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Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial

19/11/2021
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Orden 164/2021, de 4 de noviembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica la Orden 162/2019, de 25 de septiembre, por la que se desarrollan las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial (DOCM de 18 de noviembre de 2021). Texto completo.

ORDEN 164/2021, DE 4 DE NOVIEMBRE, DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 162/2019, DE 25 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE DESARROLLAN LAS BASES REGULADORAS Y SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE AYUDAS PARA ACTUACIONES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN PYME Y GRAN EMPRESA DEL SECTOR INDUSTRIAL.

Con fecha 13 de abril de 2019, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril Vínculo a legislación, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial, cuyo artículo 1 determina que el mismo tiene por objeto establecer las normas especiales reguladoras para la concesión de ayudas cuya finalidad es incentivar y promover la realización de actuaciones en pyme y gran empresa del sector industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética, contribuyendo a alcanzar con ello los objetivos de reducción del consumo de energía final que fija la Directiva 2012/27/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE. Asimismo, señala que las ayudas se otorgarán a las solicitudes que se hayan registrado en plazo y cumplan con los requisitos establecidos en las bases que se aprueban por el mencionado real decreto y la correspondiente convocatoria que realicen las comunidades autónomas.

En desarrollo del mismo con fecha 7 de octubre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de Castilla La-Mancha la Orden 162/2019, de 25 de septiembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se desarrollan las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial. Extracto BDNS (Identif.): 475407.

Con fecha 30 de diciembre de 2020, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1186/2020, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril Vínculo a legislación, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial. Concretamente, se modificó la redacción del artículo 12 Vínculo a legislación del Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, ampliando el plazo de vigencia del programa de ayudas que inicialmente se establecía hasta el 31 de diciembre de 2020, o agotamiento previo del presupuesto disponible, hasta el 30 de junio de 2021, o igualmente hasta agotamiento previo del presupuesto disponible. Esta modificación en el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril Vínculo a legislación, afecta a la Orden 162/2019, de 25 de septiembre, por lo que se procedió a ajustar su redacción, publicando en el DOCM de 22 de febrero de 2021, la Orden 20/2020, de 10 de febrero, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica la Orden 162/2019, de 25 de septiembre, por la que se desarrollan las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial. Concretamente se ajustó la redacción del artículo 8, ampliando en plazo de vigencia hasta el 30 de junio de 2021, o hasta que se agotase en su caso, el presupuesto disponible.

Por su parte, con fecha 23 de junio de 2021, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 440/2021, de 22 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril Vínculo a legislación, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial. En este sentido, se modifica nuevamente la redacción del artículo 12 Vínculo a legislación del Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, ampliando de nuevo el plazo de vigencia del programa de ayudas, esta vez hasta el 30 de junio de 2023. Esta nueva modificación, afecta directamente a la Orden 162/2019, de 25 de septiembre, concretamente a su artículo 8 que ajusta su redacción de modo que nuevamente se amplía el plazo de presentación de solicitudes, esta vez hasta el 30 de junio de 2023. Como consecuencia de este nuevo plazo para la presentación de solicitudes, procede reajustar los importes correspondientes a las anualidades establecidas en el artículo 6 la citada Orden 162/2019, de 25 de septiembre.

En otro sentido, el citado Real Decreto 440/2021, de 22 de junio, también modifica el anexo I, del Real Decreto 263/2019, de 12 de abril Vínculo a legislación, referenciándolo al Mapa de Ayudas regionales aprobado por la Comisión Europea, que resulte aplicable durante la vigencia de este real decreto, por lo que se hace necesario modificar el artículo 7 de la Orden 162/2019, de 25 de septiembre.

Para las solicitudes pendientes de resolución de concesión al momento de la entrada en vigor del Real Decreto 440/2021, y cuyas actuaciones no se hubieran iniciado aún, respetándose con ello la aplicación del efecto incentivador de las ayudas, se considerará aplicable el régimen vigente establecido por el Real Decreto 440/2021, de 22 de junio, dado que la resolución de concesión correspondiente se dictaría durante su vigencia, incorporándose a tal efecto una disposición transitoria.

En consecuencia, de acuerdo con lo anteriormente expuesto y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre Vínculo a legislación, en relación con lo establecido en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre Vínculo a legislación, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, así como con lo preceptuado en el Decreto 87/2019, de 16 de julio Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la presente Dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden 162/2019, de 25 de septiembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se desarrollan las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial.

