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Estructura de la Ertzaintza

02/12/2021
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Orden de 18 de noviembre de 2021, del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, por la que se aprueba la estructura de la Ertzaintza (BOPV de 1 de diciembre de 2021). Texto completo.

ORDEN DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2021, DEL VICELEHENDAKARI PRIMERO Y CONSEJERO DE SEGURIDAD, POR LA QUE SE APRUEBA LA ESTRUCTURA DE LA ERTZAINTZA.

La vigente estructura de la Ertzaintza fue aprobada por Orden de la Consejera de Seguridad, de 20 de noviembre de 2013 (BOPV n.º 233, 9 de diciembre de 2013), la cual, fue objeto de una primera modificación por la Orden de 10 de marzo de 2014 (BOPV n.º 52, 17 de marzo de 2014); de una segunda modificación por Orden de 15 de octubre de 2014 (BOPV n.º 201, 22 de octubre de 2014), y de una tercera modificación por Orden de 23 de enero de 2015 (BOPV n.º 22, 3 de febrero de 2015).

La anterior estructura tenía como objetivos ofrecer un servicio policial basado en la prevención activa, apoyado en una inteligencia e investigación criminal eficaces, en la mejora continua y la colaboración con otros, y en el trabajo en equipo; todo ello, para alcanzar un alto nivel de reconocimiento social por su cercanía y eficacia. Si bien, estos objetivos se mantienen en la actualidad, resulta preciso introducir algunas modificaciones que permitan acomodar la estructura organizativa a las cambiantes necesidades del entorno.

Con la presente Orden se pretende reactualizar la estructura de la Ertzaintza, de modo que dé respuesta a las directrices contenidas en el Plan General de Seguridad Pública de Euskadi 2020-2025, avanzando hacia un modelo más acorde con las necesidades funcionales de una policía integral, comprometida con la sociedad a la que sirve, en la promoción de la paz, la seguridad y el bienestar de las personas.

En lo que se refiere a los órganos centrales, de la persona titular de la Dirección de la Ertzaintza, dependerá directamente la Jefatura de la Ertzaintza; además aquella dispondrá de dos Jefaturas adscritas directamente a ella: la Jefatura de Cooperación Exterior y la de Asuntos Internos. La Jefatura de Cooperación Exterior sustituye a la de Relaciones Institucionales y de Comunicación, estará encargada de gestionar las alianzas y las relaciones de cooperación con otras instituciones estatales e internacionales. Se potencia, de esta manera, la función relacionada con la cooperación con instituciones externas. La Jefatura de Asuntos Internos mantendrá sus funciones, ocupándose de la ejecución de la política disciplinaria.

La Jefatura de la Ertzaintza, continuará disponiendo de dos divisiones: la Jefatura de la División de Protección Ciudadana y la Jefatura de la División de Investigación Criminal, así como de la Jefatura de la Oficina Central de Inteligencia.

Bajo la dependencia directa de la Jefatura de la Ertzaintza se ubican, además de las dos divisiones citadas y de la Jefatura de la Oficina Central de Inteligencia, una Secretaría General, que asume también la promoción de la Igualdad y la Diversidad, el Centro de Mando y Control Central, el Servicio de Coordinación de Formación, y el Servicio de Portavocía, Comunicación y Protocolo, cuyo personal de Portavocía y Comunicación actuará bajo la dependencia funcional de la Dirección de Comunicación del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, mientras que el personal de Protocolo actuará bajo la dependencia funcional de la Dirección del Gabinete del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad.

Dentro de la Jefatura de División de Protección Ciudadana, se incluyen pocos cambios. Continúan las Jefaturas Centrales de Apoyo Táctico y de Seguridad Institucional, ambas con servicios especializados que sirven de apoyo y refuerzo a otros servicios y unidades, y la Jefatura de Planificación Operativa y Protección de Infraestructuras, encargada de planificar y evaluar los dispositivos de seguridad en espectáculos deportivos y otros eventos de especial trascendencia, así como del diseño e implantación de planes específicos de protección y de apoyo operativo de las infraestructuras críticas y sensibles.

Por otra parte, se modifica la denominación de la Jefatura Central de Tráfico, por la de Jefatura Central de Tráfico y de Seguridad del Centro de Coordinación de Tráfico y Emergencias de Euskadi, para implementar y transmitir las políticas y directrices sobre el control del tráfico y la seguridad vial a través de las Unidades Territoriales de Tráfico, añadiéndosele la responsabilidad de la seguridad del Centro de Coordinación de Tráfico y Emergencias de Euskadi. Se procede, además, en este ámbito, a la adscripción del grupo ETEN, sección especializada en delitos en carretera, hasta ahora, dependiente de la Jefatura Territorial de la Ertzaintza de Gipuzkoa, a la Unidad Territorial de Tráfico de Gipuzkoa, lo que le dota de mayor coherencia funcional.

La Jefatura de División de Investigación Criminal continúa configurada por dos jefaturas: la de Investigación Criminal y Policía Judicial, y la de Policía Científica. La primera, integra servicios especializados en la investigación de formas complejas de delitos y los servicios propiamente de policía judicial adscrita a Órganos Judiciales y Fiscalías. La segunda, se encarga de prestar servicios de criminalística o investigación técnica.

Continúan adscritas a esta División las Unidades de Juego y Espectáculos y de Seguridad Privada. Además, se crea una nueva: la Unidad de Coordinación y Cooperación, integrada por dos secciones, la de Coordinación Operativa y Técnica de Investigación (SCOTI), antes dependiente de la Jefatura de Investigación Criminal y Policía Judicial, y la de Cooperación Policial y Judicial (SCPJ), hasta ahora, integrada en Secretaría General. Con ello, se persigue una mejor adecuación organizativa a las funciones propias de ambas secciones y un mejor tratamiento de los flujos de información hacia el interior de la Ertzaintza.

La Jefatura de la Oficina Central de Inteligencia, junto con las funciones de análisis e inteligencia desarrolladas en los niveles territoriales o locales, constituye el eje vertebrador de las Jefaturas de Divisiones de Protección Ciudadana y de Investigación Criminal, y su trabajo busca facilitar la toma de decisiones de las y los responsables policiales, mediante el suministro de productos de inteligencia elaborados para potenciar un servicio policial que resulte, cada día, más eficaz y eficiente en un entorno cambiante.

El acercamiento de la institución a la sociedad a la que sirve continúa siendo la razón por la cual se dota, tanto a nivel de las demarcaciones de cada una de las ertzain-etxeak, como a nivel de las jefaturas territoriales, de todos los recursos y servicios necesarios para asumir la responsabilidad policial global sobre el territorio de su competencia.

Así, de las jefaturas territoriales, además de las ertzain-etxeak respectivas, dependerán diversos servicios y unidades territoriales: protección ciudadana, investigación criminal, inteligencia, centro de mando y control, y tráfico, sin perjuicio de que la Orden contemple otros servicios, unidades o secciones específicos en cada jefatura territorial.

Las comisarías son las unidades policiales más cercanas y próximas a la ciudadanía. Por lo tanto, deben responsabilizarse en todos los sentidos de proporcionar seguridad, protección y auxilio a la ciudadanía en el ámbito de su demarcación territorial. Desde la ertzain-etxea debe gestionarse el conjunto de la actividad policial dirigida a tales fines, con el apoyo y auxilio de otros órganos territoriales o centrales.

Para ello, se articula un modelo de ordenación de las actividades de protección ciudadana y de investigación criminal, así como de inteligencia policial, que permite la integración de tales actividades desde la esfera más inmediata y próxima a la ciudadanía hasta los órganos más centrales y especializados de la organización.

Sin menoscabo de las responsabilidades gestoras de la adscripción orgánica de cada servicio o unidad, se posibilita la fijación de objetivos, directrices y procedimientos en los diversos niveles locales, territoriales y centrales de la organización que facilitan la integración vertical y el flujo en doble dirección de actividades relativas a aspectos tales como la investigación criminal o la inteligencia policial, o en cuanto a los cometidos de los centros de mando y control en sus distintos niveles operativos.

Por lo anterior, en virtud de la competencia prevista en el artículo 47.2 del texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio Vínculo a legislación,

RESUELVO:

Artículo único.- Aprobar la estructura de la Ertzaintza como figura en el anexo a la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses. En ambos casos, los plazos de interposición se contarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Orden surtirá efectos el día 1 de diciembre de 2021.

ANEXO

A) Organización central.

I.- Dirección de la Ertzaintza.

Dependiendo directamente de su titular, existirán las siguientes Jefaturas:

a) Jefatura de Cooperación Exterior, encargada de diseñar, planificar y canalizar las relaciones de cooperación de la Ertzaintza con otras instituciones públicas y privadas, tanto en el ámbito interno, como en el internacional.

Asiste a la Dirección de Coordinación de Seguridad en la materialización de las funciones propias de la misma, y, especialmente, en la preparación de los asuntos que se traten en la Junta de Seguridad y las comisiones técnicas derivadas de aquella.

Asimismo, competen a esta Jefatura: la representación en el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO), la Cooperación Operativa en materia de Seguridad Interior (COSI), las y los Oficiales de Enlace y el Centro de Colaboración Policial y Aduanera de Hendaia (CCPA), así como la coordinación de los proyectos “Horizonte Europa” en los que participe la Ertzaintza.

b) Jefatura de Asuntos Internos, encargada de dirigir, coordinar y desarrollar investigaciones respecto de la conducta profesional de las personas funcionarias, para potenciar aquellas susceptibles de reconocimiento y prevenir las contrarias a la ley o la ética profesional.

Asimismo, tendrá la misión específica de apoyar y colaborar en la definición, coordinación, impulso y desarrollo de la política disciplinaria en la Ertzaintza, articulando medidas preventivas, así como instruyendo los procedimientos disciplinarios. También realiza un seguimiento de las diligencias judiciales de carácter penal en las que se hallen incursas las personas funcionarias de la Ertzaintza. Puede realizar funciones de Policía Judicial, si así se lo encomienda el Poder Judicial, por tratarse de hechos puestos de manifiesto en las investigaciones propias que afecten a miembros de la Ertzaintza.

II.- Jefatura de la Ertzaintza.

1.- Dependiendo directamente de la persona titular de la Dirección de la Ertzaintza, le corresponde ejercer el mando directo y la dirección, planificación, coordinación, supervisión y evaluación de la actividad operativa sobre todas las divisiones, unidades centrales, unidades territoriales y el resto de jefaturas y unidades que no estén directamente adscritas a la Dirección de la Ertzaintza.

Dependen de la Jefatura de la Ertzaintza, la Jefatura de División de Protección Ciudadana, la Jefatura de División de Investigación Criminal y la Jefatura de la Oficina Central de Inteligencia. Para el ejercicio de sus funciones, y dependiendo directamente de su titular, la Jefatura de la Ertzaintza contará con las siguientes jefaturas y unidades.

a) Secretaría General.

Se compone de tres secciones, cada una de ellas con funciones específicas.

I.- La Sección de Gestión Avanzada asume la función de contribuir a la mejora continua del conjunto de servicios de la Ertzaintza, y de mantener y desarrollar el modelo de Gestión de la Actividad Policial y el Sistema de Gestión de la Calidad. Se encarga de actuar como ventanilla única policial, para proporcionar elementos de respuesta a los órganos competentes del Departamento de Seguridad y para identificar propuestas de mejora del servicio policial. Además, es la encargada de apoyar en la gestión administrativa ordinaria y la coordinación documental a la Dirección de la Ertzaintza, así como a la Jefatura de la Ertzaintza, a las Jefaturas de División y a la Jefatura de la Oficina Central de Inteligencia.

II.- La Sección de Estudios y Soporte lleva a cabo la interlocución ordinaria con los órganos del Departamento de Seguridad competentes en la evaluación de las necesidades de la Ertzaintza en materia de recursos humanos y recursos materiales. Participa en el proceso de innovación y desarrollo de diferentes programas y proyectos estratégicos de la Ertzaintza, desde la fase del diseño hasta su ejecución. Articula las acciones formativas en materias de seguridad que ofrezca el Departamento de Seguridad a la comunidad educativa y al resto de la ciudadanía en los formatos que se determinen. Es la responsable de la revisión, actualización y edición de las normas de carácter interno, asumiendo, así mismo, dentro de sus funciones, la gestión del armamento de la Ertzaintza y el contacto con los órganos oficiales responsables de su control administrativo. Asume, además, la promoción de planes y acciones en materia de Igualdad y Diversidad.

III.- La Sección de Derechos de la Ciudadanía y Seguridad Pública gestiona y da soporte y criterio de actuación, con respecto del derecho de reunión y manifestación de Protección de la Seguridad Ciudadana, a la realización de vuelos y operaciones RPA-Drones y a la utilización de videocámaras en espacios públicos por la policía del País Vasco, en cuanto a las funciones que, al respecto, competen a la Dirección de la Ertzaintza. Además, tramita las solicitudes en materia de reclamaciones patrimoniales y las de víctimas del terrorismo.

Además, bajo la dependencia funcional de la Dirección de Coordinación de Seguridad, da soporte y participa del Centro de Elaboración de Datos de la Policía del País Vasco, donde se encuentra integrada la figura de la Delegada o el Delegado de Protección de Datos del Sistema de Información Policial; gestiona y da soporte y criterio para la utilización de videocámaras por la Policía vasca, en lugares públicos, sobre las funciones que, al respecto, corresponden a la Dirección de Coordinación de Seguridad; se encarga de la emisión de las acreditaciones de la Policía vasca y gestiona el archivo documental de la Viceconsejería de Seguridad.

b) Centro de Mando y Control Central, encargado de asistir a la Jefatura de la Ertzaintza en la planificación, dirección, coordinación, supervisión y control de la actividad policial ordinaria de todas las unidades de la Ertzaintza, así como de los operativos policiales que se realicen. Asimismo, da soporte a los Centros de Mando y Control Territoriales, los cuales, dependen, funcionalmente, de aquel.

Del mismo depende, orgánicamente, el Servicio de Apoyo a la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología (SADAE), cuya misión es apoyar, funcionalmente, a dicha Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología en la operación de los sistemas de gestión de emergencias.

c) Servicio de Coordinación de Formación, encargado de coordinar al personal de la Ertzaintza que actúe en tareas de formación e instrucción para la divulgación de los conocimientos policiales, en el marco de las directrices definidas por el Departamento de Seguridad.

Le corresponde la interlocución con la Academia Vasca de Policía y Emergencias en la evaluación y canalización de las necesidades de formación en la Ertzaintza.

Colabora en la implementación policial de los acuerdos y convenios relativos a la capacitación, investigación y ciencia policial que se suscriban por la Administración Vasca de Seguridad en materia de capacitación y perfeccionamiento.

Se le adscribe, orgánicamente, el personal encargado de velar por el régimen interno y de policía dentro de las dependencias de la Academia Vasca de Policía y Emergencias.

Sin perjuicio de su dependencia funcional, estará bajo su mando el personal de la Ertzaintza que la misma destine en la Academia Vasca de Policía y Emergencias, en aquellas funciones que no corresponden a su labor en la Academia.

d) Asimismo, se adscriben a esta Jefatura de la Ertzaintza, el Servicio de Portavocía, Comunicación y Protocolo, cuyo personal de Portavocía y Comunicación actúa bajo la dependencia funcional de la Dirección de Comunicación del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, mientras que el personal de Protocolo, relacionado con homenajes y reconocimientos a las personas funcionarias de la Ertzaintza, actúa bajo la dependencia funcional de la Dirección del Gabinete del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad.

III.- Jefatura de División de Protección Ciudadana.

1.- La función principal de esta jefatura será la prevención de los riesgos y de las amenazas a la paz, a la convivencia y a la seguridad pública. Con este objetivo, dirigirá sus esfuerzos a:

a) Promover la percepción de seguridad mediante la cercanía y la visibilidad del servicio público de seguridad.

b) Proteger a las personas en peligro y ayudar a las víctimas de delitos y de accidentes.

c) Facilitar la movilidad vial de las personas y vehículos de un modo seguro, sostenible y equilibrado.

d) Prevenir las conductas que amenacen la vida y la propiedad, incluidas las relacionadas con el tráfico y el transporte por carretera, y cualesquiera otras que perturben los derechos de la ciudadanía, incluida la convivencia pacífica.

A tal fin, realizará el seguimiento, la supervisión, la coordinación y la mejora continua de los diferentes servicios de protección ciudadana, y elaborará sus procedimientos, órdenes y protocolos.

2.- Dependen de la Jefatura de División de Protección Ciudadana las Jefaturas Territoriales de la Ertzaintza, y las siguientes jefaturas y unidades centrales:

a) Jefatura Central de Tráfico y de Seguridad del Centro de Coordinación de Tráfico y Emergencias de Euskadi, encargada de implementar y ejecutar las políticas y directrices formuladas por la Dirección de Tráfico del Departamento de Seguridad en coordinación con la Dirección de la Ertzaintza, especialmente, a través de las Unidades Territoriales de Tráfico, que actúan bajo su dependencia funcional. También se encarga de la Seguridad del Centro de Coordinación de tráfico y emergencias de Euskadi. Para su gestión, contará con los servicios de la Secretaría General y de la Jefatura de División de Investigación Criminal en relación con la reconstrucción de accidentes de tráfico.

b) Jefatura de Planificación Operativa y Protección de Infraestructuras, encargada del diseño e implantación de planes específicos de protección y de apoyo operativo de las infraestructuras críticas y sensibles. Es responsable, además, de analizar los riesgos y planificar, coordinar y supervisar los dispositivos de seguridad ante la celebración de espectáculos deportivos, así como otros acontecimientos o eventos de pública notoriedad o masiva concurrencia que lo requieran.

c) Jefatura Central de Apoyo Táctico, encargada del mando, coordinación y supervisión de las actuaciones de las unidades de Brigada Móvil, de Vigilancia y Rescate, y de Desactivación de Explosivos, ubicadas en el Centro Policial de Iurreta (Bizkaia).

