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Orden Foral 40/2020, de 28 de agosto, sin efecto

02/09/2022
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Orden Foral 31/2022, de 23 de agosto, de la consejera de Salud, por la que se deja sin efecto la Orden Foral 40/2020, de 28 de agosto, por la que adoptan medidas preventivas en relación con el uso de las mascarillas durante la situación de la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19, en los centros escolares y universitarios de la Comunidad Foral de Navarra, así como sus modificaciones (BON de 1 de septiembre de 2022). Texto completo.

ORDEN FORAL 31/2022, DE 23 DE AGOSTO, DE LA CONSEJERA DE SALUD, POR LA QUE SE DEJA SIN EFECTO LA ORDEN FORAL 40/2020, DE 28 DE AGOSTO, POR LA QUE ADOPTAN MEDIDAS PREVENTIVAS EN RELACIÓN CON EL USO DE LAS MASCARILLAS DURANTE LA SITUACIÓN DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR COVID-19, EN LOS CENTROS ESCOLARES Y UNIVERSITARIOS DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA, ASÍ COMO SUS MODIFICACIONES

Mediante Orden Foral 40/2020, de 28 de agosto, se adoptaron medidas preventivas en relación con el uso de las mascarillas durante la situación de la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19, en los centros escolares y universitarios de la Comunidad Foral de Navarra, relativas al uso de mascarillas para el alumnado de centros que impartieran enseñanzas contempladas en el artículo 3 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, incluida la enseñanza universitaria. También se adoptaban medidas en relación con el uso de la mascarilla para el profesorado, el comedor y actividades extraescolares y en relación con el uso de la mascarilla en el transporte escolar siendo obligatoria para el alumnado de tres años en adelante.

Posteriormente, dicha orden foral fue modificada parcialmente (punto 3.º b) por Orden Foral 33/2021, de 8 de septiembre, de la consejera de Salud.

Finalmente, la Orden Foral 35/2021, de 29 de septiembre Vínculo a legislación, de la consejera de Salud, por la que se dejaban sin efecto las restricciones derivadas de las medidas específicas vigentes como consecuencia de la situación epidemiológica derivada de COVID-19, declaró vigente con todas sus modificaciones, de forma expresa, la Orden Foral 40/2020, de 28 de agosto, por la que se adoptaron medidas preventivas en relación con el uso de las mascarillas durante la situación de la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19, en los centros escolares y universitarios de la Comunidad Foral de Navarra.

En estos momentos, la obligación del uso de mascarillas se encuentra regulada por el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, norma aplicable en todo el territorio estatal y por tanto, aplicable también en Navarra.

En virtud de lo anterior, en aras de mayor claridad y seguridad jurídica, y teniendo en cuenta la situación epidemiológica actual, procede dejar sin efecto la Orden Foral 40/2020, de 28 de agosto, por la que adoptan medidas preventivas en relación con el uso de las mascarillas durante la situación de la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19, en los centros escolares y universitarios de la Comunidad Foral de Navarra, así como sus modificaciones. De esta forma, en Navarra los supuestos de obligatoriedad de uso de mascarillas son exclusivamente los regulados en el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

En virtud del artículo 2.2 de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud,

ORDENO:

1.º Dejar sin efecto la Orden Foral 40/2020, de 28 de agosto, por la que adoptan medidas preventivas en relación con el uso de las mascarillas durante la situación de la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19, en los centros escolares y universitarios de la Comunidad Foral de Navarra, así como sus modificaciones.

2.º Trasladar la presente orden foral a la Gerencia del Instituto de Salud Pública y laboral de Navarra, a la Dirección General de Salud, a la Dirección General de Presidencia y Gobierno Abierto, a la Dirección General de Educación, a las Secretarías Generales Técnicas de Educación, Universidad, Innovación y Transformación digital y de Salud.

3.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra.

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