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  • EDICIÓN DE 20/03/2020
 
 

Estado de alarma

Campo se reúne con las comunidades, el CGPJ y la Fiscalía para analizar y coordinar la prestación de los servicios esenciales

20/03/2020
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El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, mantendrá hoy a las 12.00 una videoconferencia con responsables de Justicia de todas las comunidades autónomas con competencias transferidas. A la reunión virtual también están convocados el secretario general del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), José Luis de Benito, y la fiscal del gabinete técnico de la Fiscalía General del Estado, Esmeralda Rasillo.

El objetivo es analizar el funcionamiento de la Administración de Justicia en todo el Estado desde la instauración, el pasado 14 de marzo, del estado de alarma, así como reforzar la coordinación de todas las instituciones para seguir garantizando entre todos los servicios esenciales pactados con el órgano de gobierno de los jueces y el Ministerio Público.

Desde que se iniciaron las medidas de contención del Covid-19 los contactos del ministerio con estas administraciones territoriales han sido continuos. El pasado lunes, Campo ya mantuvo un primer encuentro con los consejeros. La semana pasada, antes de la aprobación del decreto del estado de alarma, tanto el secretario de Estado, Pablo Zapatero, como el secretario general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de la Justicia, Borja Vargues también entablaron reuniones virtuales con los cargos autonómicos. En esta estrategia de diálogo reforzado y coordinación, el ministro y el resto de altos cargos también se encuentran en comunicación permanente con el CGPJ y la Fiscalía General del Estado.

Además de Campo, el secretario de Estado, el secretario general y los cargos de la Fiscalía y el CGPJ, han sido convocados a la videoconferencia de mañana los consejeros de los departamentos de Justicia de Cataluña, Euskadi, Galicia, Andalucía, Comunidad de Madrid, Aragón, Comunitat Valenciana, Cantabria, Navarra, La Rioja, Canarias y Asturias.

Además de estos encuentros, el ministerio ha reforzado los contactos con todos los colectivos que prestan cada día este servicio público. El secretario general mantuvo el pasado lunes un encuentro virtual con los sindicatos de funcionarios de la Administración de Justicia -con los que volverá a reunirse mañana- y, el pasado miércoles, entabló otro con las asociaciones de letrados de la administración de justicia. Hoy, la directora general para el servicio público de la Justicia, Concepción López-Yuste, ha hecho propio con los secretarios de Gobierno de cada uno de los tribunales superiores de justicia.

Los servicios esenciales garantizados desde el pasado 14 de marzo por acuerdo del CGPJ, Fiscalía y ministerio en coordinación con las comunidades autónomas y que no han quedado afectados por el Real Decreto por el que se declaró el estado de alarma son los siguientes:

1. Cualquier trámite judicial que, de no practicarse, pudiera causar un perjuicio irreparable.

2. Internamientos urgentes del artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (internamientos no voluntarios por razón de trastorno psíquico).

3. La adopción de medidas cautelares u otras actuaciones inaplazables, como las medidas de protección de menores del artículo 158 del Código Civil.

4. Los juzgados de violencia sobre la mujer realizarán los servicios de guardia que les correspondan. En particular deberán asegurar el dictado de las órdenes de protección y cualquier medida cautelar en materia de violencia sobre la mujer y menores.

5. El Registro Civil prestará atención permanente durante las horas de audiencia. En particular, deberán asegurar la expedición de licencias de enterramiento, las inscripciones de nacimiento en plazo perentorio y la celebración de matrimonios del artículo 52 del Código Civil.

6. Las actuaciones con detenido y otras que resulten inaplazables, como adopción de medidas cautelares urgentes, levantamientos de cadáver, entradas y registros, etcétera.

7. Cualquier actuación en causa con presos o detenidos.

8. Las actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciaria.

9. En el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, las autorizaciones de entrada sanitarias, urgentes e inaplazables, derechos fundamentales cuya resolución tenga carácter urgente, medidas cautelarísimas y cautelares que sean urgentes, y recursos contencioso-electorales.

10. En el orden jurisdiccional social, la celebración de juicios declarados urgentes por la ley y las medidas cautelares urgentes y preferentes, así como los procesos de Expedientes de Regulación de Empleo y Expedientes de Regulación Temporal de Empleo.

11. En general, los procesos en los que se alegue vulneración de derechos fundamentales y que sean urgentes y preferentes (aquellos cuyo aplazamiento impediría o haría muy gravosa la tutela judicial reclamada).

12. El/la Presidente/a del Tribunal Superior de Justicia, el/la Presidente/la de la Audiencia Provincial y el/la Juez/a Decano/a adoptarán las medidas que procedan relativas al cese de actividad en las dependencias judiciales en que se encuentren sus respectivas sedes, y cierre y/o desalojo de las mismas en caso de que procediera, poniéndolo en conocimiento y en coordinación con la Comisión de Seguimiento competente.

El Ministerio de Justicia quiere trasladar un mensaje de tranquilidad a la ciudadanía. Pese a la situación excepcional provocada por las medidas de contención contra el coronavirus, los derechos más esenciales de los ciudadanos seguirán garantizados. También quiere expresar su reconocimiento y apoyo a los jueces, fiscales, letrados de la administración de justicia, funcionarios de justicia, notarios, registradores, forenses, abogados, procuradores y demás operadores jurídicos que, pese a la excepcionalidad del momento, lo dan todo cada día para mantener un servicio público esencial para nuestra democracia y el conjunto de nuestra sociedad.

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