BILBAO, 6 (EUROPA PRESS)
Según ha informado en un comunicado la central sindical, las circulares del Departamento de Seguridad restringían, incluso con carácter retroactivo, la libertad de elegir los horarios de trabajo, --"lo cual incidía de manera directa en la acumulación de horas en favor de la plantilla de Laborales del Departamento de Seguridad, en los llamados "permisos recuperados"-- y reducían la prestación de servicios a un único turno de siete horas diarias "por razón de la pandemia".
Además, se restringía la posibilidad de variarla a las personas con reducción de jornada por cuidado de hijo o familiar, "al cambiar las circunstancias de horario de prestación de trabajo", lo que supone "una discriminación indirecta a las mujeres", según el artículo 6 de la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres.
Según ELA, la resolución judicial, dictada este pasado 29 de octubre, asegura que todos estos cambios en las condiciones de trabajo se tomaron "de manera unilateral por parte de la Administración, sin contar en absoluto con la representación sindical y sin negociación real amparándose en la situación de excepción por razón de la pandemia de covid-19".
Para el TSJPV, este tipo de circunstancias "no dan vía libre a la Administración para cambiar de manera unilateral las condiciones laborales de la plantilla a su conveniencia" porque "como todos, está obligada a cumplir la ley en todos sus extremos".
También "deja claro" la posibilidad de cada uno de los miembros de la plantilla de "seguir defendiendo sus derechos a la hora de elegir la jornada como estaba pactada y el disfrute de las horas que deberían haber acumulado sin cortapisa".
REVERTIR LA SITUACIÓN
La central sindical se ha dirigido a la Administración para que, "considerando la sentencia, revierta inmediatamente la situación generada por las circulares declaradas ilegales", y realice el cálculo de jornada "acorde a lo que dicta la sentencia, realizando el recalculo de los permisos recuperados de la plantilla". Además, le ha exigido "que lo haga extensivo a todos los trabajadores bajo su responsabilidad".
ELA ha destacado "la censura que se realiza sobre la imposibilidad de variar las condiciones de las reducciones de jornada por motivos familiares", lo cual supone, en su opinión, "un abuso especialmente sangrante ante personas, mayormente mujeres en nuestra sociedad, que se ven obligadas a tomar esas medidas para conciliar sus labores de cuidados y las estrictamente profesionales".
Por ello, ha pedido a la Administración "que tome conciencia sobre la importancia de los cuidados" en la sociedad "y los ponga en el lugar que merecen", y ha reclamado que coloque "como protagonistas" a las personas que los ejercen, fundamentalmente mujeres, "y no someterlas a sus conveniencias".