Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 03/03/2022
 
 

TS

Archivan la causa del 'pitufeo' para dos investigados al no constar el recurso de queja de Fiscalía

03/03/2022
Compartir: 

La sala segunda del Tribunal Supremo ha archivado la causa del 'pitufeo', dentro del caso Imelsa, para dos de los investigados, la exconcejala del PP en el Ayuntamiento de València Beatriz Simón y el asesor 'popular' en el consistorio Luis Salom, al no constar el recurso de queja de la Fiscalía Anticorrupción.

VALENCIA, 2 (EUROPA PRESS)

Así se desprende de una resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el Alto Tribunal declara desierto el recurso anunciado por el ministerio fiscal y archiva el procedimiento para ambos investigados. Contra esta resolución cabe recurso de revisión en el plazo de tres días.

Anticorrupción anunció a finales de enero su intención de recurrir en queja al Supremo el archivo de la causa del 'pitufeo' para la mayoría de los procesados decretado por la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia.

El objetivo de este recurso era conseguir que se reabriera el procedimiento --revocar la decisión de los magistrados valencianos y permitir presentar recurso de casación-- que ha estado investigándose durante más de seis años y que únicamente sigue activo para algunos de los procesados como el exvicealcalde de València Alfonso Grau, quien también fue mano derecha de la exalcaldesa Rita Barberá.

También siguen procesados la que fuera secretaria general del grupo, Mari Carmen García Fuster, en su caso por hechos relacionados con los comicios de 2011; y el expresidente de la Fundación Valenciana de la Innovación y el Conocimiento (FIVEC) y delegado de CEyD (Centro de estrategias y Desarrollo, Juan Eduardo Santón (por malversación).

Fiscalía debía presentar un recurso para cada uno de los investigados pero, por algún motivo, no consta el recurso contra dos de ellos, Simón y Salom, con lo que se ha decretado el archivo para ellos. Desde el ministerio público aseguran a Europa Press que sí interpusieron el escrito y están estudiando qué puede haber ocurrido.

Ante esta ausencia de recurso, el TS afirma: "Transcurrido el término de emplazamiento sin haberse personado el recurrente en queja, procede declarar desierto el recurso y, en su virtud, firme y consentido el auto denegatorio con imposición de las costas al mismo".

BLANQUEO DE 50.000 EUROS

El Juzgado de Instrucción número 18 de València acordó el pasado mes de octubre el procesamiento para medio centenar de exconcejales y asesores 'populares' del consistorio por el presunto blanqueo de capitales de 50.000 euros en el grupo municipal.

Frente a esta resolución, los procesados recurrieron y la Audiencia le dio la razón a la mayoría de ellos y les archivó el procedimiento --de manera provisional-- al considerar que no se había cometido ningún delito.

La Fiscalía presentó entonces un anuncio de recurso ante el Tribunal Supremo frente a esta resolución de la Audiencia al considerar que se trataba de un sobreseimiento firme y no provisional --tal y como se indicaba en la resolución del tribunal-- y, por tanto, poder recurrir.

Sin embargo, la Audiencia rechazó tramitar el anuncio del recurso ante el Alto Tribunal, lo que dejó la puerta abierta al ministerio público para presentar una queja que, tras estudiarla, se acordó.

La causa recibió su nombre de una supuesta operativa de blanqueo atribuida en los comicios de 2015 a 49 exediles y asesores de la etapa de Barberá al frente del consistorio (más el PP).

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana