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La AN manda al banquillo a 17 investigados por la pieza 'Infraestructures' del caso '3 per cent' en Cataluña

13/01/2023
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El magistrado de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado la apertura de juicio oral para 17 imputados --entre los que hay ex altos cargos de la Generalitat-- en la pieza separada del caso '3 per cent' denominada 'Infraestructures', en la que se ha investigado una organización criminal que buscaba quedarse con contratos públicos de la empresa Gestió D'Infraestructures de la Generalitat de Cataluña.

MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

El auto de apertura de juicio oral, recogido por Europa Press, designa como órgano competente para el enjuiciamiento de esta pieza a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y da un plazo de tres meses a las defensas para presentar su escrito de conformidad o disconformidad con el escrito de acusación de la Fiscalía Anticorrupción.

Así, la resolución recoge el escrito de acusación del Ministerio Público en el que se acusa a los investigados de delitos de organización criminal, fraude a las administraciones públicas, y de un delito continuado de prevaricación.

En ese escrito del fiscal José Grinda, al que tuvo acceso Europa Press, se interesaba la condena de estas 17 personas a penas que oscilaban de los 8 años y 9 meses a los 6 años y 3 meses de prisión por su presunta participación en ese amaño de adjudicaciones entre 2008 y 2015.

QUER Y ROSELL, CONSIDERADOS LÍDERES

Grinda solicita las penas más altas para los que considera líderes de la organización criminal: el expresidente y el exdirector general de la empresa pública de la Generalitat Gestió d'Infraestructures, S. A. U. (GISA) Josep Lluis Quer y Josep Antoni Rosell.

El cartel colusorio --cuando empresas del mismo sector se reparten el mercado e impiden el acceso de nuevos competidores-- denominado 'Nuria Bofill', que es el que se ha sometido a investigación, habría pretendido y conseguido repartirse y fijar los precios, de forma indirecta, en las licitaciones públicas de ciertos organismos públicos de Cataluña.

Lo hacía mediante el establecimiento o concierto de precios idénticos o muy similares con el objetivo de anular la competencia de los no integrantes del pacto. Así quedaba reflejado, además, en el auto de pase a procedimiento abreviado dictado por el juez José de la Mata --anterior magistrado del Juzgado Central de Instrucción número 5-- en julio de 2020.

El concierto llevado a cabo por estas mercantiles para pactar el precio de las licitaciones habría conllevado la alteración de las cuantías desembolsadas por la Administración Pública por los proyectos de obra pública ofertados en los que las referidas empresas se presentaban, con el consiguiente perjuicio para las arcas públicas, según De la Mata.

Los integrantes de este pacto colusorio, indicaba el anterior instructor de la causa, llegaron a pactar las normas o directrices a seguir cuando optasen a licitaciones de ciertas Administraciones, con el objetivo de evitar la libre competencia y así obtener un contrato más beneficioso que aquél que habrían obtenido en condiciones de igualdad, es decir, si cada mercantil hubiese preparado su oferta de forma totalmente independiente.

EL ESCRITO DE FISCALÍA

Según el escrito de Fiscalía, el amaño para lograr concursos habría ocurrido "en connivencia con Quer y Rosell, que desempeñaban los cargos de presidente y director general, respectivamente, de la empresa pública Gestió d'Infraestructures, S. A. U. (GISA), luego denominada Infraestructures de la Generalitat de Catalunya".

Esta organización, añade Anticorrupción, acordó "durante años las normas o directrices a seguir cuando optasen a licitaciones de ciertas Administraciones, con el objetivo de evitar la libre competencia y, así, obtener un contrato más beneficioso que aquél que habrían obtenido en condiciones de igualdad, es decir, si cada mercantil hubiese preparado su oferta de forma totalmente independiente".

"Dicho pacto anulaba, por tanto, la competencia de los no integrantes del mismo, y se fue extendiendo a diversos organismos públicos", explicaba el fiscal Grinda, que incidía en que los miembros de esa organización "se pusieron de acuerdo para defraudar, fundamentalmente a GISA, diseñando e implementando una operación entre Quer y Rosell y las restantes personas acusadas, que tenía por objeto el direccionamiento de los procesos de contratación pública licitados".

Ambos acusados, continuaba Fiscalía, "manipulaban todo el proceso de adjudicación de contratos". "En primer lugar, modificaron la estructura organizacional de GISA creando la Oficina Técnica d'Avaluació, unidad integrada por una única persona, Cortasa Ferrer, y generaron un paso nuevo en el proceso de valoración de ofertas en los concursos públicos, que solo dependía de ellos".

CAPACIDAD PARA MODIFICAR LAS PUNTUACIONES TÉCNICAS

Esa oficina, explicaba el fiscal, "era un órgano administrativo de GISA creado por Quer y Rosell" cuya "misión era revisar las propuestas de valoración de ofertas que elaboraban en cada caso los técnicos correspondientes de cada una de las gerencias". "Es decir, tenía la capacidad de modificar las puntuaciones técnicas otorgadas por las comisiones técnicas de valoración, en connivencia con el resto de personas acusadas".

Anticorrupción detallaba en su escrito que "las empresas que participaban del pacto realizaban intencionada y deliberadamente sus ofertas agrupadas en un rango de precios muy restringido, lo que provocaba dos efectos inmediatos: el primero, expulsar de los concursos a las empresas que no estuvieran en el pacto, en tanto provocaba bajas temerarias de las misma".

"Y, el segundo, pasar a hacer depender la adjudicación de manera prácticamente absoluta de criterios subjetivos y juicios de valor de modo que, visto el entramado establecido, implicaba que la adjudicación se verificaba a pura voluntad de los acusados Quer y Rosell", afirmaba el escrito.

De esta dinámica, concluía Fiscalía, resultó "perjudicado el patrimonio público porque las empresas decidían, bajo el control de Quer y Rosell, en qué nivel quedaría situado el precio de adjudicación y, por tanto, las exclusiones por baja temeraria, con los consiguientes perjuicios para los intereses patrimoniales públicos".

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