Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 03/09/2021
 
 

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

EL TSJC mantiene cerrado el ocio nocturno en Cataluña

03/09/2021
Compartir: 

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado el recurso de la Federación Catalana de Asociaciones de Actividades de Restauración y Musicales (Fecasarm) y ha decidido mantener cerrados los espacios interiores de los locales de ocio nocturno.

BARCELONA, 2 (EUROPA PRESS)

Según un auto consultado por Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo pidió a la Generalitat que razonara los motivos para mantener el cierre del ocio nocturno después de que la patronal pidiera su apertura como medida cautelar, y el Govern ha justificado la necesidad de mantenerlo para evitar contagios de Covid-19.

En su resolución, los magistrados recuerdan que la incidencia acumulada que justificó la adopción de estas medidas no es "reflejo de una situación de normalidad o suficiente mejora que justifique la suspensión" de restricciones como las analizadas.

El tribunal también ha avalado la limitación horaria de las actividades de restauración, que deben cerrar a las 0.30 horas, con 30 minutos para desalojar, según la resolución aprobada por el Govern.

Recalca, además, que estas son medidas distintas al toque de queda: "La denegación de la autorización de restricciones de movilidad nocturna no puede extenderse a las restricciones horarias y en espacios cerrados de actividades de restauración y recreativas musicales por la falta de similitud del contenido y alcance de esas medidas".

Así pues, se mantiene cerrado al público el espacio interior del ocio nocturno, al que los clientes no pueden acceder para hacer "ninguna otra actividad que no sea el acceso a las terrazas o espacios al aire libre y la utilización de los servicios higiénicos", y no impone condena en costas.

La patronal del ocio nocturno había pedido abrir los locales permitiendo el acceso solo a las personas que hayan superado un test entre las 24 y las 48 horas previas, que tengan la pauta completa de la vacunación o bien que hayan pasado la enfermedad entre los 3 y los 6 meses anteriores; el TSJC ha considerado que no han aportado un "principio de prueba" que justifique que esa medida puede ser tan eficaz para contener la pandemia como el cierre.

EL INFORME

Según el informe de la Agència de Salut Pública aportado por la Generalitat, "todavía se mantiene una transmisión comunitaria no controlada y sostenida que afecta principalmente las franjas más jóvenes --15-29, 5-14 y 30-39 años--", y que durante el último mes se ha extendido hasta la franja de más de 70 años.

El informe también sostiene que los datos epidemiológicos actuales son mucho más graves y severos "que en el momento en que se adoptó la apertura del ocio nocturno con las restricciones citadas".

"Y es precisamente esta flexibilización de las condiciones restrictivas hacia el ocio nocturno una de las causas del aumento de la diseminación", subraya el informe de la Generalitat.

EL TSJC también ha aceptado este jueves prorrogar una semana más la limitación de las reuniones a un máximo de 10 personas en Cataluña, tal y como pidió el Govern de la Generalitat, y mantener el aforo de actos religiosos al 70% y con un aforo de 1.000 a 3.000 personas --dependiendo de la ventilación de los diferentes espacios--.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  4. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  5. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  6. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  7. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  8. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  9. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting
  10. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana