Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 04/08/2022
 
 

Juramento o promesa ante la Bandera de España

04/08/2022
Compartir: 

Orden DEF/750/2022, de 28 de julio, que modifica la Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España (BOE de 4 de agosto de 2022). Texto completo.

ORDEN DEF/750/2022, DE 28 DE JULIO, QUE MODIFICA LA ORDEN DEF/1445/2004, DE 16 DE MAYO, POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA QUE LOS ESPAÑOLES PUEDAN SOLICITAR Y REALIZAR EL JURAMENTO O PROMESA ANTE LA BANDERA DE ESPAÑA.

La presente orden ministerial tiene por objeto único actualizar el régimen previsto en la Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España.

Esta orden ministerial ha sido sometida al trámite de audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 de la disposición final décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España.

La Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España, queda modificada como sigue:

Uno. Se suprime la última línea del apartado segundo.

Dos. Se suprime la letra i), del párrafo 5, del apartado séptimo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana