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Ayudas para estudiantes y personal universitarios procedentes de instituciones de educación superior de países en situación de emergencia

23/09/2022
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Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se publica el extracto de resolución del Vicerrectorado de Internacionalización, por la que se autoriza el gasto y se convocan ayudas para estudiantes y personal universitarios procedentes de instituciones de educación superior de países en situación de emergencia y para estudiantes, personal docente e investigador refugiado o demandante de protección internacional en el curso académico 2022/2023. Plan Propio de Cooperación al Desarrollo 2022 (BOJA de 22 de septiembre de 2022). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 19 DE SEPTIEMBRE DE 2022, DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA, POR LA QUE SE PUBLICA EL EXTRACTO DE RESOLUCIÓN DEL VICERRECTORADO DE INTERNACIONALIZACIÓN, POR LA QUE SE AUTORIZA EL GASTO Y SE CONVOCAN AYUDAS PARA ESTUDIANTES Y PERSONAL UNIVERSITARIOS PROCEDENTES DE INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE PAÍSES EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA Y PARA ESTUDIANTES, PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR REFUGIADO O DEMANDANTE DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL EN EL CURSO ACADÉMICO 2022/2023. PLAN PROPIO DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO 2022

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) Vínculo a legislación y 20.8.a) Vínculo a legislación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Beneficiarios.

Las personas destinatarias deben contar con los requisitos correspondientes de entre los siguientes:

a) Poseer el estatuto de refugiado/a en España, conforme a la Ley 12/2009, de 30 de octubre Vínculo a legislación, reguladora del Derecho de Asilo y de la Protección Subsidiaria, o ser solicitante de protección internacional en España o estar en posesión del resguardo de solicitud de protección internacional o del justificante de la cita de la entrevista de solicitud de asilo a fecha de fin de presentación de solicitudes.

b) Estar en situación de necesidad económica que le imposibilite hacerse cargo de los costes de matrícula de y/o alojamiento y manutención.

c) No estar incursas en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 Vínculo a legislación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) En caso de solicitantes de la modalidad 1 (grado) y 2 (máster), acreditar que se ha solicitado el acceso a los estudios correspondientes en la UGR a través del Distrito Único Andaluz (DUA) o mediante traslado de expediente.

e) En caso de solicitantes de la modalidad 3 (doctorado e investigación), acreditar haber sido admitidas para realizar una estancia de investigación en alguno de los grupos del PAIDI o de haber solicitado la admisión en estudios de doctorado o estar inscrita en ellos.

Segundo. Objeto.

El objeto de la presente convocatoria de ayudas económicas es favorecer que personas refugiadas, demandantes de protección internacional o apátridas que cumplan los requisitos del artículo 5, inicien o continúen en la UGR durante el curso académico 2022/2023 estudios oficiales superiores o labores de investigación.

Tercero. Cuantía.

La cuantía total máxima de las ayudas contempladas en esta convocatoria será de 33.417,60 €, de los cuales se imputarían las cuantías máximas siguientes: 12.400 € en el ejercicio 2022 y 21.017,60 € en el ejercicio 2023.

En caso de concederse, las ayudas se financiarán con cargo a la orgánica 3020450000, subprograma de gasto 422D7, económica 482.99.

Para ello, se concederán en régimen de concurrencia competitiva, un máximo de 4 ayudas económicas para realizar estudios de grado, de máster o doctorado, o para realizar estancias de investigación.

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes de grado y máster se podrán presentar desde el día siguiente a la publicación en BOJA hasta el 30 de septiembre 2022.

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