Diario del Derecho. Edición de 17/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 14/12/2022
 
 

TS

El Supremo avala la sentencia del TSJ andaluz para revisar la licencia de 'El Algarrobico'

14/12/2022
Compartir: 

El Tribunal Supremo ha avalado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía para revisar la licencia de obras del hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), al desestimar el recurso de Greenpeace.

MADRID, 13 (EUROPA PRESS)

El Alto Tribunal ha informado este viernes de la decisión de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Según ha precisado, el texto íntegro de la sentencia del Supremo, que confirma la del TSJ andaluz, se conocerá en los próximos días.

El tribunal de Andalucía consideró en su sentencia de julio de 2021 que lo adecuado era que el Ayuntamiento de Carboneras iniciase procedimiento de revisión de oficio de la licencia municipal concedida en 2003 y rechazó anularla, así como ordenar el derribo porque, según remarcó, "mientras no se estableciera lo contrario" una vez concluido ese trámite, el hotel "seguía teniendo un título jurídico válido".

Al admitir a trámite el recurso, el Supremo concluyó que había interés casacional para la formación de jurisprudencia y planteó si era necesario que el Ayuntamiento iniciase un procedimiento de revisión de oficio que ya había rechazado previamente por silencio administrativo, o si por el contrario, por "economía procesal", debía prescindirse de este paso y declarar directamente, el propio tribunal desde el ámbito jurisdiccional, la nulidad.

Indicó que se adoptaría la decisión "tomando en consideración" que la construcción del hotel se llevó a cabo en suelo no urbanizable y de especial protección el parque natural de Cabo de Gata- Nijar, invadiendo la zona de servidumbre del dominio público marítimo-terrestre con vulneración de la Ley de Costas y sustentada en un planeamiento urbanístico que ha sido declarado nulo.

También acordó en un auto que, en la votación y fallo, fijará si esta nulidad puede declararse con todas las "consecuencias inherentes" a dicha declaración, entre ellas la inmediata demolición de lo construido.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana