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Subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad

09/01/2020
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Resolución de 23 de diciembre de 2019, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se redistribuye el crédito de la convocatoria de 2019, de las subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad (BOJA de 8 de enero de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 23 DE DICIEMBRE DE 2019, DE LA DIRECCIÓN-GERENCIA DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO, POR LA QUE SE REDISTRIBUYE EL CRÉDITO DE LA CONVOCATORIA DE 2019, DE LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DIRIGIDAS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

La Resolución de 18 de enero de 2019, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo efectúa la convocatoria para el año 2019 de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad (BOJA núm. 23, de 4 de febrero de 2019).

En el resuelvo segundo de la citada resolución se establecen las disponibilidades presupuestarias existentes para cada una de las líneas de ayudas convocadas con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo, estableciéndose el carácter estimativo de su distribución.

Respecto al presupuesto la convocatoria, a lo largo de este ejercicio se han tramitado dos ampliaciones de crédito para dar cobertura a todas las solicitudes presentadas en las líneas de creación de empleo estable y mantenimiento de puestos de trabajo de personas ocupadas con discapacidad, incrementándose con ello un total de 19.000.000 de euros el crédito previsto inicialmente, mediante Resoluciones de 7 de octubre de 2019, y 26 de noviembre de 2019, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo.

Concretamente, en al apartado b) del resuelve primero de esta última resolución, se amplia, únicamente para la provincia de Sevilla, los Incentivos públicos dirigidos a financiar los costes salariales derivados del mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, en los siguientes términos:

SEVILLA

Tabla omitida.

Habiéndose consultado la totalidad de los expedientes, se ha constatado que no se ha registrado ninguna solicitud de subvención por parte de entidades públicas, no pudiendo ejecutar el presupuesto correspondiente a la partida 1039180000 G/32L/46004/41 S0574. Sin embargo, la cuantía prevista en la partida 1039180000 G/32L/47004/41 S0574 es insuficiente para atender todas las solicitudes presentadas por entidades privadas.

Como consecuencia de ello, a efectos de ejecutar el presupuesto establecido, y en base al tipo de entidad que han presentado solicitud en la provincia de Sevilla, resulta necesario efectuar la redistribución de los créditos de las partidas presupuestarias indicadas en esta línea de actuación.

Por su parte, el artículo 9.3 Vínculo a legislación de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, establece que toda modificación de las cuantías totales máximas del crédito afectado a una convocatoria requerirá la correspondiente modificación de la autorización inicial del gasto.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Directora General de Políticas Activas de Empleo, y en uso de las competencias atribuidas en la disposición adicional primera de la Orden de 7 de febrero de 2017,

RESUELVO

Primero. Redistribuir los créditos establecidos en el resuelvo segundo de la Resolución de 18 de enero de 2019, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria, para el año 2019, de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017, correspondientes a la línea de incentivos dirigidos a financiar los costes salariales derivados del mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, en la provincia de Sevilla, quedan distribuidos en las siguientes partidas presupuestarias, con carácter estimativo:

b) Incentivos públicos destinados a financiar la creación de empleo indefinido en la Comunidad Autónoma de Andalucía de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.

Tabla omitida.

Redistribución estimada por provincias:

SEVILLA

Tabla omitida.

Segundo. Disponer la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

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