MADRID, 23 (EUROPA PRESS)
El asunto ha suscitado un intenso debate entre los cinco magistrados a los que correspondía estudiar la medida cautelar, quienes finalmente señalan en su resolución que no ven asumible la pretensión de Torra, que pidió suspender la decisión de la JEC por considerar que este órgano electoral, de carácter administrativo, carece de competencia para inhabilitarle.
En un escrito presentado el pasado viernes, la Fiscalía del Supremo acogía sin embargo el argumento de la defensa al entender que , "en orden a la prudente y equilibrada preservación" de los intereses en conflicto, la petición de Torra hasta que la Sala de lo contencioso-administrativo del TS resuelva si la decisión de la JEC es conforme o no a derecho debería aceptarse.