MADRID, 13 (EUROPA PRESS)
Según ha informado este lunes el órgano de garantías, la Sala Segunda del tribunal ha estimado pertinente estudiar el fondo del recurso de amparo interpuesto contra el acuerdo de 3 de febrero que firmó la secretaria general de la Cámara catalana. El magistrado Enrique Arnaldo será el encargado de redactar la sentencia.
El acuerdo impugnado ordenaba a los funcionarios del Parlament cumplir con la resolución de la Junta Electoral Central (JEC), que se adoptó al entender que sobre Juvilla concurría la causa de inelegibilidad sobrevenida del artículo 6.2 b) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral (LOREG) al contar con una condena por sentencia no firme de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Fue el pasado diciembre cuando el tribunal catalán condenó a Juvilla por negarse a cumplir las resoluciones que exigían la retirada de lazos amarillos en el Ayuntamiento de Lleida en 2019, cuando era concejal. En concreto, Juvillà fue condenado a la pena de multa de tres meses con una cuota diaria de 12 euros e inhabilitación especial por tiempo de seis meses. En febrero se acordó retirarle el acta de diputado.
El dirigente de la CUP ha intentado agotar todas las instancias en España antes de, tal y como ha anunciado públicamente, llevar su caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). De hecho, el Tribunal Supremo estudia los recursos que presentaron Juvilla y el Parlament contra la decisión de la JEC.
En el caso del Constitucional, presentó el recurso de amparo al considerar vulnerado su derecho de participación, de presunción de inocencia y de libertad de expresión.