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La Audiencia Nacional rechaza el recurso de Vox contra las restricciones del Gobierno central en Madrid

25/11/2020
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso presentado por el Grupo Parlamentario Vox en Madrid y su líder, Rocío Monasterio, contra las medidas restrictivas que el Gobierno de Pedro Sánchez acordó el pasado 30 de septiembre en varios municipios madrileños y en la capital para contener la pandemia del coronavirus.

MADRID, 24 (EUROPA PRESS)

En un auto, la Sala, que admitió a trámite dicho recurso el pasado 6 de octubre, explica que ni Monasterio, como persona física actuando en defensa de la legalidad, ni el partido, como persona jurídica, tienen legitimidad para impugnar tales medidas.

Por ello, desestima la suspender de forma cautelar la orden del Ministerio de Sanidad por la que se aprobó una serie de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por la covid-19.

En cumplimiento de esta orden ministerial, la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid dictó el 1 de octubre de 2020 otra orden para ejecutar restricciones con el objetivo de frenar la segunda ola de contagios en la región.

"PERJUICIOS GRAVES E IRREPARABLES"

En el recurso a la Audiencia Nacional, Vox esgrime que la orden ministerial es objeto de "crítica científica por su incoherencia e inefectividad", que "carece de fundamento" ya que ni ha sido adoptada por consenso ni se basa "en estudio científico alguno".

"Sí supone una irreversible violación de derechos fundamentales, así como perjuicios graves e irreparables en su situación económica, laboral social y, por ende, en su vida", reza el escrito.

El mismo día que se admitió a trámite este recurso, la Audiencia Nacional ya rechazó las medidas cautelarísimas solicitadas por el partido de Santiago Abascal contra la orden ministerial al no apreciar "especial urgencia". También lo hizo el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) contra las restricciones implantadas por el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso en varios municipios madrileños.

En dicha resolución, los magistrados de la Audiencia Nacional ya adelantaron que la legitimación de los recurrentes eran un hecho controvertido que se resolvería una vez llegado el expediente administrativo relacionado con la orden ministerial que acordaba dar publicidad al Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) sobre la declaración de actuaciones coordinadas de las comunidades autónomas en materia de salud pública.

Así, tras recibir toda la documentación y a la hora de pronunciarse sobre la medida cautelar planteada, la Sala de lo Contencioso-Administrativo afirma que, según la jurisprudencia, la portavoz de Vox en la Asamblea de Madrid no puede recurrir la citada orden porque no cumple con lo establecido en el artículo 19 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA).

ACTIVIDAD POLÍTICA

En cuanto el grupo parlamentario, la Sala considera que tampoco puede impugnar esta orden ministerial porque, según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, "la defensa de los derechos de los ciudadanos desfavorecidos en general, como objeto de la actividad de los partidos políticos, no comporta sino uno de los aspectos inherentes a la acción política".

En este caso, Vox "no está defendiendo un interés propio, pues expresamente manifiesta actuar en una defensa genérica de los intereses y derechos de los ciudadanos, razón por la que, en aplicación de la doctrina expuesta, debe declararse la inadmisibilidad del presente recurso", explica.

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