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Un fraude constitucional; por Agustín Pérez-Cruz, Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Oviedo

22/01/2021
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El día 22 de enero de 2021 se ha publicado, en el diario La Razón, un artículo de Agustín Pérez-Cruz en el cual el autor considera sobre la renovación del CGPJ.

UN FRAUDE CONSTITUCIONAL

Se ha venido cuestionando, con argumentos más o menos oportunistas, los nombramientos judiciales realizados por el actual CGPJ tras haber vencido su mandato constitucional de cinco años. Pero, siempre, ante dichos cuestionamientos conviene recordar las previsiones legales porque, en definitiva, en un Estado de Derecho la única legitimidad de los poderes públicos dimana de la ley, marcando ésta los límites en la actuación de estos poderes públicos (artículo 9.1 de la Constitución.

La redacción originaria de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) de 1985 prescribía, en su artículo 115.2, que el Consejo saliente “continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Consejo”. Es decir, la continuidad en funciones del CGPJ tras el vencimiento de su mandato constitucional ya se disponía originariamente como medio de evitar el vacío del órgano de gobierno del Poder Judicial.

Uno de los objetivos de la reforma de la LOPJ llevada a cabo en 2013 era la eliminación de las situaciones de bloqueo, estimándose que este fenómeno debe ser evitado en la medida de lo posible, estableciéndose que la prórroga del CGPJ no sea posible, salvo en el supuesto muy excepcional de que ninguna de las cámaras cumpliese el mandato de designación, de tal forma que basta la sola presencia de los vocales designados por una de las cámaras para que el nuevo Consejo pueda constituirse, ya que ese número se completará con los vocales que en su momento hubiesen sido designados por la Cámara que ahora incumple el mandato.

Es decir, se permite una renovación parcial del CGPJ. Cuando el día de la sesión constitutiva del nuevo CGPJ no hubiere procedido aún alguna de las cámaras a la elección de los vocales cuya designación le corresponda, se constituirá el organismo con los diez vocales designados por la otra cámara y con los del Consejo saliente que hubieren sido designados en su momento por la cámara que haya incumplido el plazo de designación, pudiendo desde entonces ejercer todas sus atribuciones el Consejo en funciones hasta la toma de posesión del nuevo si ninguna de las dos cámaras hubieran efectuado, en el plazo legalmente previsto, la designación de

El recurso a la figura de la proposición de ley evita que el Consejo General del Poder Judicial ejerza su función consultiva

Comentarios - 3 Escribir comentario

#3

Lamentablemente, desde que -hace ya tantos años- el PSOE consiguió la mayoría absoluta en ambas cámaras parlamentaria y, consecuentemente, el Gobierno, la gran aspiración de todos los partidos, sin excepción, fue hacerse con el control del Poder Judicial. Se consiguió haciendo prosperar la enmienda Bandrés, interpretación torticera -a mi entender- del tenor literal del texto constitucional y contó luego con la resignada colaboración de un Tribunal Constitucional que se plegó a la política de hechos consumados, al haberse suprimido el efecto suspensivo de la interposición de los recursos de inconstitucionalidad. Montesquieu, a quien tantos citan sin haber leído y que no era precisamente un ingenuo, temía la concentración de poderes en una misma agencia como plano inclinado hacia el despotismo. Los hechos parecen darle la razón.

Escrito el 25/01/2021 11:58:49 por abulafia jr2 Responder Es ofensivo Me gusta (0)

#2

Excelente artículo de D. Agustín Pérez-Cruz Martín. Está muy bien explicado el tema de la reforma del CGPJ en la LOPJ de 1985 y en la reforma del 2013. Es muy brillante como jurista, como profesor y como escritor y se refleja en todas sus publicaciones.

Escrito el 24/01/2021 6:54:11 por María Gómez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

#1

¡Qué mas da!
A mi el Tribunalconstitucona me ha contestdo diciendo que una ILP para denunciar la violcion del art. 14 no tiene interés constitucional
Así que ....¡todo es posible en Granada!

Escrito el 23/01/2021 18:55:53 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

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