A la Unidad de Brigada Móvil le corresponde la prevención, mantenimiento, y, en su caso, restablecimiento del orden público en situaciones de grave riesgo, las funciones de patrulla de Prevención y Respuesta Inmediata PRI - BIZKOR, y la intervención ante situaciones de accidentes, catástrofe o calamidad pública. También lleva a cabo el apoyo permanente al resto de unidades de la Ertzaintza, especialmente, en el control de masas, la custodia y traslado de personas detenidas y presas, y la participación en dispositivos de seguridad planificados, así como complementar las diferentes funciones y tareas asignadas a las unidades de las distintas divisiones, según sus necesidades.

A la Unidad de Vigilancia y Rescate le corresponde la intervención ante situaciones de accidentes, catástrofes o calamidad pública, así como apoyar a otras unidades o servicios de la Ertzaintza en tareas de prevención, investigación o intervención; en especial, sobre ilícitos penales o administrativos en medio natural, y en la utilización de los medios especializados con la que está dotada. Asimismo, ejerce funciones de apoyo a los servicios de atención de emergencias.

A la Unidad de Desactivación de Explosivos le corresponde la intervención en todas aquellas situaciones que requieran la neutralización de sustancias o artefactos explosivos o de naturaleza nuclear, radiológica, bacteriológica o química. Asimismo, se encarga de las funciones de Subsuelo.

La Jefatura Central de Apoyo Táctico cuenta, además, con una Secretaría Técnica para la gestión administrativa ordinaria de las diferentes unidades, planificación de recursos y mejora continua.

d) Jefatura Central de Seguridad Institucional, encargada del mando, coordinación y supervisión de las actuaciones de las unidades de Protección y Seguridad, Intervención, Canina, y Seguridad de Edificios, ubicadas en el Centro Policial de Berrozi (Araba/Álava).

A la Unidad de Protección y Seguridad le corresponde prestar servicios de protección especializada a determinadas personas que ostenten o hayan ostentado la condición de autoridades o altos cargos y a personas amenazadas o en riesgo, así como el control de la prestación de este servicio por empresas privadas.

A la Unidad de Intervención le corresponde la cobertura de alta seguridad a otras unidades de la Ertzaintza, y la actuación en aquellos operativos preventivos e incidentales que requieran su participación.

A la Unidad Canina le corresponde proporcionar apoyo cinológico a otras unidades de la Ertzaintza.

A la Unidad de Seguridad de Edificios le corresponde la prestación de servicios de seguridad a edificios e instalaciones que, por su especial interés o riesgo, lo requieran, así como el control de la prestación de este servicio por empresas privadas.

La Jefatura Central de Seguridad Institucional cuenta, además, con una Secretaría Técnica para la gestión administrativa ordinaria de las diferentes unidades, planificación de recursos y mejora continua.

IV.- Jefatura de División de Investigación Criminal.

1.- Le corresponden las funciones de investigación y persecución de delitos, así como la coordinación judicial y policial, incluida la que resulte necesaria con el resto de cuerpos policiales, del conjunto de investigaciones de la Ertzaintza.

2.- Dependen de la Jefatura de División de Investigación Criminal las siguientes jefaturas y unidades:

a) Jefatura de Investigación Criminal y Policía Judicial, encargada de investigar los delitos graves, los relacionados con el crimen organizado, y, en general, los delitos que exijan una alta especialización y cualificación en su persecución; de ofrecer apoyo especializado al resto de las unidades de la Ertzaintza; de dirigir las investigaciones relevantes que se determinen, así como de canalizar los requerimientos provenientes de las autoridades judiciales y del Ministerio Fiscal, y las funciones de impulsar y coordinar la actuación especializada e integral de la Ertzaintza con menores.

Como Policía Judicial, el ejercicio de la función se adaptará al despliegue territorial de los órganos judiciales con la adscripción de los grupos o recursos humanos que, en cada caso, procedan.

Contará con una Sección Central de Investigación y Policía Judicial, dedicada a la investigación de organizaciones criminales y delitos graves que, por su complejidad, requieran de una alta especialización, y a funciones de policía judicial.

b) Jefatura de Policía Científica, encargada de prestar servicios de criminalística, identificación, analítica e investigación técnica, así como de elaborar los informes periciales y documentales que le sean encomendados por los órganos judiciales.

Además, se encargará de coordinar y supervisar el conjunto de las inspecciones oculares, elaborando, para ello, procedimientos, órdenes y protocolos, asumiendo la dependencia funcional de los equipos territoriales de inspecciones oculares.

c) Unidad de Coordinación y Cooperación, que constará de dos secciones:

I.- Sección de Coordinación Operativa y Técnica de Investigación (SCOTI), encargada de coordinar y supervisar el conjunto de las investigaciones criminales, elaborando, para ello, procedimientos, órdenes y protocolos; y funciones de Policía Judicial Técnica. También proporcionará el asesoramiento técnico de asuntos de interés policial que demande el Departamento de Seguridad.

II.- Sección de Cooperación Policial y Judicial (SCPJ), que se constituye como servicio único de la Ertzaintza para el intercambio de información en materia criminal con otros cuerpos policiales, tanto a nivel estatal, como internacional, y como centro único para la gestión de todas las órdenes y citaciones judiciales.

La Sección de Cooperación Policial y Judicial es la responsable, en el ámbito de la coordinación judicial, de la gestión de los oficios judiciales (requisitorias) remitidos por los juzgados a la Ertzaintza, la interlocución con las operadoras de telefonía para la gestión administrativa de las resoluciones judiciales y de aquellas peticiones cuyo origen y destino es los Juzgados de la Audiencia Nacional, así como la asignación de los números reservados y el depósito de sus respectivas correspondencias.

En el ámbito de la cooperación policial, es la encargada del intercambio de información con otros cuerpos de seguridad en materia de información criminal, así como del intercambio, a nivel operativo, con los puntos únicos, tanto estatales, como supraestatales, incardinados en los distintos instrumentos y marcos legales de cooperación policial europeo e internacional.

Se encarga, además, de la gestión de la app de la Ertzaintza.

d) Unidad de Juego y Espectáculos, encargada del control e inspección de los juegos de azar, espectáculos públicos y actividades recreativas. Realiza actividades de policía administrativa, bajo la dependencia funcional de la Dirección de Juego y Espectáculos del Departamento de Seguridad.

e) Unidad de Seguridad Privada, encargada de la supervisión de las empresas, el personal y la actividad y servicios de seguridad privada. Ejerce funciones de inspección, control, registro y tramitación de expedientes. También realiza comprobaciones de las medidas de seguridad, ejerciendo funciones de asesoramiento y asistencia en los estudios que, sobre la seguridad en los edificios, se le encomienden.

V.- Jefatura de la Oficina Central de Inteligencia.

La Jefatura de la Oficina Central de Inteligencia tiene como función principal integrar la inteligencia policial en la actividad de la Ertzaintza, constituyéndose como eje vertebrador y proactivo de la toma de decisiones estratégicas y tácticas en la prevención y reducción del delito, así como de los riesgos que pudieran alterar la percepción de la seguridad en la ciudadanía.

Se encargará de la recogida, tratamiento y análisis sistemático de la información criminal e incidental, y de las condiciones que contribuyen a su desarrollo, ofreciendo productos y soluciones de inteligencia que permitan respuestas tácticas ante los riesgos existentes, así como la planificación estratégica relacionada con las amenazas emergentes y cambiantes.

Además, realizará el seguimiento, la supervisión, la coordinación y la mejora continua de las diferentes oficinas de inteligencia, y elaborará sus procedimientos, órdenes y protocolos.

Para dar respuesta a las funciones que tiene atribuidas, contará, bajo su dependencia funcional, con las oficinas territoriales y locales de inteligencia.

B) Organización territorial.

VI.- Jefaturas Territoriales de la Ertzaintza.

1.- Les corresponde planificar, coordinar y dirigir las actividades policiales de inteligencia, protección ciudadana, seguridad vial e investigación llevadas a cabo por las ertzain-etxeak, unidades, servicios y secciones bajo su mando orgánico.

Así mismo, les corresponde desarrollar la investigación de grupos criminales que actúan a nivel del Territorio Histórico y la inteligencia a nivel territorial para tal finalidad.

Todo ello, sin perjuicio de las dependencias funcionales establecidas en esta Orden.

2.- Dependiendo, directamente, de su titular, existirán los siguientes servicios o unidades:

a) Servicio de Protección Ciudadana Territorial, encargado de la coordinación de las actividades policiales de protección ciudadana, incluyendo el impulso de las actividades de prevención activa.

b) Servicio de Investigación Criminal Territorial, con dependencia funcional de la Jefatura de División de Investigación Criminal. Se encarga de desarrollar las investigaciones de los grupos criminales que actúen a nivel del respectivo Territorio Histórico, así como de las Inspecciones Oculares y aquellas otras investigaciones en las que, por sus especiales circunstancias, les sean encomendados por el Jefe o la Jefa Territorial correspondiente, además de apoyar a las realizadas por las ertzain-etxeak y la Sección Central de Investigación y Policía Judicial.

c) Oficina Territorial de Inteligencia, con dependencia funcional de la Jefatura de la Oficina Central de Inteligencia. Se encarga de la elaboración de productos de inteligencia y de apoyar a las ertzain-etxeak en el análisis de la información policial.

d) Centro de Mando y Control Territorial, encargado de coordinar, bajo la dependencia funcional del Centro de Mando y Control Central, los recursos y servicios policiales, canalizar las llamadas externas, tramitar incidentes, aplicar las tácticas y protocolos, supervisar las actuaciones, asumir el mando operativo, cuando corresponda, e informar a los órganos correspondientes.

e) Unidad Territorial de Tráfico, encargada de la prevención de la seguridad vial; de la persecución de delitos contra la seguridad vial y la investigación y análisis de accidentes de circulación en su marco de actuación, así como de prestar apoyo y asistencia en materia de tráfico a las ertzain-etxeak y a las Secciones de Forales, Mikeletes y Miñones. El ejercicio de estas funciones se realiza bajo la coordinación y supervisión de la Jefatura Central de Tráfico.

3.- La Unidad Territorial de Tráfico de Gipuzkoa asumirá el Servicio ETEN.

4.- La Jefatura Territorial de Araba gestionará, a nivel orgánico, la Banda de Música de la Ertzaintza, que actuará bajo la dependencia funcional de la Dirección de Gabinete del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad.

5.- Se adscriben a las correspondientes Jefaturas Territoriales las Secciones de Forales, Mikeletes y Miñones de la Ertzaintza, cuyas funciones específicas son las de representación de las instituciones forales, protección de sus autoridades y protección y custodia de los bienes del patrimonio foral. Asimismo, la Sección de Miñones podrá realizar funciones de vigilancia e inspección del transporte por carretera y de conservación y policía de carreteras, en coordinación con la Unidad Territorial de Tráfico de Araba.

VII.- Ertzain-etxeak.

1.- Les corresponde proporcionar seguridad, protección y auxilio a la ciudadanía en el ámbito de su demarcación territorial.

Su función principal será la prevención de los riesgos y de las amenazas a la paz, a la convivencia y a la seguridad pública en su ámbito territorial, para lo que dispondrán de todos los recursos necesarios, ejerciendo, también, funciones de investigación de guardia, así como otras de investigación criminal y de inteligencia policial con el apoyo de los órganos superiores de los niveles territorial y central. Bajo la dependencia de la ertzain-etxea podrán existir Oficinas de Atención Ciudadana - OAC.

2.- Se procede, a partir de la presente Orden, a la creación de la ertzain-etxea de Ibaizabal, en la que se centralizan los procesos de tomas de decisiones operativas relativos a las ertzain-etxeak de Galdakao y Basauri, respecto de las que se articula la gestión compartida.

De modo transitorio, coexistirán puestos de trabajo y determinadas funciones en las dos ertzain-etxeak, que se gestionarán de forma conjunta.

3.- Cubriendo la totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi existirán las siguientes ertzain-etxeak, cuya demarcación comprenderá las poblaciones que, en cada caso, se relacionan:

a) En Araba/Álava

- Ertzain-etxea de Laguardia: Arraia-Maeztu, Baños de Ebro, Berantevilla, Bernedo, Campezo, Elciego, Elvillar, Kripan, Labastida, Lagrán, Laguardia, Lanciego, Lapuebla de Labarca, Leza, Moreda de Alava, Navaridas, Oyón-Oion, Peñacerrada-Urizaharra, Samaniego, Valle de Arana, Villabuena de Alava, Yécora y Zambrana.

- Ertzain-etxea de Llodio: Amurrio, Arakaldo, Arrankudiaga, Artziniega, Ayala, Llodio, Okondo, Orduña y Orozko.

- Ertzain-etxea de Vitoria-Gasteiz: Alegría-Dulantzi, Armiñón, Arratzua-Ubarrundia, Asparrena, Barrundia, Kuartango, Elburgo, Iruña de Oca, Iruraiz-Gauna, Lantarón, Legutio, Ribera Alta, Ribera Baja, Añana, Salvatierra, San Millán, Urkabustaiz, Valdegovia, Vitoria-Gasteiz, Zalduondo, Zigoitia y Zuia.

b) En Bizkaia:

- Ertzain-etxea de Balmaseda: Alonsotegi, Artzentales, Balmaseda, Valle de Carranza, Galdames, Gordexola, Güeñes, Lanestosa, Sopuerta, Trucios-Turtzioz y Zalla.

- Ertzain-etxea de Bilbao: Bilbao.

- Ertzain-etxea de Durango: Abadiño, Amorebieta-Etxano, Arantzazu, Areatza, Artea, Atxondo, Bedia, Berriz, Dima, Durango, Elorrio, Garai, Igorre, Iurreta, Izurtza, Lemoa, Mañaria, Otxandio, Ubide, Zaldibar y Zeanuri.

- Ertzain-etxea de Erandio: Derio, Erandio, Larrabetzu, Leioa, Lezama, Loiu, Sondika y Zamudio.

- Ertzain-etxea de Gernika-Lumo: Ajangiz, Arratzu, Arrieta, Bakio, Bermeo, Busturia, Ea, Elantxobe, Ereño, Errigoiti, Forua, Fruiz, Gamiz-Fika, Gatika, Gauteguiz Arteaga, Gernika-Lumo, Ibarrangelu, Kortezubi, Laukiz, Maruri-Jatabe, Mendata, Meñaka, Morga, Mundaka, Mungia, Murueta, Muxika, Nabarniz y Sukarrieta.

- Ertzain-etxea de Getxo: Barrika, Berango, Getxo, Gorliz, Lemoiz, Plentzia, Sopela y Urduliz.

- Ertzain-etxea de Ibaizabal (con dos centros de trabajo: uno en Basauri y otro en Galdakao), Arrigorriaga, Basauri, Etxebarri, Galdakao, Ugao-Miraballes, Zaratamo y Zeberio.

- Ertzain-etxea de Muskiz: Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena, Muskiz, Ortuella, Portugalete, Santurtzi y Zierbena.

- Ertzain-etxea de Ondarroa: Amoroto, Aulesti, Berriatua, Etxebarria, Gizaburuaga, Ispaster, Lekeitio, Markina-Xemein, Mendexa, Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz y Ondarroa.

- Ertzain-etxea de Sestao: Barakaldo, Sestao y Valle de Trápaga-Trapagaran.

c) En Gipuzkoa:

- Ertzain-etxea de Deba-Urola (con dos centros de trabajo: uno en Bergara y otro en Zumarraga):

Antzuola, Aramaio, Aretxabaleta, Mondragón, Bergara, Elgeta, Eskoriatza, Ezkio-Itsaso, Legazpi, Leintz-Gatzaga, Oñati, Soraluze-Placencia de las Armas, Urretxu y Zumarraga.

- Ertzain-etxea de San Sebastián: San Sebastián.

- Ertzain-etxea de Eibar: Deba, Eibar, Elgoibar, Ermua, Mallabia, Mendaro y Mutriku

- Ertzain-etxea de Hernani: Aduna, Alkiza, Andoain, Asteasu, Astigarraga, Hernani, Larraul, Lasarte-Oria, Urnieta, Usurbil, Villabona y Zizurkil.

- Ertzain-etxea de Irun: Hondarribia e Irun.

- Ertzain-etxea de Errenteria: Lezo, Oiartzun, Pasaia y Errenteria.

- Ertzain-etxea de Oria (con dos centros de trabajo: uno en Beasain y otro en Tolosa): Abaltzisketa, Albiztur, Alegia, Altzaga, Altzo, Amezketa, Anoeta, Arama, Ataun, Baliarrain, Beasain, Belauntza, Berastegi, Berrobi, Elduain, Gabiria, Gaintza, Gaztelu, Hernialde, Ibarra, Idiazabal, Irura, Ikaztegieta, Itsasondo, Lazkao, Leaburu, Legorreta, Lizartza, Mutiloa, Olaberria, Ordizia, Orendain, Orexa, Ormaiztegi, Segura, Tolosa, Zaldibia, Zegama y Zerain.

- Ertzain-etxea de Urola-Kosta (con dos centros de trabajo: uno en Azkoitia y otro en Zarautz): Aia, Aizarnazabal, Azkoitia, Azpeitia, Beizama, Bidania-Goiatz, Getaria, Errezil, Orio, Zarautz, Zestoa y Zumaia.

4.- Mediante Orden de servicio, se podrá aprobar la implantación de la gestión compartida de ertzain-etxeak, donde se determinará el ámbito territorial de la misma.

La gestión compartida de ertzain-etxeak tendrá como finalidad la racionalización y optimización en la gestión de los medios disponibles en el ámbito de las demarcaciones territoriales de aquellas.

Para ello, se establecerá la unificación o centralización del proceso de toma de decisiones operativas, mediante la planificación y el establecimiento de métodos de trabajo de aplicación en el ámbito de las ertzain-etxeak concernidas, lo que podrá conllevar que la gestión de los recursos personales y materiales se desenvuelva en el ámbito mencionado.

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