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Modificación de la estructura básica de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo

30/11/2020
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Decreto 84/2020, de 19 de noviembre, por el que se modifica parcialmente la estructura básica de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo (BOCA de 27 de noviembre de 2020). Texto completo.

DECRETO 84/2020, DE 19 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA PARCIALMENTE LA ESTRUCTURA BÁSICA DE LA CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO.

El Decreto 7/2019, de 8 de julio, de Reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, estableció una nueva distribución de las competencias lo que conllevó una reordenación organizativa de las mismas.

El Decreto 106/2019, de 23 de julio Vínculo a legislación, modificó parcialmente la estructura básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

Mediante Decreto 3/2006, de 12 de enero, de Modificación Parcial de la Estructura Básica de la Consejería de Medio Ambiente se creó la Subdirección General de Obras Hidráulicas y Ciclo Integral del Agua.

Mediante Decreto 87/2011, de 7 de julio Vínculo a legislación, se crea como órgano directivo de la entonces Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo, adscrito a su Dirección General de Medio Ambiente, la Subdirección General de Aguas, que asume las competencias de la Subdirección General de Obras Hidráulicas y Ciclo del Agua, que se suprime.

El tiempo transcurrido ha evidenciado la necesidad de llevar a cabo una modificación parcial de la estructura básica para adaptar la Subdirección General de Aguas a los retos y objetivos que plantean las competencias de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Puertos a los que dicha Subdirección General, tal y como fue creada, no da completa cobertura.

Se pretende que el ámbito competencial de la Subdirección General sea coincidente con el ámbito competencial de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Puertos, lo que redundará en una mejor coordinación interna a nivel de Dirección General y en una mayor eficiencia en el desarrollo de las competencias asignadas a la misma.

Para ello, se establece, por un lado, la modificación de la denominación de la Subdirección General de Aguas, que pasa a denominarse Subdirección General de Aguas y Puertos, y por otro, una modificación de las competencias asignadas a la misma.

En su virtud, a propuesta del consejero de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 19 de noviembre de 2020, DISPONGO Artículo único. Modificación de la estructura básica de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo Se modifica la denominación y competencias de la Subdirección General de Aguas, que pasa a denominarse "Subdirección General de Aguas y Puertos", dependiente de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Puertos.

La Subdirección General de Aguas y Puertos ejercerá las competencias genéricas expresadas en la Ley 5/2018, de 22 de noviembre Vínculo a legislación, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria y en las demás disposiciones legales y reglamentarias.

Específicamente le corresponderán las siguientes competencias:

a) Formular propuestas sobre la organización y el funcionamiento de los distintos servicios de la Dirección General.

b) Coordinar la gestión de los servicios y unidades de la Dirección General.

c) Seguimiento de convenios, encomiendas de gestión, encargos y aportaciones dinerarias gestionados por la Dirección General.

d) Coordinar las actuaciones de la Dirección General en materia de planificación hidrológica.

e) Coordinar las tareas de planificación, gestión, explotación y desarrollo de infraestructuras de abastecimiento y saneamiento y demás obras de infraestructura hidráulica, así como los programas de cooperación local.

f) Planificar y coordinar la asistencia técnica a los Ayuntamientos en las obras de carácter hidráulico.

g) Apoyar en la planificación, coordinación y ejecución de las actuaciones de encauzamientos y defensa de márgenes fluviales en áreas urbanas de competencia de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

h) Apoyar en la planificación, coordinación y ejecución de las actuaciones derivadas de la competencia sobre vertidos al mar en el ámbito del litoral de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

i) Impulsar, apoyar y coordinar las tareas de planificación, gestión, explotación y desarrollo de infraestructuras portuarias.

j) Impulsar, apoyar y supervisar la implantación de medidas preventivas en los centros de trabajo dependientes de la Dirección General, así como la formulación de propuestas encaminadas al perfeccionamiento formativo del personal dependiente de la Dirección General.

k) Elaborar propuestas para la asignación de funciones y reparto de asuntos.

l) Desarrollar funciones estadísticas, de seguimiento y documentación de los asuntos de la Dirección General.

m) Programar y coordinar la elaboración del presupuesto de la Dirección General.

n) Apoyar en la planificación y confección del programa presupuestario.

o) Las demás competencias que pueda encomendarle el Director General.

Disposición Final Única.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

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