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  • EDICIÓN DE 04/11/2020
 
 

TSXG

El TSXG ratifica la condena de tres años de prisión para un octogenario que provocó un incendio en Ourense

04/11/2020
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha ratificado la condena de tres años de prisión para un octogenario por provocar un incendio desde dos puntos diferentes en el término municipal de A Porqueira, en Ourense, en septiembre de 2017.

SANTIAGO DE COMPOSTELA/OURENSE, 2 Nov. (EUROPA PRESS) -

El acusado, de 79 años y sin antecedentes, fue condenado el pasado 6 de marzo por la Audiencia Provincial de Ourense por el citado incendio forestal, que afectó a 0,01 hectáreas de monte raso.

Los hechos se remontan a septiembre de 2017 cuando el hombre, que por aquel entonces presentaba 77 años de edad, prendió fuego con su mechero en dos puntos del paraje de Foz, en Nocelo.

El acusado se valió de su coche para moverse hasta él y se aprovecho de las condiciones meteorológicas favorables a la propagación de las llamas.

El fuego afectó a varias fincas de particulares y obligó a movilizar a equipos de extinción de la Xunta, que acarrearon un coste de 259 euros.

En esta nueva resolución, que desestima el recurso interpuesto por el acusado, los magistrados valoran el fallo de la Audiencia Provincial, que realizó "una adecuada ponderación de la prueba, siendo esta suficiente, además de coherente, racional y ajustada a las reglas de la lógica".

Por aquel entonces, la Audiencia consideró prevalente la declaración de un testigo sobre las conclusiones periciales, que identificó al autor de los incendios al conjugar su visión directa de lo que acontecía con los conocimientos previos que tenía sobre las características del vehículo y del acusado.

La defensa apeló a que existía una supuesta enemistad entre este testigo y el acusado que "no se ha probado, pues solamente ha quedado constatado que tuvo un problema hace ocho años con dos de sus familiares".

Es por ello que el TSXG considera que esta circunstancia "no desvirtúa la capacidad probatoria de la declaración testifical valorada, junto con otros medios de prueba, por el tribunal sentenciador".

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