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Premios Valedora del Pueblo a los mejores trabajos fin de grado (TFG) y trabajos fin de máster (TFM) en materia de igualdad y derechos de las mujeres

18/10/2023
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La Valedora del Pueblo, en colaboración con la Universidad de Santiago de Compostela, la Universidad de A Coruña y la Universidad de Vigo, resuelve convocar la cuarta edición de los premios Valedora del Pueblo a los mejores trabajos fin de grado (TFG) y trabajos fin de máster (TFM) en materia de igualdad y derechos de las mujeres.

BASES

1. Objeto.

Estas bases tienen como objeto regular la concesión de los IV premios Valedora del Pueblo a los mejores trabajos fin de grado (TFG) y trabajos fin de máster (TFM) en materia de igualdad y derechos de las mujeres.

2. Requisitos.

Los trabajos deberán destacar por su elevado valor en materia de igualdad y derechos de las mujeres.

Los derechos sobre los trabajos presentados no podrán estar cedidos a terceros con carácter de exclusividad.

Los trabajos deberán haber sido leídos, defendidos o juzgados y aprobados, según proceda, ante cualquier universidad gallega durante el curso académico 2022/23.

Los trabajos serán presentados en idioma gallego o castellano. En caso de que se presentasen en idioma distinto de los anteriores, deberá adjuntarse traducción.

3. Solicitudes.

Las solicitudes se ajustarán a los modelos de instancia que figuran como anexos I y II, que estarán a disposición de las personas interesadas en la dirección electrónica de la Valedora del Pueblo (www.valedordopobo.gal), de la Universidad de Santiago de Compostela (www.usc.es), de la Universidad de A Coruña (www.udc.es) y de la Universidad de Vigo (www.uvigo.es), y en el Registro de la Valedora del Pueblo (calle del Hórreo, n.º 65, 15701 Santiago de Compostela, A Coruña), de 9.00 a 14.00 horas y de 16.30 a 19.00 horas, de lunes a viernes, y en los registros de las universidades citadas.

Con las solicitudes se presentará la siguiente documentación:

a) Trabajos fin de grado (TFG) y trabajos fin de máster (TFM) en formato papel y en formato electrónico (CD o pendrive en formato word, libreoffice o LaTeX), totalmente anonimizados (anexo I).

b) Asimismo, se adjuntará un sobre cerrado que en el exterior indique el título del trabajo y en su interior la persona autora, el departamento, la facultad y la universidad (anexo II). Este permanecerá en custodia del secretario general de la institución hasta el dictamen del jurado, momento en que se abrirá.

Las personas interesadas podrán presentar su solicitud únicamente a uno de los premios.

Las identificaciones que resulten precisas en aplicación de la normativa de registros serán custodiadas únicamente por los funcionarios responsables y permanecerán ocultas para el jurado.

4. Lugar y plazo de presentación.

Los trabajos, dirigidos a la Valedora del Pueblo, se presentarán en el Registro de la Valedora del Pueblo o en los registros de la Universidad de Santiago de Compostela, de la Universidad de A Coruña o de la Universidad de Vigo, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En el supuesto de que no se presenten en el registro de las entidades convocantes deberá enviarse, dentro del plazo de presentación, una comunicación vía correo electrónico ([email protected]), en la que se detalle el medio utilizado de presentación, evitando la identificación personal, según el modelo que consta en el anexo III.

Las solicitudes se presentarán a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y hasta el 30 de noviembre de 2023.

Las personas interesadas podrán consultar las bases de la convocatoria en el DOG y en las páginas web de la Valedora del Pueblo y de las universidades gallegas.

Si la solicitud no reúne los datos o los documentos exigidos, la persona interesada dispondrá de 10 días hábiles para corregir la falta o aportar los documentos preceptivos desde la recepción de la notificación de enmienda. En caso de que no lo hiciere, será considerada desistida de su petición.

Sin perjuicio de lo anterior, se podrá requerir a la persona solicitante para que aporte cuantos datos, documentos complementarios y aclaraciones resulten necesarios para la valoración del trabajo presentado. De no hacerlo, será considerada desistida de su petición.

Las comunicaciones se realizarán exclusivamente a través de la dirección de correo electrónico proporcionado por las personas solicitantes.

5. Jurado.

1. El jurado estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidencia: Dolores Fernández Galiño, Valedora del Pueblo.

Vocales:

- María Xosé Porteiro García, adjunta a la Valedora del Pueblo.

- María Castro Parga, responsable de la Valedora del Pueblo en materia de género.

- Antonio López Díaz, rector de la Universidad de Santiago de Compostela, o persona en quien delegue, elegida por su trayectoria profesional y personal en materia de igualdad.

- Julio Abalde Alonso, rector de la Universidad de A Coruña, o persona en quien delegue, elegida por su trayectoria profesional y personal en materia de igualdad.

- Manuel Reigosa Roger, rector de la Universidad de Vigo, o persona en quien delegue, elegida por su trayectoria profesional y personal en materia de igualdad.

Secretaría: Fernando de Andrés Alonso, secretario general de la Valedora del Pueblo.

2. Una vez constituido el jurado, se publicará la relación nominal de sus componentes en la página web de la Valedora del Pueblo.

3. De manera orientativa, el procedimiento que seguirá el jurado será:

a) Cada integrante del jurado dará a cada trabajo, según su acreditado saber, una puntuación de 0 a 2.

b) Pasarán a la siguiente fase aquellos trabajos que hayan obtenido la puntuación máxima de, por lo menos, un miembro del jurado de la Valedora y, por lo menos, un miembro del jurado en representación de las universidades.

c) De los trabajos que pasen a la segunda fase, cada miembro del jurado, según su acreditado saber, propondrá un resumen de aquellos trabajos que considere que pueden optar a su respectivo premio, exponiendo sucintamente las razones de su propuesta.

d) En la última fase, la deliberación y votación comenzará por los trabajos que hayan obtenido mayores apoyos, sucintamente expuestos entre los miembros del jurado.

4. Para lo no dispuesto en estas bases serán de aplicación las normas contenidas en el capítulo II, sección tercera, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

6. Resolución.

Una vez valorados los trabajos fin de grado (TFG) y trabajos fin de máster (TFM) presentados, el jurado emitirá la resolución en el plazo máximo de seis meses contados a partir del día de finalización del plazo de presentación.

Las decisiones se tomarán por mayoría y la presidencia del jurado tendrá voto de calidad en caso de empate.

El jurado podrá otorgar premio ex aequo en caso de empate al mejor trabajo fin de grado (TGF) o al mejor trabajo fin de máster (TFM). En este caso, se les otorgará el diploma acreditativo y se dividirá la cuantía económica fijada entre las personas premiadas en cada categoría.

En el caso de no alcanzar los apoyos necesarios los trabajos presentados, se podrá declarar alguno o todos los premios desiertos.

El dictamen del jurado será inapelable y se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en las páginas web de las entidades convocantes.

7. Aceptación de las bases y autorización a las entidades convocantes de los premios para la publicación.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación expresa de las presentes bases, así como la autorización a la Valedora del Pueblo para la publicación, por cualquier medio, de los trabajos premiados. A los efectos de su publicación, se podrá solicitar la adaptación del trabajo al habitual de las publicaciones institucionales.

8. Dotación y tramitación de los premios.

1. El jurado podrá conceder los siguientes premios:

- Premio al mejor trabajo fin de grado (TFG): 1.000 € y diploma acreditativo.

- Premio al mejor trabajo fin de máster (TFM): 1.000 € y diploma acreditativo.

2. Los premios se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 01.02.111B480.00 de la institución de la Valedora del Pueblo para 2024, quedando condicionada a la existencia de crédito en ese ejercicio.

3. El pago de los premios estará sujeto a las retenciones y al régimen fiscal que le sea de aplicación.

4. Las personas premiadas, una vez notificado el premio, deberán aportar en el plazo de 15 días, la siguiente documentación:

- Certificado académico especificando el título del trabajo, director/a del mismo, calificación obtenida y, en su caso, fecha de lectura y tribunal que la juzgó.

- Acreditación de estar al corriente en sus obligaciones con la Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social.

- Copia del certificado de cuenta bancaria de su titularidad.

- Declaración responsable sobre el régimen fiscal de las personas premiadas.

9. Revocación de los premios.

El incumplimiento de las condiciones que se hubieran tenido en cuenta para la concesión de los premios podrá dar lugar a su revocación, así como al reintegro de las cantidades percibidas.

10. Datos de carácter personal.

Las instituciones convocantes publicarán en su página web oficial las distintas fases de tramitación del procedimiento de concesión de los premios, por lo que la presentación de la solicitud lleva implícita la autorización para el tratamiento necesario de los datos de las personas presentadas y de su publicación en la página web institucional.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, se informa de que los datos personales recogidos en la solicitud de participación en la convocatoria se incorporarán a un fichero para su tratamiento, con la finalidad de la gestión de este procedimiento. Los/las solicitantes podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la ley mediante un escrito dirigido a la Valedora del Pueblo.

11. Facultades de la Valedora del Pueblo.

Se faculta a la Valedora del Pueblo a dictar las resoluciones necesarias para el adecuado desarrollo de esta convocatoria.

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