Diario del Derecho. Edición de 30/04/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 30/10/2020
 
 

TS

El Supremo obliga al Estado a pagar 1.350 millones a Santander, CaixaBank y Bankia por el caso Castor

30/10/2020
Compartir: 

El Tribunal Supremo ha estimado el recurso presentado por las entidades financieras Santander, CaixaBank y Bankia contra el Estado al que reclamaban una indemnización por daños y perjuicios por el caso Castor y condena al Estado a abonarles 1.350,72 millones de euros.

MADRID, 29 Oct. (EUROPA PRESS) -

Estas entidades financieras adelantaron en su día el dinero de la indemnización a ESCAL-UGS por la cancelación de las operaciones del almacén subterráneo de gas Castor, situado frente a la costa de Vinaroz (Castellón).

El proyecto tuvo que ser cancelado después de la serie sísmica que produjo durante la operaciones de llenado en septiembre de 2013.

El alto tribunal ha acordado así a acceder a la indemnización "del total de la deuda" reconocida en favor de las entidades Banco Santander, que percibirá el 50,94%; CaixaBank, el 34,05%, y Bankia, el 15% restante.

Además de estas cantidades, las entidades percibirán el interés legal desde que interpusieron en 2018 el recurso para reclamar daños y perjuicios producidos con ocasión de la declaración de inconstitucionalidad de algunos preceptos del Real Decreto Ley 13/2014, de 3 de octubre, por el que se adoptaban medidas urgentes sobre el sistema gasista y la titularidad de centrales nucleares.

Además, anula esta resolución porque considera el Supremo que no está ajustada al ordenamiento jurídico. Si bien, no condena en costas al Estado.

Para el Supremo, es "indudable" que cuando se declaró la inconstitucionalidad de esas medidas, los legítimos titulares del derecho de cobro eran los tres bancos recurrentes y, por tanto, deben ser considerados los perjudicados en esta exigencia de responsabilidad.

Así, añade que es la ley la que directamente les hace acreedores del pagador, sin actividad administrativa o privada alguna.

Concluye así que el pacto del Real Decreto Ley "no fue a tres bandas, sino a cuatro", porque no cabe ignorar que en realidad en ese pacto estaban incluidos los bancos, que hacían el pago de las instalaciones que pasaban a titularidad pública y en plazo más que perentorio.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana