Diario del Derecho. Edición de 01/12/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 13/04/2020
 
 

Inspecciones periódicas o intermedias de cisternas portátiles y contenedores de gas de elementos múltiples

13/04/2020
Compartir: 

Acuerdo Multilateral M327 bajo la sección 1.5.1 del Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), sobre inspecciones periódicas o intermedias de cisternas portátiles y contenedores de gas de elementos múltiples (CGEM) certificados "UN" de acuerdo con los apartados 6.7.2.19.2, 6.7.3.15.2, 6.7.4.14.2 y 6.7.5.12.2 del ADR, hecho en Madrid el 2 de abril de 2020 (BOE de 11 de marzo de 2020). Texto completo.

ACUERDO MULTILATERAL M327 BAJO LA SECCIÓN 1.5.1 DEL ACUERDO EUROPEO SOBRE TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS PELIGROSAS POR CARRETERA (ADR), SOBRE INSPECCIONES PERIÓDICAS O INTERMEDIAS DE CISTERNAS PORTÁTILES Y CONTENEDORES DE GAS DE ELEMENTOS MÚLTIPLES (CGEM) CERTIFICADOS "UN" DE ACUERDO CON LOS APARTADOS 6.7.2.19.2, 6.7.3.15.2, 6.7.4.14.2 Y 6.7.5.12.2 DEL ADR, HECHO EN MADRID EL 2 DE ABRIL DE 2020.

ACUERDO MULTILATERAL M327

Bajo la sección 1.5.1 del ADR sobre inspecciones periódicas o intermedias de cisternas portátiles y contenedores de gas de elementos múltiples (CGEM) certificados “UN” de acuerdo con los apartados 6.7.2.19.2, 6.7.3.15.2, 6.7.4.14.2 y 6.7.5.12.2 del ADR

1. Por derogación de lo dispuesto en los apartados 6.7.2.19.2, 6.7.3.15.2, 6.7.4.14.2 y 6.7.5.12.2 del ADR, todas las inspecciones periódicas o intermedias de cisternas portátiles y contenedores de gas de elementos múltiples (CGEM) certificados “UN” cuya validez finalice entre el 1 de marzo de 2020 y el 1 de agosto de 2020 seguirán siendo válidas hasta el 31 de agosto de 2020. Estas inspecciones se llevarán a cabo de conformidad con 6.7.2.19, 6.7.3.15, 6.7.4.14 o 6.7.5.12 del ADR antes del 1 de septiembre de 2020. El marcado correspondiente se realizará de conformidad con los párrafos 6.7.2.20.1, 6.7.3.16.1, 6.7.4.15.1 o 6.7.5.13.1 del ADR.

2. El expedidor deberá hacer constar en el documento de transporte:

"Transporte de acuerdo con los términos de la sección 1.5.1 del ADR (M327)".

3. Este acuerdo será válido hasta el 1 de septiembre de 2020 para el transporte en los territorios de las Partes Contratantes del ADR signatarias de este Acuerdo. Si es revocado antes de esa fecha por uno de los signatarios, seguirá siendo válido hasta la fecha antes mencionada solo para el transporte en los territorios de aquellas Partes Contratantes del ADR signatarias de este Acuerdo que no lo hayan revocado.

* * *

El presente Acuerdo internacional administrativo entró en vigor el 2 de abril de 2020, fecha de su firma por la autoridad competente para el ADR en España.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Este modelo de educación sexual no funciona; por Carme Guil, magistrada de la Audiencia de Barcelona y presidenta de la sección española del Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación (Gemme)
  2. Actualidad: El TS respalda a un padre que denunció a su mujer por grabar una llamada con sus hijos menores de edad
  3. Tribunal Supremo: El beneficiario de una pensión de jubilación anticipada por razón de la actividad tiene derecho a percibir el complemento de maternidad por aportación demográfica
  4. Tribunal Supremo: No procede la declaración de utilidad pública de los terrenos que están arrendados para la instalación de una Planta eléctrica fotovoltaica, si no se procede a la resolución del contrato de arrendamiento
  5. Actualidad: El TC descarta amparar a Junqueras ante la decisión del TS de suspender la aplicación de la amnistía a la desobediencia
  6. Actualidad: El Supremo desestima el recurso de JFG contra la retirada de su Medalla al Mérito en el Trabajo
  7. AN, TSJ, AAPP: Establece la AN que no informar a los representantes de los trabajadores de los algoritmos empleados por la empresa para la asignación de libranzas, vulnera el derecho a la libertad sindical
  8. Actualidad: La Audiencia Nacional absuelve al presunto yihadista de Algeciras pero ordena que entre en un centro psiquiátrico
  9. Estudios y Comentarios: El primer viaje de León XIV: Turquía y el Líbano; por Rafael Navarro-Valls, catedrático Emérito y Profesor de Honor Vitalicio de la Universidad Complutense de Madrid
  10. Actualidad: Extinguen la pensión compensatoria de 2.000 euros a su ex tras revelar un detective que vivía con otra pareja

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana