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Estrategia para una Minería Sostenible en Andalucía 2030

01/08/2023
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Acuerdo de 25 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Estrategia para una Minería Sostenible en Andalucía 2030 (EMSA 2030) (BOJA de 31 de julio de 2023). Texto completo.

ACUERDO DE 25 DE JULIO DE 2023, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA LA ESTRATEGIA PARA UNA MINERÍA SOSTENIBLE EN ANDALUCÍA 2030 (EMSA 2030).

Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de junio de 2021 se aprobó la formulación de la Estrategia para una Minería Sostenible en Andalucía 2030 (EMSA 2030), el cual fue modificado por el Acuerdo de 2 de mayo Vínculo a legislación de 2023.

Tanto en el Acuerdo original como en su posterior modificación, se manifiesta de manera indubitable el compromiso del Gobierno de Andalucía con el desarrollo de una minería innovadora y especialmente respetuosa con el medio ambiente, en conexión con las nuevas políticas industriales europea y andaluza. Complementariamente, la Estrategia se proyecta como una importante palanca de fomento económico, que busca la sostenibilidad del sector minero andaluz en sus vertientes ambiental, económica y social, poniendo a las personas en el centro de la política minera y buscando el mayor valor añadido en el territorio.

La visión de la misma debe ser la de refuerzo del liderazgo de la minería andaluza en el contexto europeo, consolidando una minería moderna que origine más valor económico y empleo de calidad en Andalucía mediante la generación de un mayor valor añadido en el territorio y el desarrollo de su cadena de valor, constituyéndose, por tanto, en un importante foco de atracción de inversión nacional y extranjera. Asimismo, debe abogar por la consolidación de un ecosistema de empresas auxiliares fortalecido y por una minería innovadora, eficiente, circular, de mayor eficiencia energética, electrificada y con menor huella de carbono, que disponga de las medidas de seguridad más avanzadas, más integrada en el territorio y valorada positivamente por la población por su contribución al desarrollo de la región. Con ello, esta herramienta de planificación se conceptúa como el marco de referencia para el planeamiento de un elemento clave al servicio de la transición ecológica y digital que afronta Europa.

En consecuencia, la estrategia cuya aprobación se formaliza mediante el presente Acuerdo renueva el compromiso de la Administración de la Junta de Andalucía de contar con un instrumento de planificación minera que refuerce y dé un nuevo impulso a los objetivos de sostenibilidad ambiental, económica y social de la minería andaluza y de su sector transformador. Así, la nueva estrategia minera de Andalucía define el posicionamiento del sector minero andaluz a medio y largo plazo, en un horizonte temporal que abarca hasta el año 2030, con un enfoque de “marco político orientado a la acción”, dirigido al fortalecimiento y extensión del sector minero en toda la cadena de valor, reforzando la competitividad del mismo mediante el apoyo a la internacionalización de las empresas mineras y auxiliares de la minería andaluza, impulsando la investigación de recursos minerales disponibles, fomentando proyectos de investigación, innovación y cooperación empresarial y fomentando asimismo el trabajo seguro en el sector.

Para ello, los contenidos de la estrategia se articulan sobre la base de siete bloques temáticos, a saber: diagnóstico de la situación, principios generales que habrán de regir la gobernanza de la estrategia, bases sobre las que se fundamenta, enunciación de los componentes fundamentales que determinan su desarrollo (misión, visión y objetivos), la exposición de los ejes y líneas de actuación previstos para el despliegue de los contenidos de la misma, la especificación de los instrumentos concretos de planificación que habrán de servir para su desarrollo y los principios de gobernanza.

En lo relativo al diagnóstico de la situación, se ha efectuado un exhaustivo análisis de las variables de contexto y de desempeño, tanto en el nivel agregado del sector como en los diferentes ámbitos subsectoriales. A resultas del mismo, se concluye que la minería andaluza constituye un componente relevante de la economía regional y su capacidad de aprovechar de forma sostenible sus recursos naturales hace de este sector un importante motor de crecimiento que debe servir para el mantenimiento y generación de empleo estable y de calidad. La posición rural de sus establecimientos extractivos le permite contribuir a reducir las tendencias al despoblamiento. Los municipios mineros de la Faja Pirítica y de otras comarcas mineras disfrutan de mejores condiciones socioeconómicas que otras comarcas. Desde hace unos años la evolución de la actividad minera es positiva, registrando buenas cifras en producción y generación de empleo.

Asimismo, se identifican los principales retos del conjunto de las explotaciones mineras, los cuales se centran en la resolución renovable del aprovisionamiento energético, en continuar con la reducción de la huella hídrica y los procesos de circularidad, en la impregnación de las dinámicas empresariales en el tejido Pyme, en la articulación con las empresas transformadoras y en la definición de un escenario para responder a las condiciones exigentes de futuros ciclos de demanda.

