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Injusta condena; por Javier Gómez de Liaño, abogado

12/06/2023
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El día 12 de junio de 2023 se ha publicado, en el diario ABC, un artículo de Javier Gómez de Liaño en el cual el autor opina que está demostrado que la causa más común y profunda de las sentencias erróneas es la funesta propensión de algunos tribunales -legos o profesionales- a contentarse con la verosimilitud en lugar de exigir la certeza.

INJUSTA CONDENA

“Es cien veces más angustioso encarcelar a un inocente que dejar en libertad a uno que no lo es. Y que nadie se lamente de dudar. La duda reina de modo necesario, nos advierte el clásico. Los locos y los fanáticos son los únicos que tienen el privilegio de no abrigar duda alguna”

Se trata de glosar un suceso judicial, mitad tragedia, mitad farsa, para reflexión de juristas y no juristas, pues, a fin de cuentas, es una locura más del fiel de la balanza de la Justicia. Según las crónicas, Kathleen Folbigg, de 56 años, fue condenada en 2003 por un jurado popular a la pena de 40 años de prisión por las muertes de sus cuatro hijos, que tenían entre nueve semanas y tres años. Ahora, hace unos días, tras 20 años de cumplimiento en la prisión de máxima seguridad de Silverwater, situada en Coffs Harbur, al norte de Sidney, donde permanecía en régimen de aislamiento, Kathleen Folbigg ha sido puesta en libertad al ser indultada a instancias del fiscal general del Estado de Nueva Gales. Según las evidencias médicas obtenidas y defendidas por un equipo de científicos internacionales dirigido por la inmunóloga española Carola García de Vinuesa, se da por hecho que las cuatro criaturas fallecieron por una mutación genética conocida como Calm2-G114R, que causa la muerte súbita en niños y produce arritmias letales. Michael Daley, que así se llama el fiscal promotor del derecho de gracia otorgado a Kathleen Folbigg, ha declarado que el caso ha podido ser uno de los mayores errores judiciales en la historia de Australia y que, en aras a la Justicia, Kathleen debía ser liberada de inmediato. Antes, apenas pronunciada la sentencia condenatoria, algunos amigos y allegados de Kathleen Folbigg, convencidos todos de su inocencia, empezando por el juez jubilado Tom Bathurst, han acompañado a Folbigg en su viacrucis judicial, cosa que no es de extrañar, pues el ser humano, con su apasionado sentido de justicia, muestra siempre una viva desazón si está convencido de que se ha condenado a un inocente. Recuérdese a Montaigne cuando en sus ‘Ensayos’ califica los errores judiciales de “condenas más criminales que el crimen mismo”.

No sé si el caso de Kathleen Folbigg daría para una película o una serie de televisión y a la memoria me viene aquél que se llevó al cine con el título de ‘Call Northside 777’ y que cuenta la historia de aquella madre heroica de Chicago que en 1944 luchó hasta la extenuación y se gastó todos sus ahorros para demostrar la inocencia de su hijo condenado por un asesinato en el que no intervino, pero lo que sí creo es que el proceso judicial sufrido por la desdichada Folbigg merecería figurar en los archivos del Centro sobre Condenas Erróneas de la Universidad de Northwestern, dedicado a lo que se denomina ‘justismord’, cuya traducción sería ‘crímenes de la Justicia’. En sus ficheros están desde el caso Dreyfuss hasta los de los Seis de Birmingham y los Cuatro de Guildford, pasando por nuestro célebre Crimen de Cuenca. De todos ellos, si hay una conclusión definitiva y firme a deducir esa es que a la Justicia hay que repetirle constantemente cuán expuesta se halla al error.

Está demostrado que la causa más común y profunda de las sentencias erróneas es la funesta propensión de algunos tribunales -legos o profesionales- a contentarse con la verosimilitud en lugar de exigir la certeza. A la certeza se llega, precisamente, a través de la prueba. La prueba constituye la expresión de su certidumbre. Hay quienes sostienen que el concepto jurídico de prueba consiste en un alto grado de probabilidad y que la prueba en el ámbito del Derecho Penal no equivale a realidad sino a probabilidad o apariencia fundada de verdad, lo cual me parece una laxitud lógica y ética. Es más. Si la pregunta se plantea entre gente del gremio de jueces, fiscales, abogados y juristas en general, no es raro oír que el juez, lo mismo que el médico, opera con probabilidades y que al igual que éste puede fallar en el diagnóstico, el juez puede errar en la sentencia, tesis que cabría rebatir con las irritadas palabras de Voltaire cuando pregunta “pero, ¿cómo? ¿se exige una prueba rigurosa para la afirmación de que la superficie de una esfera es igual al cuádruplo de la superficie del círculo en torno de su punto central, y no ha de requerirse que sea rigurosa la prueba para privar de la libertad a un ciudadano acusado de un delito?”.

