DECRETO FORAL 20/2022, DE 16 DE MARZO, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.
La Dirección General de Función Pública del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con el organismo autónomo Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, propone la modificación de la plantilla orgánica del citado organismo autónomo, a fin de ajustarla a las necesidades reales del mismo.
Existe informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica del Departamento de Economía y Hacienda.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día dieciséis de marzo de dos mil veintidós,
DECRETO:
Artículo único.-Amortización de plazas de la plantilla orgánica.
La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:
Se amortizan las plazas que se relacionan seguidamente, que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos:
DEPARTAMENTO DE DERECHOS SOCIALES
Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare:
-Una vacante de Titulado de Grado Medio en Formación y Empleo, de régimen funcionarial, nivel B, adscrita a la Agencia de Empleo de Pamplona Segundo Ensanche, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 6241.
-Dos vacantes de Titulado de Grado Medio en Formación y Empleo, de régimen funcionarial, nivel B, adscritas a la Agencia de Empleo de Tudela, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 11093 y 11142.
DISPOSICIONES FINALES
Disposición final primera.-Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.
Se faculta al Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución de este decreto foral.
Disposición final segunda.-Entrada en vigor.
Este decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.