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TSJC

El TSJC rechaza el recurso de los hosteleros contra el recorte horario en el ocio nocturno de Torrelavega

10/11/2023
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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado el recurso presentado por la Asociación Empresarial de Hostelería de Cantabria (AEHC) contra la reducción en dos horas del horario de cierre de algunos negocios del sector en Torrelavega.

SANTANDER, 7 Nov. (EUROPA PRESS) -

En su sentencia, el TSJC considera acreditada la existencia de un "problema social" (ruidos, altercados...) en una zona donde se concentran este tipo de establecimientos, razón por la que entiende que "la forma de abordar la solución al mismo no puede ser aislada sino contemplando ese efecto acumulativo", según ha podido confirmar Europa Press.

Esta reducción de horarios se está aplicando en pubs, whiskerías, discotecas y salas de fiesta y bares mixtos ubicados en la zona residencial del municipio. Lleva en vigor desde principios de año a petición del Ayuntamiento de Torrelavega y con el visto bueno del Gobierno regional.

El 10 de enero se publicó en el Boletín Oficial de Cantabria la resolución de la Consejería de Presidencia --entonces en manos del PRC-- en la que aprobaba la solicitud del Ayuntamiento.

En ese momento, los hosteleros ya recurrieron ante el TSJC la resolución y pidieron como medida cautelar dejarla sin efecto, algo que rechazó en febrero el tribunal, que ahora se pronuncia sobre el fondo en sí de la cuestión y resuelve desestimar el recurso.

En principio, la medida tenía una vigencia de seis meses pero en julio se volvió a prorrogar por otros seis, con lo que expiraría, si no hay más prorrogas, a principios de enero.

LA POSTURA DE HOSTELERÍA

Desde la Asociación de Hostelería no comparten la visión del tribunal y señalan que a los órganos de la Administración "se les dota constitucionalmente de medios y poderes suficientes para resolver los problemas sociales sin tener que tomar este tipo de medidas, consistentes en castigar a todo un sector para resolver así los problemas que causan concretos establecimientos, a los que los responsables municipales o no se atreven o no saben hacer cumplir la ley".

Para Hostelería, la actuación del Ayuntamiento es equiparable a lo que comúnmente se llama "cortar por lo sano", lo que "implica hacer pagar a justos por pecadores". Y es que, según mantiene, "más del 80% de las empresas que hay en el Boulevard Ronda Garcilaso de Torrelavega no han dado ningún problema social y sin embargo han sufrido el mismo castigo que los culpables".

En ese sentido, ha lamentado que el TSJC apruebe esa fórmula de actuar lo que, según dice, trasladado a otros ámbitos "pudiera dar lugar, por ejemplo, a que se prohíban los partidos de fútbol de rivalidad acreditada en lugar de detener y castigar a los culpables de los desórdenes".

"Por suerte para los demás, este ayuntamiento es el único organismo en la historia de España que acude a este tipo de soluciones globales para resolver problemas creados por concretos sujetos", se asevera en un informe de la Asociación de Hostelería sobre la sentencia en cuestión.

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