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Estado de alarma

Justicia, el CGPJ, la Fiscalía y las comunidades autónomas acuerdan mantener los servicios esenciales en la Administración de Justicia durante la prórroga del estado de alarma

14/04/2020
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El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha dictado una resolución por la que se confirman y mantienen, de forma coordinada con todas las administraciones del sector Justicia, los servicios esenciales fijados el 14 de marzo durante la vigencia de la prórroga del estado de alarma aprobada por el Real Decreto 487/2020 de 10 de abril. Además, el Ministerio de Justicia y el Consejo General del Poder Judicial han acordado autorizar, desde este miércoles, la presentación telemática de escritos, que había quedado limitada desde el pasado 18 de marzo.

De forma consensuada con el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y las comunidades autónomas con competencias transferidas en la materia, y consultados los Consejos Generales de la Abogacía, Procuradores y Graduados Sociales, se han adoptado las siguientes disposiciones para asegurar el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia durante la vigencia del estado de alarma:

- Se prestarán los servicios esenciales fijados tanto en la Resolución del Secretario de Estado de Justicia de 14 de marzo de 2020, como en las resoluciones equivalentes adoptadas por el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado.

- El registro de todos los escritos presentados electrónicamente en las oficinas judiciales y fiscales y su reparto a los órganos judiciales competentes, sin que esto afecte a la suspensión de plazos procesales acordada por el Real Decreto de estado de alarma de 14 de marzo.

- La llevanza de todos aquellos procedimientos no enmarcados en la categoría de servicios esenciales siempre que lo permitan los medios disponibles.

- La realización en el plazo más breve posible de todas las inscripciones de fallecimiento y nacimiento presentadas, así como la llevanza de los servicios no esenciales del Registro Civil siempre que lo permitan los medios disponibles.

La resolución fija también las dotaciones de personal de sedes y tribunales para la cobertura del servicio público en el escenario actual a través de las modalidades de trabajo presencial por turnos, de plena disponibilidad, en caso de incidencias que no puedan resolverse a distancia, o de teletrabajo, para el personal que disponga de dispositivos habilitados para ello. La cobertura de la prestación presencial, que ahora se reactiva, se refuerza con la provisión, efectiva y coordinada, de material sanitario por parte de las administraciones competentes para la protección de profesionales y usuarios.

Con objeto de adaptar progresivamente la prestación del servicio público de la Justicia a las siguientes fases de contención de la pandemia, se reforzará la coordinación con las administraciones prestacionales para impulsar políticas públicas de Justicia basadas en un amplio consenso. De esta forma, el Ministerio de Justicia y el Consejo General del Poder Judicial, en consultas con la Fiscalía General del Estado, realizarán un seguimiento semanal del funcionamiento de los órganos judiciales. De igual modo, se promoverá la máxima colaboración entre instituciones a través de los mecanismos establecidos en la Comisión de Coordinación de Crisis de la Administración de Justicia para la lucha contra el Covid-19.

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