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Libertad de expresión, oscuro objeto de deseo; por Gonzalo Rubio Hernández, abogado

08/03/2021
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El día 8 de marzo de 2021 se ha publicado, en el diario ABC, un artículo de Gonzalo Rubio Hernández en el cual el autor opina que la protección de las instituciones del Estado es una necesidad ideológicamente neutra y, por ende, indiferente a la identidad de las personas que las encarnan.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN, OSCURO OBJETO DE DESEO

Se ha provocado el debate sobre la conveniencia de abrogar los delitos de injurias contra la Corona y otras instituciones del Estado, afirmándose que con ello se busca tutelar el libre ejercicio de la libertad de expresión.

El anterior planteamiento es muy respetable en el plano político-ideológico, pero en el de la teoría jurídica es arbitrario, falaz y ajeno a la dinámica aplicativa del Derecho.

Es arbitrario porque desconoce la realidad jurídica sobre la que se proyecta. Si la función de la norma penal es proteger un determinado bien jurídico (el ejemplo más evidente es el homicidio, cuya finalidad es salvaguardar la vida), la oportunidad de su reforma debe considerarse por referencia a la necesidad de garantizar el bien jurídico en cuestión y el modo de hacerlo. Los delitos de injurias contra la Corona y otras instituciones del Estado tienen por objeto defender la estabilidad del orden político que sanciona la Constitución, siendo tipificados como ‘delitos contra la Constitución’. La lógica jurídica más elemental exige que su abrogación se justifique en atención a la necesidad y forma en que la protección del orden constitucional deba garantizarse, y no desde la valoración ideológica que se tenga de las conductas subsumibles en tales delitos.

Vinculado con lo anterior, el planteamiento es falaz porque da a entender que la protección de determinadas instituciones socava la libertad de expresión, induciendo la idea de que están afectadas de un déficit democrático. Es precisamente lo contrario. La defensa de las instituciones esenciales del Estado persigue mantener la normalidad del orden democrático; orden que vehicula el libre ejercicio de los derechos fundamentales, incluyendo la libertad de expresión.

Se desconoce que la aplicación de los delitos de referencia no obedece a un automatismo acrítico contrario a la libertad de expresión, sino a una ponderación de los límites de este derecho y la protección del sistema institucional. Solo los ultrajes injustificados son castigados, y lo son porque no responden al ejercicio de la libertad de expresión sino a una conducta contraria a la paz social. Es la misma jurisprudencia que aplica estos delitos la que subraya que “la formulación de críticas hacia los representantes de una institución [son el] reflejo de la participación política de los ciudadanos” (sentencia constitucional 177/2015). Como se observa, la libertad de expresión está protegida por la normativa actual y la jurisprudencia que lo aplica.

Las anteriores razones pueden ser tachadas de abstractas. Eso es lo que se ha pretendido. La protección de las instituciones del Estado es una necesidad ideológicamente neutra y, por ende, indiferente a su configuración (cambiante a lo largo de la historia) y a la identidad de las personas que las encarnan en cada momento. La asepsia jurídica es la única forma de crear un ordenamiento políticamente neutro capaz de preservar la normalidad institucional. En cambio, usar anteojeras ideológicas para legislar da como resultado engendrar un sistema normativo jurídicamente amorfo, políticamente parcial e incapaz de tutelar el orden constitucional.

Comentarios - 3 Escribir comentario

#3

El pueblo español votó la Constitución Española en 1978 y derogó las leyes anteriores que sostenía el régimen o sistema político anterior (Disposición Derogatoria) ¿Tan difícil es de entender?.
La C.E. es un punto y aparte con la situación anterior.

Escrito el 09/03/2021 12:47:13 por CRONISTA1114 Responder Es ofensivo Me gusta (0)

#2

La monarquía no es una institución del Estado (art. 1.2 CE78) porque su poder no emana del pueblo sino de que Franco se la impuso al pueblo y a éste nunca le dejaron elegir si querían admitir PER VITAM AETRNAM la discriminación de una familia ante la ley, y mucho menos que esa familia estuviera por encima de la ley y que tuviéramos que pagarle sus "vicios" si ni siquiera dejarnos saber que se los pagábamos.
El asunto del símbolo del poder del Pueblo lo tenían rsuelto los indicos de América del Norte. Tenían un palo y lo clavaban, en medio del calvero cada vez que se reuniían para discutir qué había que hacer.
Era mucho nmás barato, una mano de pìntura de vez en cuando y, además, era mucho más decorativo.
Y ni viajaba en avión, ni mataba elefantes, ni le pagábamos putas caras.
Un

Escrito el 08/03/2021 16:46:05 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

#1

Es un ERROR DE CONCEPTO afirmar que "los delitos de injurias contra la Corona y otras instituciones del Estado tienen por objeto defender la estabilidad del orden político que sanciona la Constitución, siendo tipificados como ‘delitos contra la Constitución’.
Se puede promover un cambio constitucinal modificando la Constitución Por ello no cabe prohibir la crítica del actual sistema monar´quico hereditario.
Cualquier personas puede proponer el regimen que quiera
monárquico hereditario, parlamentario o absoluto, electivo, república, teocracia,dictadura, etc.
Pero si la monarquía es heredable por el mérito de los antecesores
Lamoanrquía tiene que heredar ese mérito pero también el demérito.
El Código civil exige admitir TODA LA HERENCIA, no sólo el "momio".
Y ahora, fracasada la venta de la monarquía por la simpatía de JCI Ahora la quieren volver s vendr porque FVI no se enteraba de nada.
Ni siquiera de que tenía una herencia de dinero negro,
Ni de que no sabía que no puede rechazar la herencia de dinero negro
Con lo cual su declaración de que la rechazaba ha sido otro engaño.
La monarquía no es una institucion del Estado sino anterior a él.
La creo Franco, y la herdamos nosotros SIN SOLUCION LEGAL
Con lo que no es realmente una moanrquía borbónica sino franquista
Si fuera una monarquía borbónica tendría que haberla heredado D. Juan
Pero CJI le hizo un corte demangas y prefirió ser heredero franquista
El "numerito" lo hizo su padre abdicando de un derecho que no tenía
Y JCI se lo hizo para desgaviarlo del corte de mangas franquista hecho

Escrito el 08/03/2021 16:39:12 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

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