Diario del Derecho. Edición de 24/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 28/07/2020
 
 

TC

El Tribunal Constitucional da la razón a Navarra en el recurso interpuesto por el Estado contra la ley foral de Residuos

28/07/2020
Compartir: 

El Tribunal Constitucional ha fallado a favor de Navarra en el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Estado contra la ley foral de Residuos y su Fiscalidad, reconociendo así que la Comunidad foral actuó dentro de su competencia al prohibir antes que el Estado la entrega de bolsas de plástico a los consumidores para preservar el medio ambiente, según ha informado el Gobierno de Navarra en un comunicado.

PAMPLONA, 27 Jul. (EUROPA PRESS) -

La consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Itziar Gómez, ha mostrado, tras conocer la sentencia del Tribunal Constitucional, la "satisfacción del Gobierno de Navarra por el reconocimiento de una exigencia clara en defensa del medio ambiente, por la que apostó Navarra en 2018 y de manera anticipada el Estado".

La consejera Gómez ha señalado también que esta decisión avala la capacidad de la Comunidad Foral para "ser pionera, en el ámbito de sus competencias, en cuestiones fundamentales como es este caso". En ese sentido, ha afirmado que "en este camino vamos a seguir trabajando, en un momento en el que los compromisos medioambientales así lo requieren".

En concreto, el recurso presentado por el Estado cuestionaba los apartados 1a) y 2 del artículo 23 de la Ley Foral de Residuos y su Fiscalidad por prohibir el uso de bolsas de plástico en Navarra antes de lo previsto por la normativa general del Estado.

La tesis defendida por Navarra ha sido que esta ley foral se había dictado en el ejercicio de la competencia de medio ambiente donde, cumpliéndose los mínimos marcados a nivel nacional, la Comunidad Foral puede establecer medidas adicionales de protección del medio ambiente.

El Tribunal Constitucional recuerda en su sentencia, por un lado, que las normas tanto de la Unión Europea, como nacionales y forales, en esta materia se localizan en el título competencial del medio ambiente, y, por otro lado, que la competencia sobre la ordenación de la actividad económica hay que entenderla de una forma restrictiva, porque de lo contrario se vaciaría de contenido la competencia sectorial de las comunidades autónomas.

También argumenta que en el presente caso no se justifica que la medida adoptada por Navarra incida de una forma tan directa o significativa sobre la actividad económica general, ni provoca una distorsión sustancial en el funcionamiento del mercado que hagan prevalecer este título competencial sobre el de la protección medioambiental.

PROHIBICIÓN DE LAS BOLSAS DE PLÁSTICO EN NAVARRA

En la norma que aprobó en 2018, Navarra estableció un horizonte temporal más corto que el establecido por la Administración General del Estado para prohibir la dispensación de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras.

En concreto, Navarra prohibió la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico de un espesor igual o superior a 50 micras o con un porcentaje igual o mayor del 70% de plástico reciclado a partir del 1 de julio de 2018, mientras que el Estado no lo prohíbe hasta el 2021, permitiendo hasta esa fecha la entrega de bolsas de plástico de un espesor igual o superior a 50 micras que contengan un porcentaje mínimo de 50% de plástico reciclado.

Además, Navarra prohibió a partir del 1 de enero de 2020 la entrega a los consumidores de bolsas de plástico, independientemente de su gramaje, que no fueran compostables, lo que el Estado ha pospuesto hasta el 1 de enero de 2021.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana