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Organización y funcionamiento del Consejo Asesor para la Enseñanza de la Historia

04/03/2020
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Decreto 21/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 13/2018, de 23 de enero, por el que se crea y se regula la organización y funcionamiento del Consejo Asesor para la Enseñanza de la Historia (BOA de 3 de marzo de 2020). Texto completo.

DECRETO 21/2020, DE 26 DE FEBRERO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 13/2018, DE 23 DE ENERO, POR EL QUE SE CREA Y SE REGULA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR PARA LA ENSEÑANZA DE LA HISTORIA.

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado mediante la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril Vínculo a legislación, dispone en su artículo 21, que los poderes públicos aragoneses desarrollarán un modelo educativo de calidad y de interés público que garantice el libre desenvolvimiento de la personalidad de los alumnos, en el marco del respeto a los principios constitucionales y estatutarios y a las singularidades de Aragón.

Por otro lado, en el artículo 22, establece que los poderes públicos aragoneses promoverán la conservación, conocimiento y difusión del patrimonio cultural, histórico y artístico de Aragón, su recuperación y enriquecimiento.

De conformidad con lo previsto en nuestro Estatuto de Autonomía, mediante Decreto 13/2018, de 23 de enero Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón, se creó el Consejo Asesor para la Enseñanza de la Historia. Según dicho Decreto, el Consejo tiene como finalidad asesorar al Gobierno de Aragón en materia de Historia y, en particular, de Historia de Aragón en el ámbito de la educación no universitaria, especialmente en lo relacionado con contenidos curriculares que se aprueben en las Comunidades Autónomas, publicaciones y materiales digitales y sobre documentación relacionada con el patrimonio de Aragón.

Habida cuenta de la relevancia de tal cometido, se considera conveniente reforzar el papel del mencionado Consejo Asesor con el nombramiento, como vocal, del Director General competente en materia de cultura, posibilitando así que, en el seno del Consejo Asesor para la Enseñanza de la Historia, se cuente con aportaciones sobre la historia de Aragón en su vertiente más vinculada al ámbito cultural.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 26 de febrero de 2020,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Decreto 13/2018, de 23 de enero Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón, por el que se crea y se regula la organización y funcionamiento del Consejo Asesor para la Enseñanza de la Historia.

El artículo 3 Vínculo a legislación del Decreto 13/2018, de 23 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea y se regula la organización y funcionamiento del Consejo Asesor para la Enseñanza de la Historia queda redactado de la siguiente forma:

"Artículo 3. Vocales.

El Consejo Asesor para la Enseñanza de la Historia estará constituido por los siguientes vocales, nombrados por el Consejero competente en materia de educación no universitaria y cultura:

- Dos vocales a propuesta de la Universidad de Zaragoza.

- La persona titular de la Dirección General competente en materia de ordenación curricular.

- La persona titular de la Dirección General competente en materia de cultura.

- Tres vocales propuestos por el Departamento competente en materia de educación no universitaria, entre profesionales del ámbito de la Historia y la Cultura Aragonesa, de reconocido prestigio en el ámbito académico".

Disposición transitoria única. Duración del primer nombramiento previsto en este Decreto.

La duración del primer nombramiento del Director General competente en materia de cultura como miembro del Consejo Asesor para la Enseñanza de la Historia se extenderá hasta la finalización del nombramiento de los actuales miembros.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Este Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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