Es cierto que delimitar los conceptos de alta probabilidad, certeza semiplena y seguridad absoluta no es tarea fácil, como a veces y por las circunstancias que rodean a los hechos, tampoco lo es obtener una prueba irrefutable. En tales supuestos, la impunidad se impone. Téngase en cuenta que el rigor de la prueba viene determinado por la responsabilidad moral que la decisión encierra. Todo es preferible antes que el error. La posibilidad de condenar a un inocente debe sobrecoger la conciencia del juez. La tesis de que si para condenar se necesitara la certeza, entonces la administración de justicia sería imposible, me parece pavorosa. La pena sólo se justifica si del juicio oral resulta incontrovertible que el acusado es culpable. En la legislación imperial se encarecía a los jueces que sólo condenasen sobre la base de pruebas indubitables y más claras que la luz. O sea, lo que Agustín de Hipona (354 d.C-430 d.C), también conocido como san Agustín, sermoneó a un juez con esta admonición: “Todos o casi todos los humanos gustamos de llamar certezas a lo que no son más que suposiciones”. No tengo datos precisos del número de errores judiciales como el sucedido en el proceso de Kathlenn Folbigg. Incluso me parece muy arriesgado hacer una estadística anual. Sin embargo, pensemos en que sólo cuando el juez está convencido de la culpabilidad del acusado, pronuncia la condena y que, en el supuesto contrario, es decir, si de lo que está persuadido es de su inocencia, la proclama. Pero, ¿y si duda? En tal supuesto, incluso por leve que sea, la duda tiene que beneficiar al acusado y determinar su absolución. Con la aplicación de este principio, los jueces evitarían de manera absoluta el error judicial. El crimen impune no afecta a la seguridad jurídica. Sin embargo, sí la vulnera el castigo del inocente. Es cien veces más angustioso encarcelar a un inocente que dejar en libertad a uno que no lo es. Y que nadie se lamente de dudar. La duda reina de modo necesario, nos advierte el clásico. Los locos y los fanáticos son los únicos que tienen el privilegio de no abrigar duda alguna.

Nadie es más que nadie para juzgar a nadie -”no juzgues si no quieres ser juzgado”, se lee en el Talmud-, ni nadie, tampoco, nos asegura que la justicia será justa. Las sentencias erróneas no son del todo inevitables. Éste, además, no es un problema ni del jurado, sea puro, mixto o escabinado, ni de los jueces de carrera, sean brillantes o torpes, sino de lo difícil que es acertar cuando juzgas conductas humanas. Los buenos jueces saben cuán expuesta al error se halla la Justicia. En la otra orilla, quienes ante el desatino judicial se resignan, lo que están haciendo es renunciar al sentido de justicia. Si se necesitara fortalecer el rechazo a las condenas injustas, quizá fuera saludable pensar que cualquiera podría estar sentado en el banquillo de los presuntos culpables.

A media tarde del pasado 5 de junio, Kathleen Folbigg, declarada públicamente como la peor asesina en serie de Australia y a quien el alias de ‘La Ajusticiada’ le vendría como anillo al dedo, llegaba a la granja de Tracy Chapman, su gran amiga de la infancia, que jamás dejó de creer en ella. Después de un largo y apretado abrazo, Kathleen se enfrentó a la libertad y tomando aire, con una admirable compostura, dijo: “Durante los años que he estado en prisión, siempre he pensado en mis hijos, siempre lloraré por ellos, siempre los echaré de menos y siempre los querré enormemente. No obstante, me siento extremadamente aliviada. Estoy eufórica. Mi caso es una victoria de la verdad”.

Y tanto. Ahora, después del indulto, lo que resta es, mediante el oportuno recurso de revisión, lograr un pronunciamiento judicial que reconozca que la sentencia que condenó a Kathleen Folbigg, aunque sea firme, fue errónea y que las dos décadas que injustamente pasó en la cárcel merecen ser generosamente indemnizadas.

Comentarios - 1 Escribir comentario

#1

Es atroz lo que se cuentay el rechazo es unánime: La la libertad es el mayor bien de los hombres, amigo Sancho.

Pero.... aun siendo incomparablemente menor el daño individual¿qué pasa con todas las sentencias igualmente erróneas porque ,no reconocieron el valor de las pruebas indubitables o las que se producen porque se negó el testimonio de determinados testigos que "a juicio de S: Sª" eran innecesarios cuando eran claves?

Pero el triunfo de la injusticia del que atropella nuestros derechos , unu no nos prive de la libertad, es moneda común, y no solo calderilla; últimamente se reparte en billetes ly estamos corriendo el riesgo de que los jueces tengan "tarjetas black" ¡y les sigamos pagando por ello!

Como a los del TC que inadmiitieron un recuerso de amparo diciendo que "la violacion del art. 14 no tiene intrés constitucional".
Y se nego a recurrir la representante del MF, unica que podía recurrir, ¿seguimos bajo tutela judicia inefectiva aun siendo mayores de edad?

Dijo; "no hay que tomarse al pie de la letra lo que dice la CE78"
¿En manos de quien estamos? Asi es como la corrupción gana terreno; con ella regresa el totalitarismo.

Escrito el 13/06/2023 10:25:35 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

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