OVIEDO, 12 May. (EUROPA PRESS) -
La resolución de Salud vigente establece que durante el plazo de eficacia se suspende la actividad presencial de la enseñanza universitaria, excepto que, por la naturaleza de la actividad, la misma únicamente pueda desarrollarse de forma presencial, así como aquellos servicios que tengan la consideración de esenciales.
Fue el Servicio Jurídico del Principado de Asturias el que solicitó la ratificación judicial de la norma. En el procedimiento el fiscal se pronunció a favor de la ratificación, mientras que el letrado del Servicio Jurídico de la Universidad de Oviedo dijo que no se oponía a la adopción de la medida.
El abogado de la Universidad de Oviedo consideró además que la prórroga tras el fin del estado de alarma que propone la Administración autonómica no impide la realización de exámenes presenciales si se establecen las condiciones adecuadas por lo que no se opone a la medida manteniendo los exámenes presenciales.
Desde el TSJA han avalado la medida del Gobierno asturiano, dada la proximidad de la finalización del curso académico y apelando al principio de precaución en un contexto en que la pandemia está remitiendo en Asturias.