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“Una legislación emblemática para los ciudadanos y las empresas”; por Sergio Carrasco, Abogado especializado en Derecho tecnológico

29/06/2023
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El día 29 de junio de 2023 se ha publicado, en el diario ABC, un artículo de Sergio Carrasco Mayans en el cual el autor opina que el legislador europeo parece que por fin cada vez es más consciente del gran potencial que los datos tienen para el crecimiento e innovación, y las dificultades que aparecen cuando el marco legal que establece cómo deben usarse no es claro.

“UNA LEGISLACIÓN EMBLEMÁTICA PARA LOS CIUDADANOS Y LAS EMPRESAS”

La Unión Europea ha dado un paso más en la regulación del acceso y uso de datos con las mejoras introducidas en el texto de la ‘Data Act’, una legislación emblemática que busca regular, entre otros aspectos, quién puede acceder y compartir los datos generados por máquinas y dispositivos conectados, así como avanzar en otros aspectos relacionados con el uso de estos datos. Este tema resulta aún más importante cuando tenemos en cuenta el elevado número de dispositivos conectados a internet que podemos encontrarnos en cualquier hogar, y el gran volumen de datos que estos (a veces de forma imperceptible para el usuario) terminan generando. Con la gran implantación de electrodomésticos inteligentes de todo tipo, el llamado Internet de las cosas ha movido el foco en muchas ocasiones hacia los datos recolectados, que al final son únicamente accesibles para los fabricantes y prestadores, teniendo el usuario únicamente acceso a parte de la información que puedan dar estos a través de sus respectivas aplicaciones.

El legislador europeo parece que por fin cada vez es más consciente del gran potencial que los datos tienen para el crecimiento e innovación, y las dificultades que aparecen cuando el marco legal que establece cómo deben usarse no es claro. Si queremos que el marco tecnológico europeo se desarrolle aprovechando este enorme potencial, aún sin explotar al máximo en Europa, y al mismo tiempo otorgar una serie de derechos a los consumidores respecto a los datos que generan, está claro que necesitamos avanzar e ir más allá de las normas de protección de datos que ya tenemos, como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de 2016. Por un lado, debemos facilitar el acceso a los datos por parte de los consumidores, permitiendo que se realice de manera gratuita y en tiempo real para permitir un mayor control. Pero, además, se debe impedir que se establezcan barreras artificiales entre distintos proveedores, lo que ha llevado a imponer una serie de obligaciones para facilitar la comunicación de dichos datos, así como el desarrollo de estándares de interoperabilidad entre diferentes sectores. Por otro, el acuerdo concede a entidades del sector público, a la Comisión, al Banco Central Europeo y a las instituciones de la Unión el permiso para acceder y utilizar los datos mantenidos por el sector privado cuando sea esencial en situaciones excepcionales, como emergencias públicas, o para llevar a cabo una misión de interés público. Está claro que algunas de las previsiones son complejas, y algunas ya han generado críticas por parte de proveedores de servicios en particular respecto a las dificultades a la hora de compartir datos, plazos para ello, o la posible relación de estos con información comercial sensible, o la posibilidad de que a través de estas actividades al final aparezcan tecnologías imitadores que se aprovechen de la información a que se tenga acceso, pero la mera existencia de retos no debe verse como algo insuperable para no aprobar una norma de este calado.

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