaria), 1.2.2, 1.2.3, 1.5.2, 1.6.1, 1.7.3, 1.8.6, 1.8.12, 1.8.13, 1.12.1, 1.12.2, 3.5.1, 3.5.2, 3.13.1, 3.13.2, 3.13.3, 3.13.4 y 3.13.5.

Los proyectos subvencionados de las líneas de subvención 3.6.1, 3.6.2 y 3.10.1 de la convocatoria del año 2023 y periodo de ejecución 2024 tendrán un presupuesto mínimo de 5.000 euros.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexos

Omitidos.

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