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  • EDICIÓN DE 16/08/2022
 
 

Premios del Observatorio Catalán de la Justicia en Violencia Machista 2022

16/08/2022
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Se convocan los Premios del Observatorio Catalán de la Justicia en Violencia Machista 2022 a trabajos de investigación, iniciativas y prácticas orientados a la erradicación de las violencias machistas en el ámbito de la justicia, impulsados por entes, particulares, instituciones y organismos públicos o privados, así como al reconocimiento a una larga trayectoria profesional pionera en este campo.

Objeto

Abrir la convocatoria del año 2022, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de los Premios del Observatorio Catalán de la Justicia en Violencia Machista a trabajos de investigación, iniciativas y prácticas orientados a la erradicación de las violencias machistas en el ámbito de la justicia, impulsados por entes, particulares, instituciones y organismos públicos o privados, así como al reconocimiento a una larga trayectoria profesional pionera en este campo.

Régimen jurídico aplicable

Esta convocatoria está referida a tesis doctorales, trabajos finales de grado y máster y otros trabajos de investigación y a las mejores iniciativas o prácticas impulsados o puestos en marcha por entes, particulares, instituciones y organismos públicos o privados en el ámbito de la erradicación de las violencias machistas que se hayan finalizado o desarrollado durante el año 2021.

En el caso de las tesis doctorales y los trabajos finales de grado y de máster es necesario que se hayan defendido en un tribunal calificador durante el mismo año 2021. En el caso de los otros trabajos de investigación hará falta que se hayan finalizado durante el año 2021. Y en el caso de las iniciativas o prácticas impulsadas o puestas en marcha por entes, particulares, instituciones y organismos públicos o privados en el ámbito de la erradicación de las violencias machistas hará falta que se hayan desarrollado durante el año 2021.

Esta convocatoria se rige por las bases reguladoras aprobadas por la Orden JUS/121/2022, de 23 de mayo, publicada en el DOGC núm. 8676, de 26.5.2022.

En todo lo no previsto en las bases reguladoras, serán aplicables las disposiciones de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones, y las disposiciones del capítulo 9 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre .

Categorías

Se convoca un premio para cada una de las categorías previstas por el apartado 1.2 de las bases reguladoras.

Categoría A:

Subcategoría a: a la mejor tesis doctoral no publicada, que haya sido presentada y calificada en cualquiera de las universidades catalanas, que verse sobre cualquier aspecto relacionado con la respuesta del sistema de justicia en relación con la erradicación de las violencias machistas, desde todo tipo de perspectivas, sean jurídicas, criminológicas, económicas, sociológicas, políticas, etc.

Subcategoría b: al mejor proyecto final de grado o máster que verse sobre cualquier aspecto relacionado con la respuesta del sistema de justicia en relación con la erradicación de las violencias machistas, desde todo tipo de perspectivas, sean jurídicas, criminológicas, económicas, sociológicas, políticas, etc., y presentados y calificados en cualquiera de las universidades catalanas, colegios profesionales u otras corporaciones de derecho público.

Subcategoría c: al mejor trabajo de investigación no publicado que verse sobre cualquier aspecto relacionado con la respuesta del sistema de justicia en relación con la erradicación de las violencias machistas, desde todo tipo de perspectivas, sean jurídicas, criminológicas, económicas, sociológicas, políticas, etc., que no se enmarque en las categorías anteriores y que no haya recibido una beca de investigación del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada.

Categoría B:

Subcategoría a: a la mejor iniciativa o práctica elaborada, impulsada o puesta en marcha por una administración pública, por un ente o entidad del sector público o por un órgano judicial que despliegue sus funciones y actuaciones en Cataluña para la erradicación de las violencias machistas en el ámbito de la justicia.

Subcategoría b: a la mejor iniciativa o práctica elaborada, impulsada o puesta en marcha por instituciones, organizaciones, profesionales, empresas o entidades privadas con sede social o delegación en Cataluña para la erradicación de las violencias machistas en el ámbito de la justicia.

Categoría C:

A una larga trayectoria profesional, de un mínimo de 10 años, que haya sido pionera en el ámbito de la justicia para la erradicación de las violencias machistas.

Dotación económica e importe de los premios

4.1 La dotación económica máxima de los premios es de quince mil euros (15.000,00 €) con cargo a la partida D/483000100/2150/0000 (Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada) del presupuesto del Pacto de Estado contra la Violencia de Género (FPACTEV_G) del Departamento de Justicia de la Generalitat de Catalunya para el año 2022. La aprobación de este acto implica la autorización a las unidades administrativas para la contabilización de la autorización del gasto en el sistema corporativo de la contabilidad del GECAT.

4.2 El importe de cada premio es el siguiente:

A) Seis mil euros (6.000,00 €) destinados al premio a la mejor tesis doctoral (categoría A, subcategoría a).

B) Tres mil euros (3.000,00 €) destinados al premio al mejor trabajo final de grado o máster (categoría A, subcategoría b).

C) Tres mil euros (3.000,00 €) destinados al premio al mejor trabajo de investigación (categoría A, subcategoría c).

D) Sin dotación económica (0,00 €) al premio a la mejor iniciativa o práctica elaborada, impulsada o puesta en marcha por una administración pública, por un ente o entidad del sector público o por un órgano judicial que despliegue sus funciones y actuaciones en Cataluña (categoría B, subcategoría a).

E) Tres mil euros (3.000,00 €) destinados al premio a la mejor iniciativa o práctica elaborada, impulsada o puesta en marcha por instituciones, organizaciones, profesionales, empresas o entidades privadas con sede social o delegación en Cataluña (categoría B, subcategoría b).

F) Sin dotación económica (0,00 €) al premio a una larga trayectoria profesional, de un mínimo de 10 años, que haya sido pionera en el ámbito de la justicia para la erradicación de las violencias machistas (categoría C).

A los importes anteriores les será aplicable la retención correspondiente del IRPF.

Los importes recibidos por las personas físicas beneficiarias en concepto de subvención constituyen obtención de renta para el contribuyente a efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Presentación de solicitudes

5.1 Las solicitudes y otros trámites asociados al procedimiento de concesión de las subvenciones deben realizarse exclusivamente por vía telemática mediante la página web Trámites gencat (http://tramits.gencat.cat).

5.2 La solicitud y la documentación para concurrir a la convocatoria debe formularse mediante los formularios normalizados que se pueden descargar de la página web Trámites gencat (http://tramits.gencat.cat).

5.3 El plazo de presentación de las solicitudes, con respecto a los premios de las categorías A y B, es de 30 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. El último día del plazo se podrán presentar las solicitudes hasta las 14 horas.

Con respecto al premio de la categoría C, no se tiene que presentar solicitud alguna, ya que las candidaturas serán propuestas, indistintamente, por miembros del pleno del Observatorio Catalán de la Justicia en Violencia Machista o miembros del jurado, según establece el punto 5 de las bases reguladoras.

Procedimiento de concesión

6.1 La resolución de otorgamiento de los premios corresponde a la presidencia del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada y del Observatorio Catalán de la Justicia en Violencia Machista. Esta resolución se dictará dentro del plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (https://seu.gencat.cat/ca/informacio-publica.html). Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos. Asimismo, la resolución se publicará en la web del Observatorio Catalán de la Justicia en Violencia Machista (http://cejfe.gencat.cat/ca/observatori/) y en el DOGC.

6.2 El órgano instructor es el Área de Gestión Administrativa y Apoyo Técnico del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada, que elaborará una propuesta de resolución fundamentada en el acta del jurado.

6.3 Contra la resolución de concesión, que agotará la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Justicia y presidenta del Centro en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat y en la web del Centro, mencionados anteriormente, según lo que establecen el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona en el plazo de dos meses a contar igualmente desde el día siguiente al de su publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat y en la web del Centro mencionados, de acuerdo con los artículos 8.3, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o bien cualquier otro recurso que se considere conveniente para la defensa de sus derechos o intereses legítimos.

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