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El TS no revoca el nombramiento del fiscal de Menores

03/10/2022
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El Tribunal Supremo (TS) ha descartado revocar el nombramiento que la ahora ex fiscal general del Estado Dolores Delgado volvió a hacer de Eduardo Esteban Rincón como fiscal de sala de Menores, después de que el alto tribunal anulara la primera designación, aunque ha reprochado a Delgado que tratase de "ilustrar" al tribunal.

MADRID, 29 (EUROPA PRESS)

En un auto del pasado 20 de septiembre, recogido por Europa Press, los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo desestiman el incidente de ejecución presentado por la Asociación de Fiscales --la asociación mayoritaria en la carrera fiscal_y en el que pedían que hiciesen cumplir la sentencia que el Supremo dictó el pasado 19 de abril, por la que se anuló el primer nombramiento de Esteban Rincón en dicho cargo, exigiendo también que anulase su segunda designación.

En el Consejo Fiscal que se celebró en 2021 para la elección de dicho cargo, Esteban Rincón obtuvo el apoyo de cinco miembros electivos mientras que De la Rosa logró seis votos. Finalmente, Delgado se decantó por el primero, miembro de la Unión Progresista de Fiscales (UPF), asociación a la que perteneció la fiscal general.

El Supremo anuló el Real Decreto que recogía ese primer nombramiento y ordenó la retroacción de las actuaciones al momento inmediatamente anterior a la formulación de la propuesta de designación de la fiscal general del Estado para que realizase una "nueva propuesta motivada".

El Alto Tribunal descarta nuevamente echar marcha atrás en ese nombramiento explicando que Delgado explicó de forma correcta las razones que le llevaron a realizarlo. Las mismas atendían "a las características del cargo" y, además, esa elección se hizo "comparando los méritos de ambos candidatos". "Escapa a esta cognición incidental juzgar la conformidad a Derecho de esas razones con las que se integra el juicio de idoneidad", aclara el Supremo.

En esta línea, el fallo explica a la AF que no se puede deducir que "con la nueva propuesta se haya pretendido eludir el cumplimiento" de la primera sentencia. "Como se ha expuesto, la nueva propuesta ya da razones atendiendo a las características del cargo, comparando los méritos de ambos candidatos", añade.

DELGADO "CONOCE BIEN" LA JURISPRUDENCIA

Con todo, el fallo si que lanza un aviso a la otrora fiscal general del Estado, a la que afea que confunda "la subsanación con una suerte de recurso contra esa sentencia firme que es objeto de ejecución". Así, critican que Delgado realizase "un alegato" contra la primera sentencia del Supremo, algo que los magistrados califican de "rechazable".

Lo que tampoco es admisible, según la sentencia, es que Delgado tratase "de ilustrar a esta Sala sobre el ejercicio de la potestad discrecional de propuesta que ejerce y su control jurisdiccional". "Más bien, se trata de que la fiscal general se ajuste a las exigencias derivadas de la jurisprudencia de esta Sala, jurisprudencia que esta Sala, obviamente, bien conoce por haberla elaborado", afirman los magistrados.

La Sala explica que la nueva propuesta tenía como fin tratar de "subsanar la primera, sin contradecir hechos" que la propia Sala había declarado probados. "Como tampoco es admisible introducir hechos nuevos: no se trata de reiniciar el procedimiento en su totalidad, sino al momento de hacer la propuesta sobre la base del material aportado y alegado por los aspirantes para justificar sus mayores méritos", concluye.

En el citado escrito, Delgado reivindicó que el Estatuto Orgánico le permitía unas "amplísimas facultades", entre las que se incluía la remoción en los cargos y, por lo tanto, "un margen de discrecionalidad para ejecutar una determinada política criminal en el marco de la acción de Gobierno". Para ello, remachó, necesitaba "poder decidir el grupo humano, las personas de excelencia, que dentro de los márgenes legales" le habrían "de auxiliar a cumplir su misión constitucional".

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