La Orden 162/2019, de 25 de septiembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se desarrollan las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial, queda modificada en los términos siguientes:

Primero. Se modifica el artículo 6, que queda redactado en los siguientes términos:

“Artículo 6. Financiación.

1. De acuerdo a lo establecido por el artículo 11 Vínculo a legislación del Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial, el crédito destinado a la financiación de la presente convocatoria asciende a 9.648.878,45 €, imputándose al presupuesto de gasto de los ejercicios 2019 a 2026, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, del fondo finalista del programa pymes 0000000884, siendo distribuido de la siguiente forma:

Tabla omitida.

2. En caso de agotamiento del crédito asignado, si éste se produjese en fecha anterior a la finalización del periodo de ejecución establecido en la convocatoria, la Consejería de Desarrollo Sostenible dictará resolución dando por finalizado el plazo de presentación de solicitudes, procediendo a su publicación mediante su remisión a la Base de Datos Nacional de Subvenciones a través de la Base de Datos Regional de Subvenciones.

3. Conforme establece el artículo 11.3 Vínculo a legislación del Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, el crédito disponible podrá incrementarse en una cuantía adicional, sin que ello implique abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes, previo acuerdo del Comité de Seguimiento y Control del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, y siempre que no hubiera expirado el plazo de vigencia del programa, mediante la publicación de la correspondiente Resolución del Consejo de Administración del IDAE en el “Boletín Oficial del Estado”.”

Segundo. Se modifica el artículo 7, que queda redactado en los siguientes términos:

“Artículo 7. Cuantías, límites y compatibilidad de las ayudas.

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 Vínculo a legislación y en el anexo I del Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, las cuantías y límites de las ayudas objeto de la presente orden, serán, para cada una de las actuaciones, la menor de las tres siguientes:

a) El 30 % de la inversión elegible del proyecto, con los límites particulares que para cada tipología de actuación se indican en el anexo IV del Real Decreto 263/2019, de 12 de abril Vínculo a legislación, esto es:

1.º. Para actuaciones de mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales, el importe mínimo de inversión requerido será de 10.000 euros.

2.º. Para actuaciones de Implantación de sistemas de gestión energética, el importe mínimo de inversión requerido será de 5.000 euros.

b) La cuantía máxima que, en función de la región donde radique el proyecto y tipología de empresa promotora, se establece para actuaciones de eficiencia energética en el artículo 38 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014. Para este límite se tendrán en cuenta cualesquiera otras ayudas percibidas para la misma finalidad.

El cuadro establecido en el apartado b del anexo I del RD 263/2019, de 12 de abril, en su redacción dada por el RD 440/2021, de 22 de junio, muestra los porcentajes aplicables, que se aplicarán sobre el coste subvencionable.

c) La cuantía máxima de ayuda por solicitud, será de 450.000 €.”

Tercero. Se modifica el artículo 8, que queda redactado en los siguientes términos:

“Artículo 8. Vigencia del programa y de la convocatoria.

1. Conforme establece el artículo 12 Vínculo a legislación del Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, modificado por Real Decreto 440/2021, de 22 de junio, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial el programa de ayudas entró en vigor a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Estado, y concluirá su vigencia cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que, conforme a las solicitudes recibidas, se agote el presupuesto disponible.

b) Que se llegue al 30 de junio de 2023 sin haberse cursado solicitudes suficientes para agotar el presupuesto disponible.

2. La presente convocatoria, a tenor de lo dispuesto en el artículo 14.2 Vínculo a legislación del Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, estará vigente hasta que se produzca alguna de las mismas circunstancias señaladas en el apartado 1.”

Disposición transitoria. Régimen aplicable a las solicitudes pendientes de resolución.

Para las solicitudes pendientes de resolución de concesión al momento de la entrada en vigor del Real Decreto 440/2021, de 22 de junio, y cuyas actuaciones no se hubieran iniciado aún, será aplicable la regulación establecida por el citado Real Decreto 440/2021, de 22 de junio.

Disposición final primera. Régimen de recursos.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Disposición final segunda. Efectos

La presente orden producirá efectos desde la entrada en vigor del Real Decreto 440/2021, de 22 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril Vínculo a legislación, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial.

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