El resultado final del diagnóstico efectuado se sustancia en una matriz DAFO que aglutina los elementos transversales identificados de aplicabilidad a la totalidad del sector, así como aquellos otros de naturaleza subsectorial.

Respecto a los principios que han sido tomados en consideración para la formulación de la estrategia, son los que vienen recogidos en el ya referido Acuerdo de 1 de junio Vínculo a legislación de 2021, esto es, participación, transparencia, adaptación y resiliencia y evaluabilidad. Complementariamente, en la fase de implementación de la estrategia, los principios de eficacia, vertebración, colaboración, seguridad jurídica y sostenibilidad serán los referentes de desarrollo de las actuaciones que se acometan.

El núcleo programático del documento, orientado por las 17 bases de referencia establecidas en el mismo, está constituido por la misión, visión y objetivos. A este respecto, se establece de manera expresa que el principal objetivo de la Estrategia es el de avanzar hacia una minería competitiva y responsable, como actividad dinámica e innovadora generadora de empleo de calidad y respetuosa con el medio ambiente. En consecuencia, la minería andaluza tiene como misión servir de soporte a la generación de riqueza y empleo para la población andaluza y contribuir a un mayor desarrollo económico y territorial a través de la cadena de valor que alimenta a la industria de Andalucía, así como a la sociedad en general como consumidora de recursos minerales para su desarrollo. Este posicionamiento programático tiene una concreción específica en la enunciación de los 11 objetivos estratégicos que permitirán expresar y materializar los resultados y efectos de la Estrategia en parámetros cuantificables, verificables y evaluables.

La operativa de la planificación a medio y largo plazo de la estrategia se sustenta sobre los cuatro ejes que constituyen su núcleo central (refuerzo de las capacidades administrativas, desarrollo del conocimiento y la tecnología, impulso a la actividad sostenible e impulso social y económico de la actividad y el territorio) que se despliegan en 29 líneas de actuación específicas.

En lo concerniente al desarrollo de la estrategia, se contempla que el mismo se estructure en dos planes de actuación correspondientes a dos períodos: 2023-26 y 2027-30. En cada plan de actuación se incluirán las líneas de cada eje que se entienda necesario desarrollar en el periodo de vigencia del plan (con indicación de objetivos específicos, indicadores de realización y de resultado, unidades responsables, ámbito temporal y presupuesto asociado).

Finalmente, el capítulo dedicado a la gobernanza del instrumento contempla que el órgano directivo de rango superior en materia de minas será el responsable de definir las pautas, criterios y orientaciones para su impulso, dirección y gestión. Esta dirección, que incluirá el seguimiento y evaluación de dichos planes, se realizará en colaboración con los agentes económicos y sociales más representativos conformando el denominado Comité de Codecisión, Seguimiento y Evaluación, dentro del cual se comparte la responsabilidad de mantener activa la colaboración que ayude al desarrollo de la estrategia.

Se puede concluir, por tanto, que la Estrategia responde en el momento presente a dar eficaz respuesta a la necesidad de establecer unas directrices generales para la orientación del sector en Andalucía y las actuaciones de su Administración y, en consecuencia, que su aprobación resulta plenamente pertinente.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.12 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación, a instancias del Consejero de Industria, Energía y Minas, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 25 de julio de 2023,

ACUERDA

Primero. Aprobación.

1. Se aprueba la Estrategia para una minería sostenible en Andalucía que figura como anexo al presente acuerdo.

2. El texto de la Estrategia estará disponible en los siguientes sitios web:

https://portalandaluzdelamineria.chie.junta-andalucia.es/portalandaluzdelamineria/EMA.action

https://juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/planificacion-evaluacion-estadistica/planes.html

Segundo. Desarrollo.

Los planes de actuación que se formulen para el desarrollo de los ejes y las líneas de actuación de la Estrategia se someterán al procedimiento establecido para la evaluación de impacto en salud en los artículos 7 Vínculo a legislación a 9 Vínculo a legislación del Decreto 169/2014, de 9 de diciembre, por el que se establece el procedimiento de la Evaluación del Impacto en la Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y podrán someterse al procedimiento establecido en el artículo 36.1 Vínculo a legislación de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, de evaluación ambiental estratégica ordinaria, de planes y programas.

Tercero. Ejecución.

Se faculta a la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución del presente acuerdo, así como para realizar las modificaciones que resulten necesarias en la Estrategia que se aprueba para adaptar su ejecución a las vicisitudes que surjan durante su periodo de vigencia.

Cuarto. Efectos.

El presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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