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  • EDICIÓN DE 20/12/2019
 
 

TJUE

El TJUE avala que los jueces reclamen información adicional sobre cláusulas abusivas en procesos monitorios

20/12/2019
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha sentenciado este jueves, en oposición de la normativa española, que las reglas europeas permiten que un órgano jurisdiccional, en el contexto de un proceso monitorio europeo, pida al acreedor información adicional relativa a las cláusulas contractuales que éste invoca para acreditar la deuda exigida, "con el fin de controlar de oficio el carácter eventualmente abusivo de las cláusulas".

BRUSELAS, 19 Dic. (EUROPA PRESS) -

Asimismo, el Tribunal ha indicado que el órgano jurisdiccional ante el que se haya presentado una petición de requerimiento de pago europeo "debe poder pedir al acreedor información complementaria relativa a las cláusulas que este invoca para acreditar la deuda", como la reproducción de todo el contrato o la presentación de una copia de este, con el fin de poder examinar el carácter eventualmente abusivo de tales cláusulas.

De este modo, el TJUE ha dado respuesta a la solicitud de una decisión prejudicial presentada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 11 de Vigo en relación con la interpretación de las normas en el marco de un litigio entre un consumidor, V.C., y Bondora AS sobre una petición de requerimiento de pago europeo relativa al contrato de préstamo celebrado entre las partes de un importe de 755,27 euros.

En este sentido, Bondora pidió en marzo de 2018 al Juzgado de Primera Instancia n.º 11 de Vigo que emitiera un requerimiento de pago europeo contra el consumidor tras lo que el Juzgado pidió a Bondora que aportara los documentos que servían de base a su crédito, con el fin de poder determinar el posible carácter abusivo de las cláusulas contractuales contenidas en el contrato de préstamo, a lo que Bondora se negó alegando que no estaba obligada a ello ni en virtud de las disposiciones nacionales ni del Derecho de la UE.

En segundo lugar, el Juzgado de Primera Instancia n° 20 de Barcelona planteó asimismo al TJUE cuestiones relativas a la compatibilidad de la normativa española con la citada normativa europea.

En concreto, en mayo de 2018 Bondora presentó una petición de requerimiento de pago europeo contra un consumidor, X.Y., reclamándole 1 818,66 euros, indicando que el demandado era un consumidor y que, como medios de prueba, disponía entre otros del contrato de préstamo que fundamentaba la reclamación y de la liquidación de la deuda. También indicó que, si el demandado se oponía, pediría el sobreseimiento del proceso.

Ante estos datos y acreditado el carácter de consumidor del demandado, el Juzgado barcelonés consideró que parte del importe reclamado podía estar basado en cláusulas abusivas y requirió a Bondora que completase la información requerida para poder llevar a cabo el control de oficio de cláusulas abusivas, desglosando la liquidación de la deuda y si en dicha liquidación había algún importe que no fuese el principal, a lo que la firma financiera se negó.

El Tribunal de Justicia de la UE ha subrayado que el hecho de que un órgano jurisdiccional nacional requiera al demandante que aporte el contenido del documento o de los documentos en los que basa su petición se integra simplemente en la materia probatoria del proceso, ya que la única finalidad de ese requerimiento es determinar si la petición es fundada, de modo que no vulnera el principio dispositivo.

En consecuencia, el tribunal ha señalado que el Reglamento y Directiva de la UE se oponen a la normativa española, que declara inadmisible la documentación adicional aportada a tal efecto, y ha advertido de que una interpretación diferente podría permitir a los acreedores eludir las exigencias derivadas de las normas europeas.

El proceso monitorio europeo permite la ejecución rápida de deudas a particulares evitando el examen de posibles cláusulas abusivas y la presentación de pruebas, conocidos como juicios rápidos. Según consta en la memoria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el uso de este instrumento se ha incrementado en un 800% en el último año

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