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Delegación de las competencias para el suministro de equipamiento informático

24/12/2019
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Resolución de 27 de noviembre de 2019, de la Dirección General de Administración Digital, por la que se delegan las competencias, para el suministro de equipamiento informático (DOCM de 23 de diciembre de 2019). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2019, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIGITAL, POR LA QUE SE DELEGAN LAS COMPETENCIAS, PARA EL SUMINISTRO DE EQUIPAMIENTO INFORMÁTICO

El Decreto 80/2019, de 16 de julio Vínculo a legislación de 2019, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas es la norma prima de organización de la Consejería y de distribución de competencias de la misma. Este Decreto, en su artículo 16.1 establece que “Corresponde a las personas titulares de la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa y de las Direcciones Generales de la Consejería, en el ámbito de sus competencias y respecto de aquellos contratos que de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de contratos del sector público tengan la consideración de contratos menores, las facultades que dicha normativa atribuye a los órganos de contratación, incluida la aprobación, disposición del gasto y el reconocimiento de la obligación”.

Según el artículo 12 Vínculo a legislación, letra d) del Decreto 80/2019 de 16 de julio de 2019, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, corresponden a esta Consejería, y concretamente a la Dirección General de Administración Digital, “la dirección, gestión y seguimiento de las actuaciones en materia de tecnologías de la información de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, a excepción del organismo pagador de la consejería competente en materia de agricultura. Quedan incluidos los organismos autónomos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, salvo el Servicio de Salud de Castilla La Mancha, sin perjuicio de la necesaria supervisión de esta Dirección General”.

El artículo 9 Vínculo a legislación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establecer que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos Públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas.

El objetivo de la presente Resolución es hacer uso de la delegación de competencias legalmente prevista, a solicitud de la Secretaría General de Presidencia, en aras de una optimización de recursos y una mayor celeridad en la toma de decisiones.

En virtud de lo anterior, esta Dirección General resuelve:

Primero. Delegar en el órgano competente por razón de la cuantía de la Secretaría General de Presidencia de Castilla- La Mancha, el ejercicio de las facultades atribuidas al órgano de contratación por la legislación de contratos del sector público, para la tramitación de la contratación relativa al suministro de “equipo informático IMAC de 29’’ con 16 GB de RAM”.

Segundo. Las resoluciones que se adopten en virtud de la presente delegación, indicarán expresamente esta circunstancia, considerándose, en todo caso, dictadas por el órgano delegante, de conformidad con el apartado 4 del artículo 9 Vínculo a legislación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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