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La AN acuerda extraditar a EEUU al británico que presuntamente participó en la estafa de los coworking 'Bar Works'

28/06/2023
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La Audiencia Nacional ha acordado dar luz verde a la extradición a EEUU del británico que presuntamente participó en la estafa piramidal de 'Bar Works', que engañaba a inversores con el cebo de la compra de espacios de trabajo compartido --coworking--. Entiende que el país norteamericano está en mejor posición para juzgar el caso que España.

MADRID, 28 (EUROPA PRESS)

En un auto de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal, al que ha tenido acceso Europa Press, se explica la operativa que llevaban a cabo los investigados, incluido David Andrew Kennedy, y explica que el ardid del método 'ponzi' funcionó desde aproximadamente septiembre de 2015 y hasta junio de 2017, y atrapó a más de 800 víctimas en todo el mundo que invirtieron más de 57 millones de dólares en espacios de coworking que garantizaban una rentabilidad anual de aproximadamente el 14 o 16%.

Tal y como recoge el auto, el supuesto modelo de negocio convertía bares de EEUU en centros de coworking, aunque en realidad atraía a poco público que estuviera dispuesto a pagar por ese servicio.

Añade que normalmente se llamaba a los inversores en frío o se les enviaba un correo electrónico a través de enormes redes de agentes. Esas redes operaban con comisiones del 30% o más, y ofrecían una participación en el arrendamiento de uno o más espacios de coworking que serían subarrendados a Bar Works para que los utilizara en el negocio.

En el caso de Kennedy --que permanece en prisión provisional desde su detención--, y según explicaba en su informe el Ministerio Fiscal, colaboró en la estafa desde España y logró engañar presuntamente a unos 100 inversores con la venta por Internet de esos espacios de trabajo de la compañía que se ubicaba en Delaware (EEUU) y cuyo propietario y controlador principal era Renwicck Haddow.

ESTAFA Y ORGANIZACIÓN CRIMINAL

Ahora, tras examinar el caso, la Audiencia Nacional señala que no solo EEUU "está en mejor situación que España para conocer de los hechos de la extradición", sino que además el delito de estafa y el de organización criminal --por los que se le persigue-- también se habrían cometido en EEUU. Suma a esto que "hay constancia de la inexistenciade proceso penal en España por los mismos hechos".

Y añade que según la información complementaria facilitada por EEUU "llegó dinero a cuentas de Bar Works procedente de inversionistas que habían contactado con el reclamado, es decir, que producto de estas gestiones del reclamado con ciertos inversionistas --gestiones presuntamente constitutivas de delito de estafa--, éstos hicieron llegar dinero a cuentas de Bar Works, cuentas abiertas en EEUU".

Tras esto, la Sección Tercera, ponencia de José Pedro Vázquez, considera que se cumplen los presupuestos documentales recogidos en el Tratado de Extradición España-EEUU porque hay "datos bastantes para la identificación de la persona reclamada"; declaración suficientemente detallada sobre los hechos del caso; y declaración de que la acción penal o la pena "no han prescrito según la legislación del estado requirente".

DOBLE INCRIMINACIÓN

Por otro lado, como en toda extradición, el tribunal examina si concurre la doble incriminación, que existe el delito por el que se le persigue en el país que ha de proceder a la extradición. Y subraya que el delito de conspiración de EEUU es equivalente al de pertenencia a organización criminal o grupo criminal.

El tribunal no considera procedente dar opción a Reino Unido para pronunciarse sobre esta extradición --el detenido es de esa nacionalidad--, "porque los ciudadanos británicos, desde la salida de la Unión Europea (UE) de ese estado (...) no tienen derecho a la libre circulación en los estados miembros".

Y añade que las autoridades británicas no cuentan con antecedentes para abrir un proceso penal y que España no tiene prohibición de entrega de nacionales en extradición.

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