Diario del Derecho. Edición de 16/05/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 31/03/2021
 
 

Validación del Decreto ley 5/2021

31/03/2021
Compartir: 

Resolución 289/X del Pleno de las Corts Valencianes, sobre la validación del Decreto ley 5/2021, de 26 de febrero, del Consell, de medidas urgentes para impulsar la ejecución de obras e infraestructuras para hacer frente a la pandemia de la Covid-19, aprobada en la sesión de 25 de marzo de 2021 (DOCV de 30 de marzo de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN 289/X DEL PLENO DE LAS CORTS VALENCIANES, SOBRE LA VALIDACIÓN DEL DECRETO LEY 5/2021, DE 26 DE FEBRERO, DEL CONSELL, DE MEDIDAS URGENTES PARA IMPULSAR LA EJECUCIÓN DE OBRAS E INFRAESTRUCTURAS PARA HACER FRENTE A LA PANDEMIA DE LA COVID-19, APROBADA EN LA SESIÓN DE 25 DE MARZO DE 2021.

El Pleno de las Corts Valencianes, en la reunión realizada el día 25 de marzo de 2021, una vez debatido, de acuerdo con el artículo 141 del RCV, el Decreto ley 5/2021, de 26 de febrero, del Consell, de medidas urgentes para impulsar la ejecución de obras e infraestructuras para hacer frente a la pandemia de la Covid-19, ha adoptado la siguiente resolución, que, de acuerdo con el artículo 141.3.5.º del RCV, también debe ser publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Resolución

El Pleno de las Corts Valencianes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 44.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, 18.d) y 58 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre Vínculo a legislación, del Consell, y el artículo 141 del RCV, ha acordado validar el Decreto ley 5/2021, de 26 de febrero, del Consell, de medidas urgentes para impulsar la ejecución de obras e infraestructuras para hacer frente a la pandemia de la Covid-19.

Palau de les Corts Valencianes

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: No procede revisar una sentencia absolutoria por el cauce del art. 849.2 de la LECrim. para reajustar o reelaborar el hecho probado de la sentencia
  2. Estudios y Comentarios: ¿Qué puede hacer y qué no el Gobierno en la opa de BBVA sobre Sabadell?; por José Carlos Laguna de Paz, Catedrático de Derecho Administrativo. ‘Of counsel’ Eversheds Sutherland
  3. Actualidad: El TSXG concede la pensión de viudedad a una mujer de Lugo que se casó un día antes de fallecer su marido
  4. Tribunal Supremo: En el caso de grupo de sociedades debe respetarse la personalidad de cada una y no procede, salvo circunstancias excepcionales, extender la responsabilidad a otras entidades del grupo
  5. Actualidad: La AN anula multas de 30 millones de la CNMC a editoriales de libros de texto por prácticas anticompetitivas
  6. Actualidad: El TS tira por tierra el escalonamiento del caudal ecológico del Tajo y obliga a establecer ya el previsto para 2027
  7. Actualidad: El TSXG suspende de forma cautelar el parque eólico de Seselle (A Coruña) por riesgo de daños a valores ambientales
  8. Legislación: Distribución de Competencias entre los órganos de la Administración autonómica gallega para la imposición de sanciones en las materias laborales, de prevención de riesgos y por obstrucción de la labor inspectora
  9. Actualidad: El ICAM celebra el 23 de mayo el primer festival de emprendimiento jurídico para jóvenes abogados
  10. Legislación: Medidas urgentes en materia del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana