RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 5516-2023, CONTRA LOS ARTÍCULOS 8 A) Y C); 11.1 E); 15.1; 16.1 D); 18.2, 3 Y 4; 19.1 Y 3; 27.1 Y 3; 28.1; 35; DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA; DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA, PÁRRAFO 2; DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA, APARTADOS UNO, TRES Y SEIS; Y DISPOSICIÓN FINAL QUINTA DE LA LEY 12/2023, DE 24 DE MAYO, POR EL DERECHO A LA VIVIENDA.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 26 de septiembre de 2023, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5516-2023, promovido por el Consejo de Gobierno de las Illes Balears, contra los artículos 8 a) y c); 11.1 e); 15.1; 16.1 d); 18.2, 3 y 4; 19.1 y 3; 27.1 y 3; 28.1; 35; disposición adicional tercera; disposición transitoria primera, párrafo 2; disposición final primera, apartados uno, tres y seis; y disposición final quinta de la Ley 12/2023, de 24 de mayo , por el derecho a la vivienda.
Madrid, 26 de septiembre de 2023.-El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.